MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALResolución 158/2020RESOL-2020-158-APN-MDSCiudad de Buenos Aires, 02/04/2020
VISTOel Expediente Electrónico N° EX-2020-18518197-APN-DCYC#MDS, el Decreto
N° 260 del 12 de marzo de 2020, su modificatorio N° 287 del 17 de marzo
de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020 y la
Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº
260/20, modificado por su similar N° 287/20, se amplió por el plazo de
UN (1) año el alcance de la emergencia pública en materia sanitaria
declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de abarcar las
medidas adoptadas y a adoptar con relación al Coronavirus COVID-19.
Que,
por su Artículo 15 ter, se estableció que, durante el plazo que dure la
emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en
el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán facultados
para efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean
necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen de
Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a
través de la Decisión Administrativa N° 409/020, reglamentada por la
Disposición ONC N° 48/20, se establecieron los procedimientos de
adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a
todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar
herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las
necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.
Que
la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL indicó la necesidad de
sumar acciones pertinentes a las medidas ya adoptadas, a fin de
abastecer de manera inmediata las urgencias producidas a fin de evitar
impactos más gravosos para la población de alta vulnerabilidad en razón
del brote del nuevo coronavirus como una pandemia, de acuerdo a lo
declarado por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD.
Que por
Resolución N° RESOL-2020-34-SGA#MDS se autorizó el llamado y se aprobó
el pliego para la adquisición de arroz pulido o arroz blanco, tipo
largo fino o mediano 0000, correspondientes a la Licitación Pública Nº
16/20 que tramita por Expediente EX-2020-05537531-APN-DCYC#MSYDS
solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL.
Que no
obstante el procedimiento de compra indicado, por el expediente
mencionado en el VISTO tramita la Contratación por Emergencia COVID-19
Nº 004/2020 que tiene por objeto la adquisición de UN MILLÓN
SETECIENTOS MIL (1.700.000) kilogramos de arroz en envases de hasta UN
(1) kilogramo cada uno, como alimento imprescindible para la población
más vulnerable, solicitados por la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE
POLÍTICA SOCIAL
Que la mencionada Secretaría, en su carácter de
unidad requirente, elaboró las Especificaciones Técnicas
correspondientes a los efectos de llevar adelante la contratación de
emergencia, en el marco de la normativa citada en el VISTO.
Que
se cursaron las invitaciones a los proveedores del rubro debidamente
inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores del Estado
(SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional (COMPR.AR).
Que el 26 de marzo
de 2020 a las 15:00 horas se llevó a cabo la apertura de las ofertas
recibidas, conforme el Acta suscripta conjuntamente por el titular de
la Unidad Operativa de Contrataciones y de la Unidad de Auditoría
Interna, constatándose la presentación de las propuestas de las firmas
ALIMENTOS GENERALES S.A. (C.U.I.T. N° 30-70879913-7) y COPACABANA S.A.
(C.U.I.T. N° 30-56104855-6) y TEYLEM S.A. (C.U.I.T. N° 33-70844441-9).
Que
mediante informe técnico elaborado por la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y
EVALUACIÓN, y ratificado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICAS
ALIMENTARIAS, se verificó el cumplimiento de las Especificaciones
Técnicas por parte de las ofertas recibidas, las cuales resultan aptas
técnicamente.
Que mediante la Orden de Trabajo N° 00115/2020 de
la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se informa el Precio Testigo por un
valor unitario de PESOS SESENTA Y UNO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS
($61,59) y un monto total de PESOS CIENTO CUATRO MILLONES SETECIENTOS
TRES MIL ($104.703.000), en virtud de lo normado por el Anexo II de la
Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.
Que la COMISIÓN
EVALUADORA DE OFERTAS sugirió desestimar la Oferta de TEYLEM S.A.
(C.U.I.T. N° 33-70844441-9), en lo concerniente a la marca Apóstoles, y
la Oferta de ALIMENTOS GENERALES S.A. (C.U.I.T. N° 30-70879913-7), en
lo concerniente a la marca El Grande, ambas con fundamento en la falta
de presentación de la foto del producto cotizado, conforme lo
solicitado en la Cláusula Particular 13 del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares.
