ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
Resolución 28/2020
RESOL-2020-28-APN-EMCO#MD
Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2020
VISTO el expediente electrónico Nro EX-2020-17442814-APN-DAF#EMCO, las
Leyes Nro(s) 19.549, 24.156 y 27.541; lo normado por los Decretos Nros.
1023/2001, 1030/2016, 260/2020, lo prescripto por el Manual de
Procedimiento y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
dictados por la Oficina Nacional de Contrataciones, la Disposición ONC
Nro 65 – E/2016 “MANUAL DE PROCEDIMIENTO COMPR.AR”, el Dictamen
Jurídico pertinente y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante ME-2020-15090855-APN-CSBFFA#MD – 07Mar20 –, la
Coordinación de Salud y Bienestar de las Fuerzas Armadas informa del
requerimiento realizado por parte del Ministerio de Defensa al
Laboratorio Farmacéutico Conjunto para la elaboración de “Repelente de
Insectos a base de 20%”, “Repelente de Insectos a base de 7%” y
“Alcohol al 70% tipo gel”; con la correspondiente transferencia de
crédito presupuestaria al Programa 18 Salud del EMCO; siendo los
mencionados productos destinados a afrontar la eventual “Emergencia
Sanitaria” producida por la propagación de las infecciones como el
DENGUE y el CORONAVIRUS (Covid-19); solicitando la adquisición de los
mencionados elementos bajo la modalidad de “Necesidad de Urgencia”.
Que mediante la Solicitud de Contratación Nro 72-18-SCO19, Nro
72-20-SCO19 y Nro 72-21-SCO19 – DIRECCION DE SANIDAD CONJUNTA DEL
EMCFFAA – se solicitó la necesidad de la “ADQUISICIÓN DE ÚTILES,
DESCARTABLES Y MATERIA PRIMA PARA PRODUCCIÓN MEDICAMENTOS POR
EMERGENCIA SANITARIA”.
Que los efectos requeridos se encuentran catalogados de conformidad a
lo establecido en la Decisión Administrativa N° 344 del 11 de junio de
1997.
Que, según lo establecido en DECNU-2020-260-APN-PTE (ampliado por
DECNU-2020-287-APN-PTE) se decretó la EMERGENCIA SANITARIA, en virtud
de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNIDAL DE LA SALUD (OMS)
en relación al coronavirus COVID-19
Que por DI-2020-17-APN-DAF#EMCO, el Director Administrativo Financiero
del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas autorizó la
convocatoria del presente proceso de selección mediante el
procedimiento de Contratación Directa por compulsa Abreviada por
Emergencia de acuerdo a lo prescripto del artículo 25, apartado 5 del
inciso d) del Decreto Nro 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus
modificaciones y el artículo 19 del anexo I al Decreto 1030/2016
Procedimiento por Emergencia.
Que mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR” se
realizo la invitación a cotizar a las firmas: DISTRIBUIDORA PRODUME SRL
CUIT 33-64977012-9, DROGUERIA LIBERTAD CUIT 30-60937302-0, ENPA ENVASES
PLASTICOS ATERMICO SAICIFA CUIT Nro 30-50533477-5.
Que, con fecha 26 de marzo de 2020, se efectuó el acto de apertura
mediante la Plataforma COMPR.AR (Orden Nro 0031 del EE), presentándose
la firma comercial:
1. ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA CUIT Nro 30-50533477-5.
Que se conformó el Cuadro Comparativo de Ofertas, de acuerdo al artículo 26 del MANUAL DE PROCEDIMIENTO.
Que, al momento de la evaluación de ofertas, se ha verificado si el
oferente posee incumplimientos tributarios y/o previsionales, de
acuerdo a lo establecido en la Resolución General AFIP 4164 E/2017,
como así también la Inscripción en el SIPRO de acuerdo al Decreto Nro
356/19 y Comunicación General ONC Nro 127/19. Asimismo, se ha
verificado la situación del pre-adjudicatario en el Registro Público de
Empleadores con Sanciones Laborales – REPSAL.
(IF-2020-18994634-APN-DAF#EMCO).
