MINISTERIO DE DEFENSA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 12/2020
DI-2020-12-APN-SSGA#MD
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2020
VISTO el expediente N° EX-2020-18995128- -APN-CSBFFA#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el VISTO, tramitó la contratación
para la reparación y reacondicionamiento de la maquinaria (REACTOR DE
500 LTS) del Laboratorio Farmacéutico Conjunto para incrementar la
producción de alcohol en gel.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE, de fecha 12 de marzo de 2020, se amplió, por el
plazo de UN (1) año, el alcance de la emergencia pública en materia
sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley N° 27.541, a fin de
abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al coronavirus
COVID-19.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida y la salud de
la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de establecer
procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia
que habilite a todas las áreas comprometidas en dar respuestas
integrales, a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a
la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la
transparencia que debe primar en todo el obrar público.
Que, en concordancia se emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-287-APN-PTE, por cuyo conducto se intensificaron las medidas
implementadas por su similar N° DECNU-2020-260-APN-PTE, atento a la
evolución de la pandemia.
Que, asimismo, por el artículo 3º antes citado se facultó al Jefe de
Gabinete de Ministros a establecer los principios y pautas que regirán
el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto
de la emergencia decretada.
Que en el marco de dicha competencia se emitió la Decisión
Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020,
por la cual se limita, en su artículo 2º, la utilización del
procedimiento que se regula por la presente exclusivamente a las
contrataciones de bienes y servicios requeridos en el marco de la
emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/20, mientras que por su el
artículo 9º se dispuso que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias de
dicha medida.
Que, a tal fin, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, estableció
mediante la DI-2020-48-APN-ONC#JGM el procedimiento para las
contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia
pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/2020.
Que la COORDINACION DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LAS FFAA
(ME-2020-19049737-APN-CSBFFA#MD) ha manifestado que …”habiendo evaluado
la situación epidemiológica del coronavirus (COVID-19), que presenta un
carácter dinámico, sin perjuicio que se encuentra en permanente
revisión por sus profesionales, además de recomendar adoptar medidas de
carácter general, particularmente en el ámbito de militar, con
finalidad preventiva, se observa integralmente la necesidad de
optimizar los recursos como así también la expansión de las capacidades
de producción del Laboratorio Farmacéutico Conjunto para hacer frente a
la Emergencia”.
Que la SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES
(PV-2020-19054624-APN-SECEYAM#MD) brinda conformidad a la medida y
solicita la continuidad del trámite.
Que los bienes se encuentran catalogados conforme a la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 de junio de 1997.
Que la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES Y COMPRAS, ha establecido los
términos y pautas que rigieron la convocatoria y su adjudicación en
virtud de lo expuesto en el marco de lo establecido por el Decreto Nº
260/2020 y las prescripciones establecidas en el Anexo a la
DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorios, por lo que corresponde
aplicar al presente procedimiento el trámite de Contratación Directa
por Emergencia COVID-19.
Que mediante el Correo Institucional de la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES
Y COMPRAS del MINISTERIO DE DEFENSA (IF-2020-19223488-APN-DCYC#MD) se
realizó la invitación a cotizar a las firmas CECAR ESTERILIZACION
SOCIEDAD ANONIMA, INGEST SOCIEDAD ANONIMA, RAUL QUINTELA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, FCM FORWARDER SOCIEDAD ANONIMA y DEHNER
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme con lo establecido en el
punto 3, apartado b) del Anexo a la Disposición ONC N° 48/2020 y sus
modificatorios.
Que con fecha 27 de marzo de 2020 se produjo la apertura de ofertas
generando la correspondiente Acta (IF-2020-19199649-APN-DCYC#MD), dónde
se deja constancia que la firma INGEST SOCIEDAD ANONIMA ha confirmado
la oferta (RE-2020-25388476-APN-DCYC#MD).
Que la DIRECCIÓN DE SANIDAD CONJUNTA ha emitido Informe Técnico
(IF-2020-25796847-APN-DSC#EMCO), concluyendo que el servicio cotizado
por la firma cumple con lo solicitado.
Que en función de lo expuesto, de la documentación presentada por el
único oferente y en virtud de lo establecido en el último párrafo de la
COMUNICACIÓN GENERAL ONC N° 7/2020-SUSPENSIÓN DE DESACTUALIZACIONES DE
ESTADO EN SIPRO, la Dirección de Contrataciones y Compras recomienda
adjudicar el renglón N° 1, a la firma INGEST SOCIEDAD ANONIMA, por un
monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL ($
2.820.000,00), por ser la oferta que cumple con todos los requisitos
exigidos y ser el precio conveniente a los intereses del Organismo.
Que según informe (IF-2020-25442301-APN-DGPC#MD) de la DIRECCIÓN DE
GESTIÓN PRESUPUESTARIA Y CONTABLE se deja constancia que se cuenta con
crédito presupuestario para afrontar la presente medida.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este MINISTERIO ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto se halla facultado para el dictado de la presente
medida, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 6 de la
Decisión Administrativa N° 409/2020, el Anexo I del artículo 9° del
Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE GESTION ADMINISTRATIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado en el procedimiento de Contratación
por Emergencia, para el proceso COVID-19 Nº 2/2020 asignado por el
MINISTERIO DE DEFENSA que tiene por objeto la reparación y
reacondicionamiento del reactor del Laboratorio Farmacéutico Conjunto.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese el renglón N° 1, a la firma INGEST SOCIEDAD
ANONIMA, CUIT N° 30-61832484-9, con domicilio en la calle 40 (ex –
Roma) Nº 1643 - (1650), Villa Maipú, Partido de SAN MARTIN, Provincia
de BUENOS AIRES, por el monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS
VEINTE MIL ($ 2.820.000,00 IVA incluido, por ser la oferta que cumple
con todos los requisitos exigidos y ser el precio conveniente a los
intereses del Organismo.
ARTÍCULO 3°.- La suma indicada en el artículo precedente se imputara a
la Subjuridiscción 45.20 MINISTERIO DE DEFENSA, Programa 16, Actividad
01, Partida Principal 3.3.3 del presupuesto asignado a este MINISTERIO.
ARTÍCULO 4°.- La Comisión de Recepción de Bienes y Servicios para este
proceso estará integrada por el Coronel Juan MEDINA, Coronel Bioquímica
Silvia Elena DI NAPOLI y Alejandra DE FRANKENBERG en virtud de lo
establecido en el punto 3, i) de la Disposición 48/2020 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, notifíquese lo dispuesto al adjudicatario,
publíquese en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y
dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación
en el Boletín Oficial por el término de UN (1) día y archívese.
Leonardo Garay Decándido
e. 23/04/2020 N° 17609/20 v. 23/04/2020