MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 65/2020

RESOL-2020-65-APN-MTR

Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-41718612- -APN-MEG#AGP, las Leyes Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y Nº 23.696, los Decretos N° 870 de fecha 27 de septiembre de 2018, N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019; y las Resoluciones Nº 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE; Nº 61 de fecha 7 de mayo de 2019; Nº 117 de fecha 16 de agosto de 2019 y Nº 174 de fecha 26 de noviembre de 2019 todas de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 870 de fecha 27 de septiembre de 2018 se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de Obra Pública para la construcción, conservación y explotación de la terminal portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES y, entre otras cuestiones, se facultó al MINISTERIO DE TRANSPORTE a aprobar los pliegos licitatorios que regirían el referido procedimiento de selección.

Que, en ese marco, por la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó el Pliego General y el Pliego Único de Condiciones Técnicas y sus respectivos Anexos (PLIEG-2019-40905191-APN-MTR) que rige la citada Licitación Pública Nacional e Internacional y se encomendó a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO la determinación de la fecha, hora y lugar de las presentaciones y de la apertura de las ofertas, como así también la emisión de las circulares aclaratorias correspondientes.

Que, en tal sentido, a través de la Resolución N° 61 de fecha 7 de mayo de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO se resolvió establecer como fecha de apertura de las ofertas para la citada licitación el 2 de octubre de 2019, a las 11 horas, en la Sede Central de la mencionada Sociedad, sita en la Av. Ingeniero Huergo N° 431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 117 de fecha 16 de agosto de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO se resolvió prorrogar el plazo fijado en el artículo 1° de la referida Resolución N° 61 de fecha 7 de mayo de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, estableciendo como nueva fecha de apertura de ofertas para la citada licitación el 2 de diciembre de 2019, a las 11 horas, en la Sede Central de la mencionada Sociedad, sita en la Av. Ingeniero Huergo N° 431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, finalmente, por la Resolución N° 174 de fecha 26 de noviembre de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO se resolvió prorrogar el plazo fijado en el artículo 1° de la referida Resolución N° 117 de fecha 16 de agosto de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, estableciendo como nueva fecha de apertura de ofertas para la citada licitación el 20 de marzo de 2020, a las 11 horas, en la Sede Central de la mencionada Sociedad, sita en la Av. Ingeniero Huergo N° 431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que tomó intervención el GERENTE GENERAL de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO mediante la Providencia N° PV-2020-16270941-APN-GG#MTR de fecha 12 de marzo de 2020, en la que señaló que es de público y notorio conocimiento el rechazo que ha manifestado la comunidad portuaria en general, respecto del proyecto de concesión ordenado por el Decreto N° 870/2018, y cuyos pliegos licitatorios fueran aprobados por el MINISTERIO DE TRANSPORTE a través de la mencionada Resolución N° 256/2019, lo cual torna necesario avanzar con una revisión integral de las bases técnicas que encausaron la licitación en trato.

Que, a su vez, indicó que las nuevas políticas de productividad que desarrolla el PODER EJECUTIVO NACIONAL a través de este Ministerio, en el ámbito de su competencia, exige un nuevo y riguroso examen por parte de las distintas áreas de y sectores involucrados, como lo amerita una Licitación Pública de la envergadura y complejidad e interés público comprometido como la presente.

Que, consecuentemente, destacó que dichos análisis formarán los cimientos necesarios para dotar de certeza, previsibilidad y seguridad jurídica al procedimiento de selección que se determine, permitiendo que las ofertas se realicen de forma precisa y transparente.

Que, asimismo, informó que el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE TRANSPORTE, pretende llevar adelante una política que equilibre la futura concesión de las Terminales Portuarias con las fuentes laborales comprometidas en éstas, todo ello a los fines de motorizar el aparato productivo de la REPÚBLICA ARGENTINA en sano desarrollo y crecimiento, velando, además, por un incremento favorable de la balanza comercial del comercio exterior de la Nación.

Que ante estas circunstancias, y conforme los argumentos expuestos, resulta necesario suspender la fecha de apertura de ofertas para la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de Obra Pública para la construcción, conservación y explotación de la terminal portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES y dejar sin efecto la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por la que se aprobaron sus bases licitatorias.

Que, al respecto, diversos sectores con interés en el trámite de marras realizaron presentaciones con similares argumentos, sugiriendo proceder en ese sentido, ello de acuerdo a lo señalado por el GERENTE GENERAL de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO mediante la Providencia N° PV-2020-16270941-APN-GG#MTR de fecha 12 de marzo de 2020.

Que, por consiguiente, deberá disponerse la publicación de esta medida en idéntico modo en el que se difundiera el acto administrativo por el cual oportunamente se aprobó el pliego en cuestión, como asimismo la aprobación de la fecha de apertura primigenia y las posteriores ampliaciones de plazo.

Que tomó intervención la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia N° PV-2020-17337015-APN-SECGT#MTR de fecha 16 de marzo de 2020, en la que informó que, en mérito a las intervenciones previas, no existiría objeción alguna a la continuidad del trámite.

Que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, entidad del sector público nacional actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRASPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 23.696 y por los Decretos N° 870 de fecha 27 de septiembre de 2018, N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y por la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Suspéndese la apertura de ofertas para la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de Obra Pública para la Construcción, Conservación y Explotación de la Terminal Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES, oportunamente programada para el día 20 de marzo de 2020 a las 11 horas, en la Sede Central de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, sita en la Av. Ingeniero Huergo N° 431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por la cual se aprobó el Pliego General y el Pliego Único de Condiciones Técnicas y sus respectivos Anexos (PLIEG-2019-40905191-APN-MTR) para la tramitación de la “Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de Obra Pública para la Construcción, Conservación y Explotación de la Terminal Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES”.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO a que, en miras de las circunstancias referidas en los considerandos de la presente, efectúe un análisis y evaluación exhaustiva de la situación actual y futura del PUERTO DE BUENOS AIRES, y proceda a la elaboración de nuevas bases licitatorias que contengan un sano equilibrio entre el negocio que se pretende concesionar y la conservación de las fuentes de trabajo sobre las cuales incide la Jurisdicción Portuaria Nacional.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a los efectos de su difusión ante las diversas embajadas con sede en la REPÚBLICA ARGENTINA y publíquese en los sitios de internet del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (“DEVELOPMENT BUSINESS”).

ARTÍCULO 5°.- Por las dependencias competentes de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, gestiónese la publicidad en diarios nacionales e internacionales, en las mismas condiciones del llamado.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mario Andrés Meoni

e. 19/03/2020 N° 15759/20 v. 19/03/2020