INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALResolución 5/2020RESFC-2020-5-APN-DI#INAESCiudad de Buenos Aires, 21/04/2020
VISTO, el EX-2020-24815978- APN-MGESYA#INAES, y
CONSIDERANDO:
Queel INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVIMO Y ECONOMIA SOCIAL, en su carácter
de autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a las
cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, tiene como fin
principal concurrir a su promoción y desarrollo.
Que a tal
efecto asiste y asesora técnicamente a las cooperativas, mutuales y a
las instituciones públicas y privadas vinculadas a la economía social y
las apoya económica y financieramente.
Que, asimismo, entre sus
funciones, se encuentra la de gestionar ante los organismos públicos de
cualquier jurisdicción y ante entidades privadas la adopción de medidas
y la formulación de planes y programas que sirvan a los fines
contemplados en las Leyes N° 20.321 y 20.337.
Que esta
administración, se ha fijado, entre sus objetivos, el generar una
fuerte vinculación asociativa entre los distintos actores de la
economía social que favorezca y fortalezca el desarrollo local y
promueva la cooperación y la ayuda mutua como herramientas para
alcanzar el bien común con sustentabilidad económica, social, humana y
ambiental.
Que a ese efecto se han promovido encuentros entre
estas entidades y diversos actores públicos y privados, que generaron
múltiples iniciativas impulsadas desde el sector y desde los municipios
y las provincias.
Que asimismo existen diversos organismos del
sector público y privado, nacional y de la cooperación internacional
que asisten a estas entidades.
Que en consecuencia y en
cumplimiento de las misiones y funciones mencionadas precedentemente,
se advierte como conveniente el generar, desde este Organismo, un banco
de proyectos que amplíe las posibilidades de recibir asistencia
financiera y posibilite su adecuada canalización.
Que, de este modo, aquellas entidades que necesiten financiamiento podrán dar a conocer sus objetivos y necesidades.
Que
al mismo tiempo la centralización de los proyectos en una plataforma
única permitirá detectar posibles sinergias entre proyectos similares
y/o complementarios, tanto desde el punto de vista sectorial como
geográfico.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Leyes N° 19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos N° 420/96 y 721/00,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO
1.°.- Créase un Banco de Proyectos de la economía social, en el ámbito
de la Dirección de Fomento y Evaluación de Proyectos Cooperativos y
Mutuales de la Dirección Nacional de Desarrollo y Promoción Cooperativo
y Mutual del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.
ARTICULO
2°. En el Banco de Proyectos se registrarán los proyectos e iniciativas
referidos a la economía social que se soliciten al Instituto.
ARTÍCULO
3°. El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL brindará
asistencia técnica para evaluar la factibilidad del proyecto e
informará sobre las distintas alternativas de financiamiento mediante
fondos propios o de otras fuentes públicas o privadas.
ARTICULO
4°. El Banco de Proyectos se administrará a través de una plataforma
digital, la que será desarrollada por la Coordinación de Servicios
Digitales e Informáticos de la Dirección General de Administración y
Asuntos Jurídicos y la Dirección de Fomento y Evaluación de Proyectos
Cooperativos y Mutuales de la Dirección Nacional de Desarrollo y
Promoción Cooperativo y Mutual.
ARTICULO 5.° Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, hágase
saber a las unidades organizativas mencionadas en el Artículo 2° y
cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum
Mirad - Mario Alejandro Hilario Cafiero
e. 23/04/2020 N° 17639/20 v. 23/04/2020