SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1547/2019
RESOL-2019-1547-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2019
VISTO el EX-2018-56541159- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO
DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o.
2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N°
25.877, y
CONSIDERANDO:
Que la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ ARGENTINA, por
el sector sindical, y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA, celebran un acuerdo obrante en el orden N° 2, paginas 3/5 y 7
del IF–2018-56555835-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2018-56541159-
-APN-DGDMT#MPYT.
Que en dicho texto las partes convienen un esquema de suspensiones para
los trabajadores del “Area de Buses”, conforme los términos e
indicaciones allí establecidas.
Que en la página 7 del IF–2018-56555835-APN-DGDMT#MPYTdel Expediente de
referencia obra la nómina del personal afectado y esquema de
suspensiones propuesto.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la Ley 24.013 y el
Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento
de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal,
atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo
bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia
del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que sin perjuicio de la homologación del mencionado como acuerdo marco
de carácter colectivo, y no obstante el derecho individual del personal
afectado, corresponde hacer saber a las partes que en referencia a lo
pactado rige lo dispuesto en los artículos 218/223 bis de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976).
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de
las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15
de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su
conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad
Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO – 2019 –
35 – APN – PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ ARGENTINA, por la
parte sindical, y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓINIMA,
por la parte empleadora, obrante en el orden N° 2, paginas 3/5 y 7 del
IF–2018-56555835-APN-DGDMT#MPYT, del EX – 2018-56541159-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en el orden N° 2, paginas 3/5 y 7 del
IF–2018-56555835-APN-DGDMT#MPYT, del EX – 2018-56541159-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250
(t.o.2004).
ARTICULO 5°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/04/2020 N° 17671/20 v. 30/04/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)