SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1580/2019
RESOL-2019-1580-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2019
VISTOel EX-2018-65641095-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que obra
agregado a autos el Acuerdo suscripto en fecha 08 de noviembre de
2.018, glosado en las paginas 15/22 del IF -2018-65681503- APN-DGDMT#
MPYT, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 3/89
“E”, entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a
través del referido Acuerdo las partes pactan incrementos salariales
para los trabajadores de la empleadora comprendidos en el citado
Convenio Colectivo de Trabajo, con vigencia desde el 01 de octubre de
2.018, hasta el 31 de diciembre de 2.018, conforme los detalles allí
impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado el
contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y
facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a
los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado
instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre la
actividad de la empleadora, y los ámbitos de la entidad sindical de
marras emergentes de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el
pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los
antecedentes mencionados.
Que por último, corresponde que una
vez dictado el presente acto de homologación, se remitan estas
actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a
fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo de la Base
Promedio de Remuneraciones y Topes indemnizatorios, conforme lo
previsto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias
Que las facultades del suscripto para resolver en
las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Declárase homologado el Acuerdo suscripto en fecha 8 de noviembre
de 2018, glosado en las paginas 15/22 del IF
-2018-65681503-APN-DGDMT#MPYT, celebrado entre el SINDICATO DE
MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA,
y la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto
en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la
Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de
Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a
fin del registro del instrumento celebrado en fecha 08 de noviembre de
2.018, glosado en las paginas 15/22 del IF -2018-65681503- APN-DGDMT#
MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias.
Posteriormente, remítase las actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar
el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes
indemnizatorios, conforme lo previsto en el Artículo 245 de la Ley Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Por último, procédase a la
reserva conjuntamente con el legajo del Convenio Colectivo de Trabajo
N° 3/89 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que
este MINISTERIO DE PRODUCCION, Y TRABAJO, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/04/2020 N° 17282/20 v. 24/04/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)