MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALResolución 157/2020RESOL-2020-157-APN-MDSCiudad de Buenos Aires, 02/04/2020
VISTOel Expediente Electrónico N° EX-2020-18518445-APN-DCYC#MDS, el Decreto
N° 260 del 12 de marzo de 2020, su modificatorio N° 287 del 17 de marzo
de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020 y la
Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº
260/2020, modificado por su similar N° 287/2020, se amplió por el plazo
de UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria
declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las
medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.
Que
por su Artículo 15 ter. se estableció que durante el plazo que dure la
emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en
el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156 estarán facultados
para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean
necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de
Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a
través de la Decisión Administrativa N° 409/2020, reglamentada por la
Disposición ONC N° 48/2020, se establecieron los procedimientos de
adquisición de bienes y servicios en la emergencia que habilitan a
todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar
herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las
necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.
Que
la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL indicó la necesidad de
sumar acciones pertinentes, a las medidas ya adoptadas, a fin de
abastecer de manera inmediata las urgencias producidas a fin de evitar
impactos más gravosos para la población de alta vulnerabilidad social
en razón del brote del nuevo coronavirus como una pandemia, de acuerdo
a lo declarado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD.
Que,
cabe destacar, que por Resolución N° RESOL-2019-1172-APN-MSYDS se
autorizó el llamado y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares para la adquisición de lentejas en el marco de la
Licitación Pública Nº 95/19 que tramita por Expediente N°
EX-2019-92040049-APN-DCYC#MSYDS solicitada por la entonces SECRETARÍA
DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL.
Que no obstante el
trámite de adquisición descripto en el Considerando precedente, deviene
necesario el impulso de un procedimiento de emergencia a los fines de
complementar las cantidades del producto y poder así dar respuesta a la
demanda de manera eficiente y a término.
Que, en este sentido,
por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Contratación por
Emergencia COVID19 Nº 005/2020 que tiene por objeto la adquisición de
UN MILLÓN SETECIENTOS MIL (1.700.000) kilogramos de lentejas secas en
envases de hasta QUINIENTOS (500) gramos cada uno, como alimento
imprescindible para la población más vulnerable, solicitado por la
SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL.
Que la dicha
Secretaría, en su carácter de unidad requirente, elaboró las
Especificaciones Técnicas identificadas correspondientes a los efectos
de llevar adelante la Contratación de Emergencia en el marco de lo
dispuesto en la normativa citada en el VISTO.
Que se cursaron
las invitaciones a los proveedores del rubro debidamente inscriptos en
el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPRO) asociado al
Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Pública
Nacional (COMPR.AR).
Que el 26 de marzo de 2020 a las 16:00
horas se llevó a adelante la apertura de las ofertas recibidas,
conforme surge del Acta suscripta por el titular de la Unidad Operativa
de Contrataciones y de la Unidad de Auditoría Interna, constatándose la
presentación de las propuestas de las firmas FORAIN S.A. (C.U.I.T. N°
30-71010034-5), COPACABANA SA (C.U.I.T. N° 30-56104855-6), y M.H.
ACCURSO S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-70833560-2).
Que mediante informe
técnico elaborado por la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN, y
ratificado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS, se
verificó el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas por parte de
las ofertas recibidas, las cuales resultan aptas técnicamente.
Que,
mediante la Orden de Trabajo N° 00116/2020, la SINDICATURA GENERAL DE
LA NACIÓN informa el Precio Testigo por un valor unitario de PESOS
CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($157,60) y un monto
total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE
MIL ($267.920.000), en virtud de lo normado por el Anexo II de la
Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.
Que se solicitó
mejora de precio a la firma M.H. ACCURSO S.R.L. (C.U.I.T. N°
30-70833560-2) en razón de superar su oferta el Precio Testigo
informado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, mejorando dicha
empresa su precio unitario a la suma de PESOS CIENTO SETENTA ($170).
Que
la COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS recomendó desestimar a las firmas
y por los motivos que seguidamente se detallan: Oferta FORAIN S.A.
(C.U.I.T. N° 30-71010034-5), en lo concerniente a la marca AGROMAR, por
no haber presentado foto del producto cotizado, conforme lo solicitado
en la Cláusula Particular 13) del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares; y Oferta COPACABANA S.A. (C.U.I.T. N° 30-56104855-6), en
lo concerniente a la marca AGROMAR en envases de CUATROCIENTOS (400)
gramos, por no haber presentado foto del producto cotizado, conforme lo
solicitado en la Cláusula Particular 13) del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares.
Que la Comisión actuante recomendó la
adjudicación a las firmas y por los montos que a continuación se
detallan: FORAIN S.A. (C.U.I.T. N° 30-71010034-5), TRESCIENTOS CUARENTA
MIL (340.000) kilogramos de lentejas secas en envases de CUATROCIENTOS
(400) gramos cada uno, marcas LAYA y/o DEL AGRICULTOR, según Pliego.
Precio Unitario: PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS
($168,80). Precio Total a adjudicar: PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL ($57.392.000). COPACABANA S.A. (C.U.I.T.
