DEUDA PÚBLICA

Decreto 404/2020

DCTO-2020-404-APN-PTE - Reestructuración de Deuda. Decreto N° 391/2020. Rectificación.

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-26013821-APN-UGSDPE#MEC, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, su Decreto Reglamentario N° 1759/72, (t.o. Decreto N° 894/17) y sus modificaciones, y el Decreto N° 391 del 21 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 391/20 se dispuso la reestructuración de los Títulos Públicos de la REPÚBLICA ARGENTINA emitidos bajo ley extranjera, mediante una Invitación a Canjear dichos títulos con los alcances, términos y condiciones detallados en el modelo de Suplemento de Prospecto (“Prospectus Supplement”).

Que, asimismo, se dispuso la emisión de una o varias series de instrumentos denominados en Dólares Estadounidenses y Euros de conformidad con las condiciones financieras establecidas en las “Condiciones de Emisión de los Nuevos Títulos”.

Que en el citado acto administrativo se deslizaron dos errores materiales que deben ser subsanados, de conformidad con lo previsto en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto reglamentario N° 1759/72 (t.o. Decreto N° 894/17).

Que, se consignó erróneamente el número de IF del Anexo II del artículo 1° del decreto referido, cuando se lo menciona en el artículo 3° y, asimismo, en el Anexo III del artículo 2°, Bajo el título “C. “BONOS GLOBALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2039”” donde dice “Fecha de vencimiento: 15 de Noviembre de 2029.” debió decir “Fecha de vencimiento: 15 de Noviembre de 2039.”

Que el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. Decreto N° 894/17), reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, prevé que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales, de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759/72 (t.o. Decreto N° 894/17) y sus modificaciones.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el documento “Condiciones de Emisión de los Títulos Nuevos” obrante como ANEXO III (IF-2020-26772030-APN-UGSDPE#MEC) del Decreto N° 391 del 21 de abril de 2020; bajo el título “C. ‘BONOS GLOBALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN DOLARES ESTADOUNIDENSES STEP UP 2039’”, donde dice “Fecha de vencimiento: 15 de Noviembre de 2029”, debe decir “Fecha de vencimiento: 15 de Noviembre de 2039”.

ARTÍCULO 2°.- Rectifícase el artículo 3° del Decreto N° 391 del 21 de abril de 2020; donde dice “Anexo II (IF-2020-26832688-APN-UGSDPE#MEC)”, debe decir “Anexo II (IF-2020-26925172-APN-UGSDPE#MEC)”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán

e. 24/04/2020 N° 17869/20 v. 24/04/2020