Que asimismo la COMISIÓN actuante
recomienda adjudicar, por los fundamentos expuestos en su Dictamen, a
la firma TEYLEM S.A. (C.U.I.T. N° 33-70844441-9) la cantidad de
TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de Arroz Pulido o Arroz
Blanco, tipo Largo Fino o Mediano 0000, marcas Don Marcos, y/o Molinos
Ala y/o 53, en presentación de bolsas de UN (1) kilogramo, a un Importe
Unitario de PESOS SESENTA Y OCHO ($68), y un Monto Total a adjudicar de
PESOS VEINTITRÉS MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($23.120.000); a la firma
ALIMENTOS GENERALES S.A (C.U.I.T. N° 30-70879913-7) la cantidad de
TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de Arroz Pulido o Arroz
Blanco, tipo Largo Fino o Mediano 0000, marca Ñangapiri, en
presentación de bolsas de UN (1) kilogramo cada una, a un Importe
Unitario de PESOS SESENTA Y OCHO CON VEINTE CENTAVOS ($68,20) y un
Monto Total a adjudicar de PESOS VEINTITRÉS MILLONES CIENTO OCHENTA Y
OCHO MIL ($23.188.000); y a la firma COPACABANA S.A. (C.U.I.T. N°
30-56104855-6) la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA MIL (340.000)
kilogramos de Arroz Pulido o Arroz Blanco, tipo Largo Fino o Mediano
0000, marcas Monarca y/o Don Bernardo y/o Chajarí y/o Valderey y/o
Castellón, en presentación de bolsas de UN (1) kilogramo cada una, a un
Importe Unitario de PESOS SESENTA Y OCHO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS
($68,77), y un Monto Total a adjudicar de PESOS VEINTITRÉS MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($23.381.800).
Que,
finalmente, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS sugiere declarar desierta
la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA MIL (680.000) kilogramos de Arroz
Pulido o Arroz Blanco, tipo Largo Fino o Mediano 0000, por no haberse
obtenido ofertas.
Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN
PRESUPUESTARIA verificó la existencia de crédito para afrontar el gasto
emergente de la presente contratación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.
Que
el presente acto se dicta dentro del régimen establecido por Decreto N°
260/20, su modificatorio N° 287/20, la Decisión Administrativa N°
409/20 y la Disposición ONC N° 48/20, y en virtud de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, la Ley Nº 24.156 y su Decreto Reglamentario N° 1344/07
y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébanse la Contratación por Emergencia COVID-19 N° 0004-2020
con el objeto de lograr la adquisición de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL
(1.700.000) kilogramos de Arroz Pulido o Arroz Blanco, tipo Largo Fino
o Mediano 0000 en envases de hasta UN (1) kilogramo cada uno, el Pliego
de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2020-18657394-APN-DCYC#MDS; y
todo lo actuado en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 260/20,
su modificatorio N° 287/20, la Decisión Administrativa N° 409/20 y la
Disposición ONC N° 48/20, por los motivos expuestos en los
Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.-
Desestímanse en la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 004/2020,
las propuestas de las firmas ALIMENTOS GENERALES S.A. (C.U.I.T. N°
30-70879913-7) en lo concerniente a la marca El Grande y TEYLEM SA
(C.U.I.T. N° 33-70844441-9) en lo concerniente a la marca Apóstoles,
por lo motivos expuestos en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO
3º.- Adjudícase la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 004/2020,
por la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA
Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($69.689.800) a las firmas, por las cantidades,
marcas y montos que a continuación se detallan:
TEYLEM SA (C.U.I.T. N° 33-70844441-9)
TRESCIENTOS
CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de Arroz Pulido o Arroz Blanco, tipo
Largo Fino o Mediano 0000, en presentación de bolsas de UN (1)
kilogramo cada una, marcas Don Marcos, y/o Molinos Ala y/o 53, precio
unitario PESOS SETENTA Y OCHO ($68). Precio total PESOS VEINTITRÉS
MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($23.120.000)
ALIMENTOS GENERALES S.A. (C.U.I.T. N° 30-70879913-7)
TRESCIENTOS
CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de Arroz Pulido o Arroz Blanco, tipo
Largo Fino o Mediano 0000, en presentación de bolsas de UN (1)
kilogramo cada una, marca Ñangapiri, precio unitario PESOS SESENTA Y
OCHO CON VEINTE CENTAVOS ($68,20). Precio total PESOS VEINTITRÉS
MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL ($23.188.000).
COPACABANA S.A. (C.U.I.T. N° 30-56104855-6)
TRESCIENTOS
CUARENTA MIL (340.000) kilogramos de Arroz Pulido o Arroz Blanco, tipo
Largo Fino o Mediano 0000, en presentación de bolsas UN (1) kilogramo
cada una, marcas Monarca y/o Don Bernardo y/o Chajarí y/o Valderey y/o
Castellón, precio unitario PESOS SESENTA Y OCHO CON SETENTA Y SIETE
CENTAVOS ($68,77). Precio total PESOS VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS
OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($23.381.800).
ARTÍCULO 4°.-
Declárase desierta en la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº
004/2020, la cantidad de SEISCIENTOS OCHENTA MIL (680.000) kilogramos
de Arroz Pulido o Arroz Blanco, tipo Largo Fino o Mediano 0000, por no
haberse obtenido ofertas.
ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a emitir las Órdenes de Compras correspondientes.
ARTÍCULO
6º.- El gasto asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($69.689.800), el
cual se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto
vigente.
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, haciéndose saber que contra
la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de
reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de
su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE
(15) días hábiles a partir de su notificación, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 84 y 90 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017),
Reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
ARTÍCULO
8º.- Comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA y en el sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES,
y, oportunamente, archívese. Daniel Fernando Arroyo
e. 06/04/2020 N° 16439/20 v. 06/04/2020