DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 1789/2020
DI-2020-1789-APN-DNM#MI
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-18620356- -APN-DGA#DNM del registro de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto de la presente, tramita
un procedimiento que tiene por objeto la contratación para la provisión
y entrega de autenticadores documentales y módulos para toma de huellas
dactilares e imágenes faciales para satisfacer las necesidades de las
distintas dependencias la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
Que mediante Memorándum N° ME-2020-18621880-APN-DGMM#DNM, la DIRECCIÓN
GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO del organismo solicitó la adquisición
con carácter urgente de elementos de trabajo destinados a los puestos
de control migratorio”… A efectos de dotar a la Dirección Nacional de
Migraciones de los recursos necesarios para afrontar las tareas
primordiales en el marco de la emergencia sanitaria declarada a través
del Decreto 260/2020 se solicita a esa instancia la compra de los
siguientes elementos de trabajo: - Autenticadores documentales, 12
unidades. -Lectores de huellas, 12 unidades. -Cámaras Web, 12 unidades.
La urgencia de contar con los mencionados elementos se funda en las
acciones que la DNM lleva a cabo de manera permanente en todo el
territorio del país las 24 hs. del día, en materia de control de
ingreso y egreso de personas. El mismo ha aumentado de manera
exponencial en un reducido lapso de tiempo en pasos fronterizos,
aeropuertos y puertos, en virtud de las acciones de facilitaciones de
regreso desde el exterior de personas residentes en el país de acuerdo
al Art.9, 2do párrafo del decreto 260/2020, siendo una función primaria
de la DNM, art. 1 de la ley 25.871. Así como la salida del territorio
de personas de nacionalidad extranjera. Estos elementos tienen como fin
dotar a los pasos fronterizos de la misma tecnología que se utiliza en
el aeropuerto internacional de Ezeiza, con el fin de agudizar el
control de la documentación utilizada por las personas para el ingreso
al país, minimizando la utilización de documentación apócrifa que
permita intentos de ingresos ilegales a nuestro territorio…”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES mediante Memorándum N° ME-2020-18621729-APN-DGA#DNM
instruye “… adoptar los mecanismos de contratación de bienes y
servicios de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 260/2020, en su
artículo 15° TER, (incorporado por el art. 3° del decreto N° 287/2020),
y la Decisión Administrativa 409/2020. Todo ello en virtud de dotar a
la Direccion Nacional de Migraciones de los recursos necesarios para
afrontar las tareas primordiales en el marco de la emergencia sanitaria
establecida por ley N° 27.541, ampliada por medio del Decreto 260/2020…”
Que obran en las actuaciones las especificaciones técnicas elaboradas
por la DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN de
esta Dirección Nacional, en su carácter de área con incumbencia técnica.
Que en ese orden de ideas, y conforme a las funciones esenciales que
ejerce la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, con especial atención en
su competencia para entender en la admisión de extranjeros en el
Territorio Nacional, y en el egreso de personas, sean nacionales o no,
de la REPÚBLICA ARGENTINA, los elementos tecnológicos requeridos
constituyen bienes sumamente necesarios ante la situación de emergencia
sanitaria señalada.
Que la emergencia de que se trata no admite mayores dilaciones para la
adquisición de bienes considerados esenciales para evitar o morigerar
situaciones de peligro que comprometan la vida, la integridad física,
la salud, la seguridad de la población o funciones esenciales del
Estado Nacional, justificándose por lo tanto recurrir a procedimientos
que impliquen restringir la concurrencia de oferentes, correspondiendo
que el llamado se realice en el marco del Procedimiento de Contratación
de Bienes y Servicios previsto por el Decreto 260 del 13 de marzo de
2020, en su artículo 15° TER, (incorporado por el artículo 3° del
Decreto N° 287/2020), y la Decisión Administrativa 409 del 18 de marzo
de 2020.
Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3° apartado b) de
la Mencionada Decisión Administrativa, la Unidad Operativa de
Contrataciones, mediante correos electrónicos, efectuó invitaciones a
cotizar a TRES (3) proveedores del rubro de que se trata, cuyos datos
fueron extraídos de la base brindada por la plataforma COMPR.AR.
Que conforme se desprende del Acta confeccionada de acuerdo a lo
ordenado en el artículo 3° de la mencionada Decisión Administrativa,
agregada mediante IF-2020-18838976-APN-DCPYS#DNM, se efectuó el
correspondiente llamado fijándose la apertura de ofertas para el día 25
de marzo de 2020, presentándose TRES (3) ofertas correspondientes a las
firmas DATASTAR ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70202483-4), DC SOLUTIONS
S.R.L (CUIT N° 30-70981307-9) y EBOX S.A. (CUIT N° 30-71474920-6), lo
cual se ha asentado en el Acta mencionada precedentemente.
Que mediante PV-2020-18840785-APN-DCPYS#DNM, el titular de la Unidad
Operativa de Contrataciones se ha expedido respecto de las ofertas
realizadas, manifestando que la oferta más económica, la efectuada por
la firma EBOX S.A., se ajusta a lo requerido en las especificaciones
técnicas que rigen el llamado, resultando la misma conveniente y
recomendando su adjudicación.
Que en consecuencia, tratándose de una contratación realizada en el
marco del Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios previsto
por el Decreto 260/2020 en su artículo 15° TER, (incorporado por el
arículo. 3° del Decreto N° 287/2020), y la Decisión Administrativa
409/2020, se propicia la aprobación de lo actuado y la adjudicación
respectiva.
Que se cuenta con el recurso presupuestario correspondiente según consta en las presentes actuaciones.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA -
JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, ha tomado la
intervención que le compete.
Que por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 29 de la Ley Nº 25.565, el Decreto Nº 1410 del 3 de
diciembre de 1996, el artículo 9° del Anexo al Decreto Nº 1030 del 15
de septiembre de 2016 y el Decreto N° 59 del 23 de diciembre de 2019
corresponde actuar en consecuencia.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento realizado para la Contratación
por emergencia COVID-19 N° 3/2020 que tiene por objeto la contratación
para la provisión y entrega de autenticadores documentales y módulos
para toma de huellas dactilares e imágenes faciales para satisfacer las
necesidades de las distintas dependencias la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MIGRACIONES.
ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la provisión y entrega de que se trata a favor
de la firma que se determina a continuación, de conformidad con su
respectivo presupuesto, el cual se acepta de la siguiente manera:
EBOX S.A. (CUIT 30-71474920-6)
RENGLÓN N° 1: Autenticador Documental 3M AT9000 MK2
Precio Unitario (IVA incluido): PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA: $ 296.450.-
Precio Total por DOCE (12) unidades (IVA incluido): PESOS TRES MILLONES
QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS: $ 3.557.400.-
RENGLÓN N° 2: Módulos para tomas de huellas dactilares e imágenes faciales
Precio Unitario (IVA incluido): PESOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS: $ 36.300.-
Precio Total por DOCE (12) unidades (IVA incluido): PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS: $ 435.600.-
Monto Total adjudicado a la firma (IVA incluido): PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL: $ 3.993.000.-
Monto Total de la contratación (IVA incluido): PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL: $ 3.993.000.-
ARTÍCULO 3º.- El gasto mencionado precedentemente será imputado al
presente ejercicio financiero, en la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL
INTERIOR -O.D. 201- DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en las partidas
presupuestarias específicas, de conformidad con las constancias
obrantes en las presentes actuaciones.
ARTÍCULO 4º.- Por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN procédase al
registro del compromiso definitivo del gasto y autorízase a la
DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES a emitir y suscribir el instrumento
contractual respectivo.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a las firmas interesadas.
ARTÍCULO 6°.- Procédase a la publicación de la presente disposición en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Direccion Nacional del Registro Oficial y archívese. Maria Florencia Carignano
e. 20/04/2020 N° 17241/20 v. 20/04/2020