MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
Decisión Administrativa 530/2020
DECAD-2020-530-APN-JGM - Dáse por designado Director Nacional de Calidad Turística.
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-12053981-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa
Nº 317 del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por el artículo 6° del citado decreto se estableció que hasta tanto
se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se
mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel
inferior a Subsecretaria.
Que por la Decisión Administrativa N° 317/18 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE TURISMO, actual MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que en virtud de específicas razones de servicio se considera necesario
proceder a la cobertura transitoria del cargo de Director/a Nacional de
Calidad Turística del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del
17 de febrero de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al ingeniero Hernán ROITMAN (D.N.I. N° 31.380.991) en el cargo
de Director Nacional de Calidad Turística del MINISTERIO DE TURISMO Y
DEPORTES, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el ingeniero ROITMAN los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 17 de febrero
de 2020.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Matías Lammens
e. 22/04/2020 N° 17417/20 v. 22/04/2020