UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANÚSResolución Rectoral 175/2020Lanús, 20/03/2020
VISTO,el Expediente Nº 583/2020 de fecha 19 de marzo de 2020, el artículo 44
del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús, el Reglamento
Electoral aprobado por la Resolución del Consejo Superior Nº 01/20 de
fecha 20 de marzo de 2020, la Resolución del Consejo Superior Nº 02/20
de fecha 20 de marzo de 2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, ante
el próximo vencimiento de los mandatos de Rector/a, Vicerrector/a,
Directores de los Departamentos Académicos, Consejeros Superiores de
los Claustros Docente, Nodocente, Estudiantes y Graduados, como así
también de los miembros de los Consejos Departamentales, resulta
necesario instrumentar el proceso electoral pertinente con la finalidad
de su renovación;
Que, el proceso electoral aludido se debe
realizar de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII - Régimen
Electoral Artículo 65 del Estatuto y lo dispuesto por el Reglamento
Electoral de esta Universidad;
Que, de acuerdo con las normas
citadas, corresponde a la Sra. Rectora efectuar la convocatoria
correspondiente y determinar la sede donde habrán de desarrollarse los
comicios, en concordancia con lo que al respecto determinan los
artículos 4 a 7 del Reglamento Electoral;
Que, asimismo, por
Resolución del Consejo Superior Nº 02/20 de fecha 20 de marzo de 2020,
se ha designado la Junta Electoral como integrantes titulares al Dr.
Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº 7.594.714), Ing. Alejandra Carina Santos
(DNI Nº 18.272.222) y Lic. María Valeria Barbuto (DNI Nº 23.154.582) y
como suplentes a la Dra. Mirta Fabris (DNI. 4.934.302) y Cdor. Jorge
Raúl Cartocio (DNI Nº 4.709.970);
Que, la Dirección de Asuntos
Jurídicos ha tomado debida intervención sin objeciones que formular,
conforme consta en su Dictamen Nº 302/20/DAJ;
Que, es atributo
del Director del Departamento de Humanidades y Artes normar sobre el
particular, conforme lo establecido en los Artículos 31 y 45 del
Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús;
Por ello,
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE HUMANIDADES Y ARTES A CARGO DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS
RESUELVE:
ARTICULO
1º: Convocar a elecciones generales para los Claustros: Docente,
Nodocente, Estudiantes y Graduados de la Universidad Nacional de Lanús,
que se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº
3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos
Aires, en acuerdo con el siguiente cronograma para todos los Claustros:
Días 04, 05 y 06 de mayo de 2020, en el horario de 9:00 a 21:00 horas.
ARTICULO
2º: Los electores pertenecientes al Claustro de Estudiantes habrán de
elegir: cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) representantes
suplentes a razón de uno por cada Departamento Académico para el
Consejo Superior; dos (2) representantes titulares y (2) dos
representantes suplentes para el Consejo Departamental por cada
Departamento Académico.
ARTICULO 3º: Los electores
pertenecientes al Claustro de Graduados habrán de elegir: un (1)
representante titular y un (1) representante suplente, para el Consejo
Superior; un (1) representante titular y un (1) representante suplente,
para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.
ARTICULO
4º: Los electores pertenecientes al Claustro Docente, habrán de elegir:
ocho (8) representantes titulares y cinco (5) representantes suplentes
para el Consejo Superior; cinco (5) representantes titulares y tres (3)
representantes suplentes para el Consejo Departamental por cada
Departamento Académico.
ARTICULO 5º: Los electores
pertenecientes al Claustro de Nodocentes habrán de elegir: un (1)
representante titular y un (1) representante suplente para el Consejo
Superior; un (1) representante titular y un (1) representante suplente
para el Consejo Departamental por cada Departamento Académico.
ARTICULO
6º: El cierre de los padrones provisorios se producirá el 01 de abril
de 2020 y se exhibirán a partir del día 02 de abril y hasta el día 06
de abril. Dentro de las 24 horas hábiles posteriores al cierre podrán
formularse por escrito, ante la Junta Electoral, los reclamos relativos
a inclusiones u omisiones. Los padrones definitivos se exhibirán a
partir del día 13 de abril de 2020.
ARTICULO 7º: El cierre para
la presentación de listas de candidatos se producirá el 14 de abril de
2020 a las 17:00 horas, en el lugar designado para el funcionamiento de
la Junta Electoral.
ARTICULO 8º: La Junta Electoral funcionará
en las oficinas de la Secretaria de Asuntos Jurídicos e
Institucionales, en la sede de Remedios de Escalada (Edificio Rectorado
“José Hernández”) sito en la calle Pablo Nogués S/N, Lanús, Provincia
de Buenos Aires, en el horario de 13:00 a 17:00 hs.
ARTICULO 9º:
La Junta Electoral estará integrada por el. Dr. Edgardo Jorge Guevara
(DNI Nº 7.594.714), Ing. Alejandra Carina Santos (DNI Nº 18.272.222) y
Lic. María Valeria Barbuto (DNI Nº 23.154.582) y como suplentes a la
Dra. Mirta Fabris (DNI. 4.934.302) y Cdor.Jorge Raúl Cartocio (DNI Nº
4.709.970) designados por la Resolución del Consejo Superior Nº 02/20.
ARTICULO
10º: La presente Resolución es refrendada por el Secretario General y/o
el Secretario de Asuntos Jurídicos e Institucionales.
ARTICULO
11º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
cumplido, archívese. Daniel Rodríguez Bozzani - Indalecio González
Bergez
e. 06/04/2020 N° 16402/20 v. 06/04/2020