MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 12/2020

DI-2020-12-APN-SSGA#MAD

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2020

VISTO el Expediente EX-2020-24047604- -APN-DCCPYS#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020 y sus modificatorias y las Disposiciones N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 y N° 53 de fecha 8 de abril de 2020, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020 que tiene por objeto la adquisición de equipamiento informático para el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE a fines de ser destinado al trabajo remoto con carácter urgente.

Que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a PESOS DOS MILLONES OCHENTA MIL ($ 2.080.000).

Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE formuló el requerimiento para la contratación de equipos portátiles tipo notebooks a efectos de destinar los mismos a agentes del organismo a fin de que pueden desarrollar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE estimó que la cantidad de equipos necesarios para cubrir esta necesidad se corresponde con una proporción del CINCO (5) por ciento de personal total del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, que no cuenta con equipos para realizar labores desde sus hogares y deben desempeñar tareas esenciales para el funcionamiento del Organismo, atento a las circunstancias actuales que son de público y notorio conocimiento.

Que, asimismo, se señala que esta adquisición resulta imperiosa en razón del dictado de las medidas tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 13 de marzo de 2020 de Emergencia Sanitaria por la pandemia decretada por el COVID-19) y la normativa dictada en consecuencia, mediante la cual se implementan mecanismos de trabajo remoto, a fin de que los agentes del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE puedan continuar adelante con las tareas laborales desde sus hogares.

Que a mayor abundamiento, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, a fin de preservar la salud pública, se determinó el aislamiento social preventivo obligatorio por el cual las personas deben permanecer en sus residencias habituales, por lo que la instancia de trabajo a distancia deviene ineludible.

Que, el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE debe garantizar la continuidad de las tareas que son inherentes a sus misiones y funciones, al tiempo de preservar la salud de sus agentes, por lo que debe arbitrar los medios para que el trabajo remoto sea cumplido de manera eficaz.

Que, asimismo, la forma intempestiva en la que se han desarrollado los acontecimientos en relación a la expansión de la pandemia, ha impedido prever otros medios de contratación.

Que, por lo expuesto, la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS ha elaborado las especificaciones técnicas correspondientes a los efectos de llevar adelante la contratación de emergencia, en el marco de la normativa citada en el Visto.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS ha elaborado el proyecto de invitación con las bases que rigen la contratación. Que esta SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha autorizado llevar adelante el presente proceso.

Que, asimismo, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ha tomado conocimiento e intervención del proceso, realizando recomendaciones a sus efectos.

Que, se han cursado las invitaciones a VEINTICINCO (25) proveedores del rubro, debidamente inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Pública Nacional (plataforma COMPR.AR), conforme surge de las constancias vinculadas, para lo cual se han consultado procesos de similar objeto durante los últimos DOCE (12) meses publicados por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a efectos de proceder a invitar a proveedores del rubro.

Que con fecha 21 de abril de 2020 se llevó a adelante la apertura de las ofertas recibidas, constatándose la presentación de DOS (2) oferentes: (1) DATAWISE S.A. (CUIT N° 30-71159129-6) y (2) ACCSYS S.A. (CUIT N° 33-70927187-9). Que las ofertas recibidas han sido debidamente incorporadas al Expediente Electrónico, lo que ha sido constatado por la DIRECTORA DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS y la Titular de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, suscribiendo el acta correspondiente.

Que la DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, ha verificado que ambas ofertas cumplen técnicamente con lo requerido.

Que, asimismo, se ha verificado que las mismas cumplen con los aspectos formales solicitados y carecen de sanciones ante la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que, del análisis económico efectuado surge que la oferta de la firma (1) DATAWISE S.A. (CUIT N° 30- 71159129-6) representa un CERO COMA DIECISIETE POR CIENTO (0,17 %) menor al presupuesto estimado, mientras que la oferta de la firma (2) ACCSYS S.A. (CUIT N° 33-70927187-9) representa un TREINTA Y CUATRO COMA SESENTA Y CUATRO POR CIENTO (34,64 %) superior al presupuesto estimado.

Que en virtud de lo expuesto, la DIRECTORA DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS ha emitido un informe en el cual recomienda adjudicar los Renglones N° 1, 2 y 3 de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020 a la firma (1) DATAWISE S.A. (CUIT N° 30-71159129-6) por un monto total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 778.680) por ser su oferta económicamente conveniente y ajustarse técnicamente con lo solicitado y desestimar la oferta de la firma (2) ACCSYS S.A. (CUIT N° 33-70927187-9) por ser económicamente inconveniente al superar en un TREINTA Y CUATRO COMA SESENTA Y CUATRO POR CIENTO (34,64 %) el presupuesto estimado y declarar fracasados los renglones 4, 5, 6, 7 y 8 de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020 por no haber ofertas admisibles, económicamente convenientes y que cumplan con lo solicitado.

Que la totalidad de las actuaciones se han vinculado al presente Expediente Electrónico citado en el Visto.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA ha verificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la presente contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención que le compete.

Que la competencia para el dictado de la presente medida surge del Anexo I del artículo 9° del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/2016, considerando los montos fijados para los procedimientos de compulsa abreviada y adjudicación simple y el Anexo al artículo 35, inciso b) del reglamento aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus normas modificatorias y complementaria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la elección del procedimiento y la convocatoria realizada para la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020, que tiene por objeto la adquisición de equipamiento informático para el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase lo actuado en la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicanse los Renglones N° 1, 2 y 3 de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020 a la firma (1) DATAWISE S.A. (CUIT N° 30-71159129-6) por un monto total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 778.680) por ser su oferta económicamente conveniente y ajustarse técnicamente a lo solicitado.

ARTÍCULO 4°.- Desestímase la oferta de la firma (2) ACCSYS S.A. (CUIT N° 33-70927187-9) por ser económicamente inconveniente al superar en un TREINTA Y CUATRO COMA SESENTA Y CUATRO POR CIENTO (34,64 %) el presupuesto estimado.

ARTÍCULO 5°.- Decláranse fracasados los renglones 4, 5, 6, 7 y 8 de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 2/2020 por no haber ofertas admisibles, económicamente convenientes y que cumplan con lo solicitado.

ARTÍCULO 6°.- Autorizase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida deberá ser imputado a los créditos otorgados en el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2020.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lautaro Eduardo Erratchu

e. 01/05/2020 N° 18399/20 v. 01/05/2020