MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICASDecisión Administrativa 635/2020DECAD-2020-635-APN-JGM - Estructura organizativa.Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-15738683-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098
del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 295 del 9 de marzo
de 2018 y sus modificatorias, 300 del 12 de marzo de 2018, 306 del 13
de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N°
7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N°
22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se
creó, entre otros, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que por el
Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
correspondiente al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
Objetivos.
Que por las Decisiones Administrativas Nros. 295/18,
300/18 y 306/18 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y
segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del
entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, respectivamente.
Que en función de las
competencias asignadas a las distintas Jurisdicciones por el Decreto Nº
7/19, los Objetivos aprobados para las Secretarías y Subsecretarías en
el Decreto Nº 50/19 y lo establecido en su artículo 5º, diversas
unidades organizativas de las Jurisdicciones citadas en el considerando
precedente fueron transferidas al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que,
en consecuencia, resulta necesario reordenar las estructuras de primer
y segundo nivel operativo de los Ministerios que componen la
Administración Pública Nacional centralizada y dotar al MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS de una estructura organizativa que le permita llevar
adelante las políticas de obras públicas y obras hídricas nacionales, e
incorporar, homologar y derogar diversos cargos en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08.
Que han tomado la intervención de su
competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16 inciso
31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones que, como ANEXOS Ia, Ib, Ic, Id
(IF-2020-26256915-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2020-26259225-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO
2º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo
del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de conformidad con el Organigrama y
las Acciones que, como ANEXOS IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe
(IF-2020-26261108-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2020-26265420-APN-DNDO#JGM),
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO
3º.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA
(IF-2020-26266754-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte
integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 4º.-
Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas
por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas
estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la
presente decisión administrativa, las que transitoriamente mantendrán
las acciones y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados
de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 5º.-
Facúltase al/a la Titular del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS a modificar
la estructura aprobada por el artículo 2º de la presente decisión
administrativa, sin que ello implique incremento de las unidades
organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas
presupuestarias, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO
ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO
6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será
atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 64 – MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés
Cafiero - Gabriel Nicolás Katopodis
NOTA: El/los Anexo/s que
integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web
del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/04/2020 N° 18045/20 v. 28/04/2020