INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALResolución 6/2020RESFC-2020-6-APN-DI#INAESCiudad de Buenos Aires, 21/04/2020
VISTO, el EX -2020-25738535 -APN-MGESYA#INAES y,
CONSIDERANDO:
Que,frente a la situación de pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud por COVID-19 y las medidas que para preservar la salud de
todos los habitantes de la República Argentina ha adoptado el Estado
Nacional, se han generado una serie de inconvenientes en el sistema
monetario y financiero en nuestro país.
Que esta situación
afecta la generalidad de los servicios prestados normalmente por el
sistema bancario, teniendo en cuenta, entre otras medidas, que solo se
podrá concurrir a las sucursales con un turno gestionado previamente a
través de los canales electrónicos que los bancos habiliten,
autorizándolos a realizar gestiones administrativas (por ejemplo,
retiro de tarjetas, firma de documentación, acceso a cajas de
seguridad), quedando determinadamente prohibido la atención al público
por ventanilla para realizar depósitos, pagos o extracciones.
Que,
con tal motivo, se advierte una situación muy crítica para todos los
habitantes de nuestro país, entre ellos los más afectados son aquellos
individuos que no se encuentran bancarizados teniendo la dificultad
para recibir envíos de dinero como así también se ven perjudicadas
aquellas cooperativas, mutuales y empresas que pagan sueldos en
efectivo y tienen problemas para realizar el pago de las remuneraciones.
Que,
en ese sentido, resulta necesario que desde este Instituto se adopten
las medidas necesarias para dar respuesta a las necesidades que
plantean los sectores cooperativo y mutual frente a esta emergencia
sanitaria, económica y social.
Que, de conformidad con lo
establecido en el artículo 7º inciso d) de la ley 19549, el servicio
jurídico ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, en
atención a los dispuesto por las Leyes N° 19.331, 20.321, 20.337, los
Decretos N° 420/96 y 721/00 y demás normativa complementaria,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO
1.°. Encomiéndase a la Dirección General de Administración y Asuntos
Jurídicos, a la Dirección Nacional de Desarrollo y Promoción
Cooperativa y Mutual y a la Dirección Nacional de Cumplimiento y
Fiscalización de Cooperativas y Mutuales de este Instituto la
reglamentación de un sistema de pagos digital para la economía social y
solidaria, a través de una plataforma digital que permita generar un
sistema de cajas de ahorro virtual y gratuito para cada entidad y cada
uno de sus asociados.
ARTÍCULO 2.°. Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fabian
Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Mario Alejandro
Hilario Cafiero
e. 23/04/2020 N° 17641/20 v. 23/04/2020