COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 3/2020
Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2020
VISTO y CONSIDERANDO: las Resoluciones Generales Nros. 9/2019 y 15/2019
en las que se establece la entrada en vigencia y posterior aplazamiento
del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes
del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen
general del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en las
provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y
Santa Fe.
Que por razones técnicas operativas y a efectos de ultimar precisiones
y asegurar una correcta implementación, resulta necesario prorrogar la
entrada en vigencia de dicho sistema.
Por ello:
LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/08/77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese la entrada en vigencia a partir del 1° de
junio de 2020 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los
contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por
el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las
provincias Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.
(Artículo sustituido por art. 1º de la Resolución General Nº 7/2020 de la Comisión Arbitral B.O. 20/5/2020)
ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la
Nación, comuníquese a los fiscos adheridos y archívese. Fernando
Mauricio Biale - Agustin Domingo
e. 25/03/2020 N° 15878/20 v. 25/03/2020