BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Resolución de Directorio N° 117/2020 - Jueves 19 de Marzo de 2020
EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
RESUELVE:
1. Declarar inhábiles los días 16 al 31 de marzo del presente año 2020
para las actuaciones cambiarias y financieras instruidas en
los términos de las Leyes del
Régimen Penal Cambiario N° 19.359 y
de Entidades Financieras N° 21.526, respectivamente,
sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en
dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los
encausados.
(Nota Infoleg: por pto. 1° de la Resolución N° 431/2020 del
Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O. 24/11/2020
se dispone a partir del día 23 de noviembre de 2020 la reanudación
automática de todos los plazos procesales, para la generalidad de las
actuaciones cambiarias y financieras, instruidas en los términos de las
Leyes del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 y de Entidades Financieras
N° 21.526, respectivamente, los que fueran declarados inhábiles
mediante la presente Resolución de Directorio. Sin perjuicio de lo
dispuesto en este
punto, la efectiva reanudación de los plazos se producirá el día 24 de
noviembre toda vez que el 23 ha sido declarado feriado nacional. Ver
ptos. siguientes de la Resolución de referencia.)
(Nota Infoleg: por pto. 1 de la Resolución N° 420/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
11/11/2020 se prorroga el plazo establecido en el presente punto, desde
el día9 y hasta el día
22 de noviembre de noviembre de 2020 ambos
inclusive. Ver excepción pto 2 de la norma de referencia. Prórrogas anteriores: pto. 1 de la Resolución N° 404/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
29/10/2020; pto. 1 de la Resolución N° 385/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
15/10/2020; pto. 1 de la Resolución N° 354/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
23/9/2020; pto. 1 de la Resolución N° 331/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
03/9/2020; pto. 1 de la Resolución N° 319/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
20/8/2020; pto. 1 de la Resolución N° 307/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
5/8/2020; pto. 1 de la Resolución N° 282/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
22/7/2020; pto. 1 de la Resolución N° 262/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
2/7/2020; pto. 1 de la Resolución N° 242/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
11/6/2020; pto. 1 de la Resolución N° 223/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
28/5/2020; pto. 1 de la Resolución N° 201/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
13/5/2020; pto. 1 de la Resolución N° 176/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
29/4/2020; pto. 1 de la Resolución N° 148/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
16/4/2020; pto. 1 de la Resolución N° 137/2020
del Directorio del Banco Central de la República Argentina B.O.
6/4/2020)
2. Facultar al Sr. Superintendente de Entidades Financieras y
Cambiarias, o al funcionario que este designe de la Subgerencia General
de Cumplimiento y Control para disponer lo conducente a la atención de
los casos urgentes y de aquellos cuyo despacho resulte necesario.
3. Comunicar la presente mediante Comunicado de Prensa, publicación en
la página de Internet de la Institución, publicación en el Boletín
Oficial, y en la mesa de entradas de la Gerencia Principal de Asuntos
Contenciosos la parte resolutiva de la presente.
Agustín Macchi, Analista Sr., Gerencia de Emisión de Normas.
e. 20/03/2020 N° 15931/20 v. 20/03/2020