ARMADA ARGENTINA
DIRECCIÓN GENERAL DE INTENDENCIA DE LA ARMADA
Disposición 147/2020
DI-2020-147-APN-DGIT#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2020
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-21721892-APN-DCYC#MDS, el
Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, su modificatorio N° 287 del 17
de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de
2020 y la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 48
del 19 de marzo de 2020 y su modificatoria la Disposición ONC Nº 53 del
11 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO, Nº
EX-2020-21721892-APN-DGIT#ARA tramita la Contratación Directa por
emergencia COVID-19 Nº 01/2020 que tiene por objeto la adquisición
INSUMOS SANITARIOS COVID-19
Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se
amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública
en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541,
a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al
Coronavirus COVID-19.
Que por su Artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que dure
la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos
en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156, estarán
facultados para efectuar la contratación directa de bienes y servicios
que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción al Régimen
de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N° 409/2020, reglamentada
por la Disposición ONC N° 48/2020, se establecieron los procedimientos
de adquisición de bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a
todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar
herramientas que otorguen celeridad y eficacia a la atención de las
necesidades que se presenten con relación al Coronavirus COVID-19.
Que la DIRECCION DE ABASTECIMINETO DE LA ARMADA, en su carácter de
unidad requirente, elaboró las Especificaciones Técnicas
correspondientes a los efectos de llevar adelante la contratación de
emergencia, en el marco de la normativa citada en el VISTO.
Que el Artículo 6º de la Resolución Nº 88/2020 del señor MINISTRO DE
DEFENSA instruyo a los jefe de los ESTADO MAYORES GENERALES DE LAS
FUERZAS ARMADAS para adiestrar, alistar y sostener la organizaciones
militares que sean requerida para la ejecución de las tareas de apoyo a
la comunidad y ayuda humanitaria, en el marco de los esfuerzos que
disponga el Estado Nacional para contener y mitigar el COVID-19, en
forma coordinada con la SECRETARIA DE COORDINACION MILITAR EN
EMERGENCIAS.
Que, se cursaron las invitaciones a los proveedores del rubro,
debidamente inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores del
Estado (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional (plataforma COMPR.AR).
Que el 03 de abril de 2020 se llevó adelante la apertura de las ofertas
recibidas, suscribiéndose la correspondiente Acta, constatándose la
presentación de las ofertas de las firmas A Y M D´ESPOSITO S.R.L.
(C.U.I.T. N° 30612677499), y SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (C.U.I.T.
N° 30711585423).
Que el DEPARTAMENTO CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN DE OBTENCION DE LA ARMADA se expidió sobre esta Contratación recomendando:
Adjudicar a la oferta de la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A.
(C.U.I.T. N° 30711585423); para el renglón Nº 4 por ser su valor
aceptable y ajustarse a las Especificaciones Técnicas según Informe
IF-2020-24211159- -APN-DGIT#ARA.
Monto total adjudicado a la firma: PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA ($ 3.287.340,00)
Que en consecuencia de lo normado en la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-472-APN-JGM, de fecha 7 de abril de 2020, la Disposición ONC
Nº DI-2020—53-APN-ONC#JGM de fecha 11 de abril de 2020, las
prescripciones emanadas por la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA (ISGA),
en los Mensajes Navales de los días 08 y 09 de abril del 2020, se
procede a dejar sin efecto las siguientes Contrataciones Directas por
Emergencia COVID-19 Nº 01/2020.
Que el artículo 20 del Decreto Nº 1023/01, faculta a la jurisdicción o
entidad contratante dejar sin efecto un procedimiento de contratación
en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin
lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.-
Que la Asesoría Legal de la DIRECCIÓN GENERAL DE INTENDENCIA DE LA ARMADA ha tomado la intervención que le corresponde.
Que en virtud del Artículo 6º de la Decisión Administrativa Nº
409/2020, el punto 5) de la Disposición ONC Nº 48/2020, las
Resoluciones del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 52-E del 5 de agosto de 2016
y la Nº 265-E de fecha 4 de octubre de 2016, como así también la
Resolución EMGA Nº 243/16 de fecha 25 de octubre de 2016, el suscripto
deviene como autoridad competente para el dictado del presente acto de
adjudicación el señor DIRECTOR GENERAL DE INTENDENCIA DE LA ARMADA,
toda vez que el monto estimado en la presente contratación no supere
los SIETE MIL QUINIENTOS MODULOS (M 7500).
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTENDENCIA DE LA ARMADA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto la Contratación Directa por Emergencia COVID-19 Nº 01/2020.
ARTÍCULO 2º.- Desaféctese la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 (9.466.840,00) a la
Partida Presupuestaria 328E07-2-5-2-0000-1-000-00 F.F.11 Ejercicio 2020.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese en forma fehaciente la presente disposición a
los oferentes que cotizaron en esta Contratación de emergencia
001/2020, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional (artículo 74º del Anexo al
Decreto Nº 1030/16).
ARTÍCULO 4º.- Contra el presente acto administrativo podrá interponerse
el recurso de reconsideración, que lleva implícito el recurso
jerárquico en subsidio, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos contados desde la fecha de su notificación, conforme a
lo dispuesto en los artículos 84 a 88 del Decreto Nº 1759/72 (Texto
Ordenado 1991), reglamentario de la Ley Nacional Nº 19.549 de
Procedimientos Administrativo. Asimismo, podrá interponerse el recurso
jerárquico en el término QUINCE (15) días hábiles administrativos
contados desde la fecha precitada (artículo 89 a 92 del Decreto Nº
1759/72).-
ARTÍCULO 5º.- Pásese para conocimiento y cumplimiento a la Unidad
Operativa de Contrataciones de la DIRECCIÓN DE OBTENCIÓN DE LA ARMADA
Cumplido, incorpórese una copia autenticada de la presente Disposición
al legajo.
ARTÍCULO 6º.- Publíquese la presente disposición en la página web de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el Boletín Oficial de la
República Argentina por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ
(10) días de notificado.
ARTÍCULO 7º.- Cúmplase, archívese.- Luis Alberto Ovejas
e. 24/04/2020 N° 17769/20 v. 24/04/2020