AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 5/2020
RESOL-2020-5-APN-ANMAC#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-21544771-APN-DNAAJYM#ANMAC, la Ley N°
27.192, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 1035 del 08
de noviembre de 2018, N° 36 del 14 de diciembre de 2019, N° 304 del 25
de marzo de 2020, N° 328 del 1° de abril de 2020; el Decreto DNU N° 260
del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, las Decisiones
Administrativas N° 479 del 18 de mayo de 2016 y N° 1117 del 12 de
octubre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.192 se crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, que tiene como misión la aplicación, control y
fiscalización de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 y sus
normas complementarias y modificatorias.
Que con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la AGENCIA,
corresponde efectuar las prórrogas de las designaciones transitorias de
las personas detalladas en el Anexo I
IF-2020-22073705-APN-DNAAJYM#ANMAC, por el término de SESENTA (60) días
hábiles contados a partir de la fecha de vencimiento que en cada caso
se detalla, en las mismas condiciones y autorizaciones con que fueron
designados
Que dichas designaciones transitorias preveían asimismo que los cargos
involucrados debían ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de las
normas por las cuales se los designa y/o prorroga.
Que por el Decreto N° 260/2020, modificado por su similar N° 287/2020
se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19, por
el plazo de UN (1) año.
Que en este contexto de emergencia sanitaria, se debe propender a que
los procedimientos resulten lo más ágiles, expeditivos y eficientes
posibles, sin dañar por esto la transparencia que debe primar en ellos.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha
instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo
inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los
cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de
las acciones que tiene asignada la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, resulta oportuno y conveniente disponer las prórrogas de
las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados, en las
condiciones establecidas en las respectivas designaciones.
Que los citados agentes se encuentran actualmente desempeñando los
cargos referidos, acreditándose en el expediente electrónico por el que
tramita la presente, la certificación de servicios correspondiente.
Que asimismo, se encuentra acreditado que se cuenta con el crédito
necesario a fin atender el gasto resultante de las prórrogas alcanzadas
por la presente medida.
Que el artículo 1° del Decreto Nº 328/20 autorizó a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos
descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria
ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones
transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por Decreto N° 304/2020, fue aceptada la renuncia presentada por el
Director Ejecutivo de la Agencia, sin que dicho cargo haya sido
cubierto al día de la fecha.
Que en atención a ello, las designaciones transitorias se dan por
prorrogadas por el plazo de SESENTA (60) días hábiles desde su
vencimiento, quedando sujeta la decisión de una nueva prórroga, a la
resolución del Director Ejecutivo que oportunamente se designe.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 328/20 y la Decisión
Administrativa N° 1117/2016
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO A CARGO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dénse por prorrogadas las designaciones transitorias de las
personas consignadas en el Anexo I (IF-2020-24063312-APN-DNAAJYM#ANMAC)
que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos de la
planta permanente de esta Agencia, en los Niveles, Grados, Unidades
organizativas y funciones, conforme se detallan en dicho Anexo, por el
plazo de SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la fecha de
vencimiento que en cada caso se indica, con las mismas condiciones y
autorizaciones que fueran dispuestas oportunamente.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 6/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 07/04/2020)
ARTICULO 2º.- Los cargos involucrados en la presente medida deberán ser
cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección
vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de SESENTA (60)
días hábiles contados a partir del vencimiento de cada designación.
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 -
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – SAF N° 208 – AGENCIA
NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en orden a lo dispuesto por el
artículo 2 del decreto 328 de fecha 1 de abril de 2020.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Andrés Firpo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/04/2020 N° 16537/20 v. 07/04/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Anexo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 6/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 07/04/2020)