MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEOResolución 143/2020RESOL-2020-143-APN-SE#MTCiudad de Buenos Aires, 29/04/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-28460933- -APN-DGDMT#MPYT, la Ley de Empleo N°
24.013 y sus modificatorias, la Ley de Presupuesto Nacional Año 2019 N°
27.467 (prorrogada por el Decreto N° 4 del 2 de enero 2020), el Decreto
N° 50 del 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 1 del
10 de enero de 2020 y modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858 del 25 de agosto de 2014, la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726 del 26 de junio de 2015 y
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858 del 25 agosto
de 2014, se creó el PROGRAMA INTERCOSECHA que tiene por objeto asistir
en todo el territorio nacional a las trabajadoras y los trabajadores
temporarios del sector agrario y agroindustrial que se encuentren
inactivos durante el periodo entre cosechas del o de los cultivos en
los que se ocupan, promoviendo la mejora de sus condiciones de
empleabilidad y de inserción laboral.
Que por la Resolución de
la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726 del 26 de junio de 2015 y
modificatorias, se reglamentó el PROGRAMA INTERCOSECHA.
Que el
PROGRAMA INTERCOSECHA prevé, entre sus prestaciones, la asignación de
una ayuda económica no remunerativa mensual a las trabajadoras y los
trabajadores destinatarios durante el receso estacional de su actividad
laboral.
Que resulta pertinente actualizar el monto correspondiente a la ayuda económica otorgada por el PROGRAMA INTERCOSECHA.
Que
a tal efecto, deviene necesario modificar el artículo 10 de la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726/2015, fijando en PESOS
CINCO MIL ($5.000) el valor de la ayuda económica mensual prevista por
el PROGRAMA INTERCOSECHA, para su aplicación a acciones que inicien a
partir del mes de mayo de 2020.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida
se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N°
50/2019 y por el artículo 11 de la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 858/2014.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Sustitúyese el texto del artículo 10 de la Resolución de la
SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1726 del 26 de junio de 2015 y modificatorias,
por el siguiente:
“ARTÍCULO 10.- Las trabajadoras y los
trabajadores que ingresen al PROGRAMA INTERCOSECHA percibirán, a mes
vencido, una ayuda económica no remunerativa mensual de PESOS CINCO MIL
($5.000).”
ARTÍCULO 2.- La modificación dispuesta en la presente
Resolución se aplicará a acciones nuevas que inicien en el marco del
PROGRAMA INTERCOSECHA desde el mes mayo de 2020, inclusive, en adelante.
ARTÍCULO
3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. Leonardo Julio Di Pietro Paolo
e. 04/05/2020 N° 18388/20 v. 04/05/2020