SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1453/2019
RESOL-2019-1453-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2019
VISTOel Expediente Nº 1.794.498/18 del Registro del Entonces MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 19/22 del expediente
de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS
Y EMPLEADOS BOTONEROS por la parte gremial y las empresas BOTONERA
MALAVER SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, BOTONERA LIBERTAD DE
BATTISTA ALFREDO y BATTISTA FELIX NORBERTO SOCIEDAD DE HECHO Y W.
MORRIS SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de
dicho Acuerdo, las partes han convenido nuevas escalas salariales, a
ser aplicada a los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de
Trabajo N° 135/90, cuya vigencia opera a partir del día 1° de mayo de
2018 y demás consideraciones a las cuales se remite.
Que el
ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con el alcance
de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que
las partes acreditan la representación que invocan con la documentación
agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el
pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los
antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto
administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a
la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual
surge el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley
Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades
del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las
atribuciones otorgadas por el DECTO-35-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO
1º.- Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 19/22 del
Expediente Nº 1.794.498/18, celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS Y
EMPLEADOS BOTONEROS, por la parte sindical y las empresas BOTONERA
MALAVER SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, BOTONERA LIBERTAD DE
BATTISTA ALFREDO y BATTISTA FELIX NORBERTO SOCIEDAD DE HECHO Y W.
MORRIS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º.-
Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección
General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental.
Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo a los fines del registro del Acuerdo obrante a fojas a fojas
19/22 del Expediente Nº 1.794.498/18.
ARTICULO 3º.- Notifíquese
a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia
de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope
indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en
el supuesto de que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe
la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta
Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del
artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/04/2020 N° 17253/20 v. 24/04/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)