MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCADecisión Administrativa 550/2020DECAD-2020-550-APN-JGM - Dáse por designado Director Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-17492424-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020, la Decisión Administrativa N°
324 del 14 de marzo de 2018 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que
por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N°
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de
lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios
(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que
se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.
Que por el artículo 6° del citado decreto se
estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría.
Que por la
Decisión Administrativa N° 324/18 se aprobó la estructura organizativa
de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que
resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante
y financiado de Directora/a Nacional de Emergencias y Desastres
Agropecuarios dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA
de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del citado Ministerio.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de
los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto
N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del 2 de
marzo de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa,
al ingeniero forestal Fabián Alejandro JARAS (D.N.I. N° 24.425.968) en
el cargo de Director Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA de la UNIDAD
GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del
Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el
artículo 1º de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto
conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO
3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión
administrativa será imputado con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 52 – MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
ARTÍCULO
4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Luis Eugenio Basterra
e. 23/04/2020 N° 17441/20 v. 23/04/2020