SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1461/2019
RESOL-2019-1461-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2019
VISTO el Expediente N° 1.797.241/18 del registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley
N° 23.546,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 27/28 del Expediente N° 1.797.241/18, obra el Acuerdo
celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA
DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, y el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE
PAPEL MISIONERO por el sector sindical, y la empresa PAPEL MISIONERO
S.A.I.F.C., por el sector empleador, cuya homologación las partes
solicitan en los términos de lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen
modificaciones salariales a los trabajadores comprendidos en el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1241/11 “E” conforme surge
de los términos y condiciones del texto pactado.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación de dichos instrumentos se circunscribe a la
correspondencia entre el objeto de las representaciones empleadoras
firmantes, y los ámbitos de la entidad sindical signataria, emergente
de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo se procederá a remitir a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el Acuerdo celebrado por la
FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y
QUIMICOS, y el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PAPEL MISIONERO por
el sector sindical, y la empresa PAPEL MISIONERO S.A.I.F.C., por el
sector empleador, obrante a fojas 27/28 del Expediente N° 1.797.241/18,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Acuerdo obrante a fojas 27/28 del Expediente N° 1.797.241/18.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, del Acuerdo que por este acto se homologa y de
conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del
presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa N° 1241/11 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito
del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de
acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.
2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/04/2020 N° 16603/20 v. 08/04/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)