MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 65/2020
RESOL-2020-65-APN-MTR
Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2019-41718612- -APN-MEG#AGP, las Leyes Nº
22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y Nº 23.696, los Decretos N° 870 de
fecha 27 de septiembre de 2018, N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019,
Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019; y las Resoluciones Nº 256 de
fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE; Nº 61 de fecha 7
de mayo de 2019; Nº 117 de fecha 16 de agosto de 2019 y Nº 174 de fecha
26 de noviembre de 2019 todas de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 870 de fecha 27 de septiembre de 2018 se
llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión
de Obra Pública para la construcción, conservación y explotación de la
terminal portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES y, entre otras
cuestiones, se facultó al MINISTERIO DE TRANSPORTE a aprobar los
pliegos licitatorios que regirían el referido procedimiento de
selección.
Que, en ese marco, por la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019
del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó el Pliego General y el Pliego
Único de Condiciones Técnicas y sus respectivos Anexos
(PLIEG-2019-40905191-APN-MTR) que rige la citada Licitación Pública
Nacional e Internacional y se encomendó a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE
PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO la determinación de la fecha, hora y lugar
de las presentaciones y de la apertura de las ofertas, como así también
la emisión de las circulares aclaratorias correspondientes.
Que, en tal sentido, a través de la Resolución N° 61 de fecha 7 de mayo
de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO se
resolvió establecer como fecha de apertura de las ofertas para la
citada licitación el 2 de octubre de 2019, a las 11 horas, en la Sede
Central de la mencionada Sociedad, sita en la Av. Ingeniero Huergo N°
431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 117 de fecha 16 de
agosto de 2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL
ESTADO se resolvió prorrogar el plazo fijado en el artículo 1° de la
referida Resolución N° 61 de fecha 7 de mayo de 2019 de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, estableciendo
como nueva fecha de apertura de ofertas para la citada licitación el 2
de diciembre de 2019, a las 11 horas, en la Sede Central de la
mencionada Sociedad, sita en la Av. Ingeniero Huergo N° 431, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que, finalmente, por la Resolución N° 174 de fecha 26 de noviembre de
2019 de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO se
resolvió prorrogar el plazo fijado en el artículo 1° de la referida
Resolución N° 117 de fecha 16 de agosto de 2019 de la ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, estableciendo como nueva fecha
de apertura de ofertas para la citada licitación el 20 de marzo de
2020, a las 11 horas, en la Sede Central de la mencionada Sociedad,
sita en la Av. Ingeniero Huergo N° 431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que tomó intervención el GERENTE GENERAL de la ADMINISTRACIÓN GENERAL
DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO mediante la Providencia N°
PV-2020-16270941-APN-GG#MTR de fecha 12 de marzo de 2020, en la que
señaló que es de público y notorio conocimiento el rechazo que ha
manifestado la comunidad portuaria en general, respecto del proyecto de
concesión ordenado por el Decreto N° 870/2018, y cuyos pliegos
licitatorios fueran aprobados por el MINISTERIO DE TRANSPORTE a través
de la mencionada Resolución N° 256/2019, lo cual torna necesario
avanzar con una revisión integral de las bases técnicas que encausaron
la licitación en trato.
Que, a su vez, indicó que las nuevas políticas de productividad que
desarrolla el PODER EJECUTIVO NACIONAL a través de este Ministerio, en
el ámbito de su competencia, exige un nuevo y riguroso examen por parte
de las distintas áreas de y sectores involucrados, como lo amerita una
Licitación Pública de la envergadura y complejidad e interés público
comprometido como la presente.
Que, consecuentemente, destacó que dichos análisis formarán los
cimientos necesarios para dotar de certeza, previsibilidad y seguridad
jurídica al procedimiento de selección que se determine, permitiendo
que las ofertas se realicen de forma precisa y transparente.
Que, asimismo, informó que el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO
DE TRANSPORTE, pretende llevar adelante una política que equilibre la
futura concesión de las Terminales Portuarias con las fuentes laborales
comprometidas en éstas, todo ello a los fines de motorizar el aparato
productivo de la REPÚBLICA ARGENTINA en sano desarrollo y crecimiento,
velando, además, por un incremento favorable de la balanza comercial
del comercio exterior de la Nación.
Que ante estas circunstancias, y conforme los argumentos expuestos,
resulta necesario suspender la fecha de apertura de ofertas para la
Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de Obra
Pública para la construcción, conservación y explotación de la terminal
portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES y dejar sin efecto la
Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE
TRANSPORTE por la que se aprobaron sus bases licitatorias.
Que, al respecto, diversos sectores con interés en el trámite de marras
realizaron presentaciones con similares argumentos, sugiriendo proceder
en ese sentido, ello de acuerdo a lo señalado por el GERENTE GENERAL de
la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO mediante la
Providencia N° PV-2020-16270941-APN-GG#MTR de fecha 12 de marzo de 2020.
Que, por consiguiente, deberá disponerse la publicación de esta medida
en idéntico modo en el que se difundiera el acto administrativo por el
cual oportunamente se aprobó el pliego en cuestión, como asimismo la
aprobación de la fecha de apertura primigenia y las posteriores
ampliaciones de plazo.
Que tomó intervención la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia N°
PV-2020-17337015-APN-SECGT#MTR de fecha 16 de marzo de 2020, en la que
informó que, en mérito a las intervenciones previas, no existiría
objeción alguna a la continuidad del trámite.
Que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, entidad
del sector público nacional actuante en la órbita del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRASPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley N° 23.696 y por los Decretos N° 870 de fecha 27 de septiembre de
2018, N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 modificatorio de la Ley de
Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y por la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo de 2019
del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Suspéndese la apertura de ofertas para la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Concesión de Obra Pública para
la Construcción, Conservación y Explotación de la Terminal Portuaria de
PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES, oportunamente programada para el día 20 de
marzo de 2020 a las 11 horas, en la Sede Central de la ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, sita en la Av. Ingeniero Huergo
N° 431, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 256 de fecha 3 de mayo
de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por la cual se aprobó el Pliego
General y el Pliego Único de Condiciones Técnicas y sus respectivos
Anexos (PLIEG-2019-40905191-APN-MTR) para la tramitación de la
“Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de Obra
Pública para la Construcción, Conservación y Explotación de la Terminal
Portuaria de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES”.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO a que, en miras de las circunstancias referidas en
los considerandos de la presente, efectúe un análisis y evaluación
exhaustiva de la situación actual y futura del PUERTO DE BUENOS AIRES,
y proceda a la elaboración de nuevas bases licitatorias que contengan
un sano equilibrio entre el negocio que se pretende concesionar y la
conservación de las fuentes de trabajo sobre las cuales incide la
Jurisdicción Portuaria Nacional.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a los efectos de su difusión ante las
diversas embajadas con sede en la REPÚBLICA ARGENTINA y publíquese en
los sitios de internet del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO y de la
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (“DEVELOPMENT BUSINESS”).
ARTÍCULO 5°.- Por las dependencias competentes de la ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, gestiónese la publicidad en
diarios nacionales e internacionales, en las mismas condiciones del
llamado.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Mario Andrés Meoni
e. 19/03/2020 N° 15759/20 v. 19/03/2020