SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1456/2019
RESOL-2019-1456-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2019
VISTOel Expediente N° 1.776.949/17 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546
CONSIDERANDO:
Que
a fojas 2 y 2 vta. del Expediente de Referencia, obra el Acuerdo
celebrado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS (FENTOS) por la parte sindical y la FEDERACION NACIONAL DE
COOPERATIVAS DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA
(FENCAP), por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el
presente Acuerdo las partes establecen condiciones salariales en el
marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°725/15 conforme surge del
texto convencional traído a marras.
Que el ámbito de aplicación
del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la
parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad
sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que
las partes acreditan la representación que invocan con la documentación
agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que
una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo
alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Técnico Legal
de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de
este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo
expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de
homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que
las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Declarase homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACION
NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (FENTOS) por la parte
sindical y la FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS DE AGUA POTABLE Y
OTROS SERVICIOS PUBLICOS LIMITADA (FENCAP), por la parte empresaria,
obrante a fojas 2 y 2 vta. del Expediente N° 1.776.949/17, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO
2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la
Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Acuerdo obrante a
fojas 2 y 2 vta. del Expediente N° 1.776.949/17.
ARTÍCULO 3°.-
Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la
Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo Nº 725/15.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el
supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, no efectúe la
publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta
Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/03/2020 N° 15250/20 v. 18/03/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)