INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 13/2020
RESOG-2020-13-APN-IGJ#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020
VISTOS: Las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y N° 325/2020;
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo de la Nación, mediante el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 260/2020, declaró la EMERGENCIA SANITARIA en virtud de la
Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en
relación con el coronavirus COVID-19.
Que la Resolución MTEySS N° 207 recomienda a los empleadores y
empleadoras que dispongan las medidas necesarias para disminuir la
presencia de trabajadores y trabajadoras en el establecimiento a
aquellos indispensables para el adecuado funcionamiento de la empresa o
establecimiento.
Que atento la gravedad de la pandemia y ante la necesidad imperiosa de
proteger la salud pública y la vida de la población, el Poder Ejecutivo
Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 el cual
estableció que todas las personas que habitan en el país o se
encuentren en él en forma temporaria, deben cumplir con un “aislamiento
social, preventivo y obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo
inclusive del corriente año.
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 325/2020 prorrogó la vigencia
del Decreto N° 297/20 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.
Que a los efectos de reducir la concurrencia personal del público en
general, y de los profesionales que habitualmente concurren a la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACION a los efectos de realizar
trámites de diversa índole, resulta necesario suspender los plazos de
contestación de vistas para todos los trámites y presentaciones
regulados por la Resolución General de Justicia Nº 7/2015.
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGUESE la suspensión de todos los plazos previstos en
los artículos 1º y 2º de la Resolución General N° 10/2020 desde el día
31 de marzo hasta el día 12 de abril inclusive de 2020.
ARTÍCULO 2º: REGÍSTRESE como Resolución General. Publíquese. Dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese a las Direcciones
y Jefaturas de los Departamentos y respectivas Oficinas del Organismo y
al Ente de Cooperación Técnica y Financiera, solicitando a éste ponga
la presente resolución en conocimiento de los Colegios Profesionales
que participan en el mismo. Para los efectos indicados, pase al
Departamento Coordinación Administrativa. Oportunamente, archívese
Ricardo Augusto Nissen
e. 02/04/2020 N° 16279/20 v. 02/04/2020