N° 30-56104855-6), TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de
lentejas secas en envases de QUINIENTOS (500) gramos cada uno, marcas
ACEBAL y/o ETNIA y/o AGROMAR y/o MONARCA, y/o en envases de
CUATROCIENTOS (400) gramos cada uno, marcas ETNIA y/o OLINTO, según
Pliego. Precio Unitario: PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y
CUATRO CENTAVOS ($166,74). Precio Total a adjudicar: PESOS CINCUENTA Y
SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS ($56.691.600).
M.H. ACCURSO S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-70833560-2), TRESCIENTOS CUARENTA
MIL (340.000) kilogramos de lentejas secas en envases de QUINIENTOS
(500) gramos cada uno, marcas ACCURSO y/o AURELIA y/o en envases de
CUATROCIENTOS (400) gramos cada uno, marca AURELIA y/o CARMENCITA,
según Pliego. Precio Unitario: PESOS CIENTO SETENTA ($170), según
mejora de precio. Precio Total a adjudicar: PESOS CINCUENTA Y SIETE
MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($57.800.000).
Que, finalmente, la
Comisión interviniente recomienda declarar desierta la cantidad de
SEISCIENTOS OCHENTA MIL (680.000) kilogramos de lentejas secas por no
haberse obtenido ofertas.
Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y
EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA verificó la existencia de crédito para
afrontar el gasto emergente de la presente contratación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.
Que
el presente acto se dicta dentro del régimen establecido por Decreto N°
260/20, su modificatorio N° 287/20, la Decisión Administrativa N°
409/20 y la Disposición ONC N° 48/20, y en virtud de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, la Ley Nº 24.156 y su Decreto Reglamentario N° 1344/07
y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébanse la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 005/2020
tendiente a lograr la adquisición de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL
(1.700.000) kilogramos de lentejas secas en envases con un contenido
neto de hasta QUINIENTOS (500) gramos cada uno; el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares PLIEG-2020-18657438-APN-DCYC#MDS; y todo lo
actuado en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 260/2020 y su
modificatorio N° 287/2020, la Decisión Administrativa N° 409/20 y la
Disposición ONC N° 48/20, por los motivos expuestos en los
Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.-
Desestímanse en la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 005/2020,
las ofertas presentadas por la firma FORAIN S.A. (C.U.I.T. N°
30-71010034-5), en lo concerniente a la marca AGROMAR; y por la firma
COPACABANA S.A. (C.U.I.T. N° 30-56104855-6), en lo concerniente a la
marca AGROMAR en envases de CUATROCIENTOS (400) gramos, por los motivos
expuestos en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO
3º.- Adjudícase, en el marco de la Contratación por Emergencia COVID-19
Nº 005/2020, por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES
OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS ($171.883.600), a las firmas
y por los montos que a continuación se detallan:
COPACABANA S.A.
(C.U.I.T. N° 30-56104855-6), TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000)
kilogramos de lentejas secas en envases de QUINIENTOS (500) gramos cada
uno, marcas ACEBAL y/o ETNIA y/o AGROMAR y/o MONARCA, y/o en envases de
CUATROCIENTOS (400) gramos cada uno, marcas ETNIA y/o OLINTO, según
Pliego. Precio Unitario: PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y
CUATRO CENTAVOS ($166,74). Precio Total adjudicado: PESOS CINCUENTA Y
SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS ($56.691.600).
FORAIN
S.A. (C.U.I.T. N° 30-71010034-5), TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000)
kilogramos de lentejas secas en envases de CUATROCIENTOS (400) gramos
cada uno, marcas LAYA y/o DEL AGRICULTOR, según Pliego. Precio
Unitario: PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($168,80).
Precio Total adjudicado: PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL ($ 57.392.000).
M.H. ACCURSO S.R.L. (C.U.I.T.
N° 30-70833560-2), TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de
lentejas secas en envases de QUINIENTOS (500) gramos cada uno, marcas
ACCURSO y/o AURELIA y/o en envases de CUATROCIENTOS (400) gramos cada
uno, marca AURELIA y/o CARMENCITA, según Pliego. Precio Unitario: PESOS
CIENTO SETENTA ($170), según mejora de precio. Precio Total adjudicado:
PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($57.800.000).
ARTÍCULO
4°.- Declárase desierta en el marco de la Contratación por Emergencia
COVID-19 Nº 005/2020, la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA MIL (680.000)
kilogramos de Lentejas Secas, por no haberse obtenido ofertas.
ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a emitir las Órdenes de Compras correspondientes.
ARTÍCULO
6º.- El gasto asciende a la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y UN
MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS ($171.883.600), el
cual se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto
vigente.
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, haciéndose saber que contra
la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de
reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de
su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE
(15) días hábiles a partir de su notificación, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 84 y 90 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017),
Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°
19.549.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y en el sitio web de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y, oportunamente, archívese. Daniel
Fernando Arroyo
e. 06/04/2020 N° 16440/20 v. 06/04/2020