Que, con fecha 26 de marzo de 2019, se solicitó mediante –
ME-2020-18996700-APN-DAF#EMCO – a la DIRECCIÓN DE SANIDAD CONJUNTA
realizar un estudio y evaluación técnica de la oferta presentada de la
única oferta ENPA ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA, CUIT Nro
30505334775.
Que, igualmente, se solicito se analice la razonabilidad de la oferta
recibida y de corresponder se rectifique o ratifique el valor estimado
en la Solicitud de Contratación a efectos de determinar su conveniencia
o inconveniencia de acuerdo a la cuadro adjunto según Orden Nro 37 del
EE, atento los renglones superan los valores estimados en su Solicitud
Contratación Nro 72-18- SCO20.
Que, mediante ME-2020-19025994-APN-DSC#EMCO se incorporó el Informe
Técnico de la oferta presentada, concluyendo que los renglones Nro(s)
1, 11 y 12 “Cumplen” con lo requerido.
Que, conforme ME-2020-19177599-APN-DSC#EMCO se adjuntó el Informe sobre
la razonabilidad y la conveniencia de la oferta en relación a los
valores estimados en la Solicitud Contratación Nro 72-18- SCO20.
Que se emitió el Informe de Evaluación de Oferta, recomendando
Adjudicar los renglones Nro(s) 1, 11 y 12 a la oferta de la firma ENPA
ENVASES PLASTICOS ATERMICO SAICIFA CUIT Nro 30-50533477-5, por resultar
su oferta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido, cumplir con
la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y su precio resultar conveniente para el intereses del
organismo.
Qué, según lo estipulado en el artículo 75 del Anexo al Decreto Nro
1030/2016, previo a la emisión de la orden de compra se procederá a
verificar la disponibilidad de crédito y cuota presupuestaria.
Que la Asesoría Jurídica de este Estado Mayor Conjunto ha tomado la
intervención que le compete según Dictamen Jurídico Nro
IF-2020-22507250-APN-AJ#EMCO.
Que el suscripto se halla facultado para el dictado de la presente
medida de conformidad con lo dispuesto por el ANEXO al artículo 9° del
Decreto Nro 1030/2016.
Por ello,
EL JEFE DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar todo lo actuado en el procedimiento de selección
que bajo la modalidad de Contratación Directa por Emergencia, tramitada
bajo el Proceso Nro 72-0006-CDI20, para la “ADQUISICIÓN DE ÚTILES,
DESCARTABLES Y MATERIA PRIMA PARA PRODUCCIÓN MEDICAMENTOS POR
EMERGENCIA SANITARIA”.
ARTÍCULO 2°.- Declarar Desiertos los renglones Nro(s) 02, 03, 04, 05,
06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 , 21, 22 y 23, en
razón de no haberse recibido ninguna oferta.
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar a la firma comercial ENPA ENVASES PLASTICOS
ATERMICO SAICIFA (CUIT Nro 30-50533477-5), los renglones Nro(s) 01, 11
y 12, por un total de pesos UN MILLÓN DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CON
00/100 ($ 1.017.300,00), IVA incluido, por resultar su oferta
admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido, cumplir con la
documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
y su precio resultar el más conveniente para el intereses del organismo.
ARTÍCULO 4°.- Plazo de entrega de los efectos: 15 (QUINCE) Días
corridos a partir de Perfeccionamiento del documento Contractual.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que se aprueba en el artículo 1º deberá
imputarse a los créditos vigentes 2020 asignados a la jurisdicción 45 –
Ministerio de Defensa, Subjurisdicción24 - Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas, Inciso 2 - “Bienes de Consumo” conforme al
devengamiento de las órdenes de compras.
ARTÍCULO 6°.- El derecho recursivo, en caso de presentar disconformidad
con el acto administrativo que se comunica, se ajustará a lo normado en
los artículos 15, 73, 75, 77, 84, 85 y cc. del Decreto Nro 1759 (t.o.
2017), en orden al Procedimiento Administrativo previsto por la Ley Nro
19.549.
ARTÍCULO 7°.- Publíquese, comuníquese, difúndase en el Sistema
Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional – COMPR.AR
– y en el Boletín Oficial de la Nación. Juan Martin Paleo
e. 28/04/2020 N° 17963/20 v. 28/04/2020