MINISTERIO DE DEFENSA
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA
Disposición 32/2020
DI-2020-32-APN-SSPOYSLD#MD
Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2020
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-19036163-APN-DPLC#MD del
Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y la Emergencia Decretada mediante
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12 de marzo de 2020
(DECNU-2020-260-APN-PTE), modificada por el Decreto 287 del 17 de marzo
de 2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), y Decisión Administrativa 409 del 18
de marzo de 2020 (DECAD-2020-409-APN-JGM), reglamentada por Disposición
Nº 48 del 19 de marzo de 2020 (DI-2020-48-APN-ONC#JGM), complementadas
por Comunicación General ONC Nº 6/2020 del 30 de marzo de 2020
(NO-2020-19592807-APN-ONC#JGM) y lo ordenado por Resolución Nº 88 del
13 de marzo de 2020 (RESOL-2020-88-APN-MD), y
CONSIDERANDO:
Que ante la necesidad imperiosa de contar con la Adquisición de Alcohol
en Gel a Granel para fraccionamiento y distribución urgente al Sistema
de Salud Militar y la población en el marco de la Emergencia
establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12
de marzo de 2020, la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO DE COMPRAS de la
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA
DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, elevó mediante documento
IF-2020-19062600-APN-DPLC#MD que obra en orden 3, el requerimiento Nº
MD-COVID-19 002, para la “ADQUISICIÓN DE ALCOHOL EN GEL A GRANEL”, a
fin que se proceda a gestionar una Contratación Directa “Por
Emergencia”, en los términos establecidos en la Decisión Administrativa
409/2020, reglamentada por Disposición Nº 48/2020.
Que la presente adquisición se justifica en un contexto de emergencia
sanitaria como el que asola a nuestro país ante un escenario de
emergencia donde la salud y la vida de integrantes de las Fuerza
Armadas y la población en general están en riesgo, no debiendo
soslayarse que el requerimiento que da origen a este proceso fue
generado por el Comité de Emergencia creado al efecto en cumplimiento a
lo estipulado en la Resolución Ministerial RESOL-2020-88-APN-MD.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida y la salud de
la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de establecer
procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia
que habiliten a todas las áreas comprometidas en dar respuestas
integrales, a utilizar herramientas que otorguen celeridad y eficacia a
la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la
transparencia que debe primar en todo el obrar público.
Que se dio cumplimiento a lo determinado en el artículo 3 inciso c) del
ANEXO de la Disposición Nº 48/2020, requerimiento a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) con carácter de prioritario, mediante el
Sistema de Precios Testigo Web de SIGEN de precios testigo o valores de
referencia de los bienes a adquirir, según consta en documento
IF-2020-18835387-APN-DGAD#MD, obrante en orden 36 del EE, el cual
presenta una vigencia de 60 días desde su emisión.
Que se dio cumplimiento a lo determinado en el artículo 3 incisos b) y
d) del ANEXO de la Disposición Nº 48/2020, cursándose las invitaciones
a las firmas comerciales: BALPHIN MEDICALS S.A., CAROLS S.A.,
DISTRIBUIDORA PRODIME S.A.L., GRUPO MAULE S.A., FRADEALCO S.A., GRUPO
SIGNA S.R.L., QUIMICA CÓRDOBA S.A., SUMINISTROS WHITE S.A., NUEVA
COSMETICA S.R.L. y THAUSEN, según consta en los órdenes 17 al 26 del EE.
Que el día 31 de marzo de 2020 a 1115 horas, se procedió a la apertura
de ofertas recibidas mediante correo electrónico, contando con la
presencia de personal de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA (UAI) en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° inciso f) de la
Disposición Nº 48/2020, habiéndose presentado la firma: FRADEALCO S.A.
por un importe total de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS
MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 6.872.800,00), según consta en Acta de
Apertura, obrante en orden 27 del EE.
Que mediante nota NO-2020-22719405-APN-DGAPL#MD de fecha 2 de abril de
2020 y reiterado por nota NO-2020-24592566-APN-DGAD#MD de fecha 7 de
abril de 2020, se solicitó la intervención del organismo requirente, a
efectos de realizar un Informe Técnico de la oferta presentada.
Que la DIRECCIÓN DE SANIDAD CONJUNTA DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS
FUERZAS ARMADAS, mediante documento ME-2020-24607069-APN-DSC#EMCO de
fecha 7 de abril de 2020, que consta en orden 34 del EE, asesoró que la
oferta presentada por el oferente FRADEALCO S.A., cumple las exigencias
del LABORATORIO FARMACÉUTICO CONJUNTO para el renglón N° 1.
Que según consta en documento IF-2020-25023739-APN-DGAD#MD, obrante en
orden 35 del EE, la UOC 340/01 requirió al oferente efectúe una
aclaración de la oferta presentada en cuanto a la constitución de la
misma y la opción de pago, cuya respuesta consta en el mencionado
documento.
Que de acuerdo a lo establecido en el inciso h) del artículo 3° de la
Disposición Nº 48/2020, el Responsable de la UNIDAD OPERATIVA DE
CONTRATACIONES N° 340/01 (“A Cargo”), atendiendo el contexto de
Emergencia Sanitaria que se encuentra inmerso el país y el Instrumento
Militar de la Nación recomienda por documento
ACTA-2020-25068854-APN-DGAD#MD, obrante en orden 37 del EE, adjudicar a
la firma FRADEALCO S.A – CUIT 30-60260879-06, el renglón Nº 1 por un
importe de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 6.872.800,00), por ser única oferta y
ajustarse técnicamente y administrativamente a lo requerido en el
Sírvase Cotizar y considerar en el momento del pago el descuento por
opción de pago anticipado.
Que la Comisión de Recepción de Bienes y Servicios quedará conformada
por los miembros titulares y suplentes que se detallan a continuación,
dando cumplimiento a lo establecido por la Disposición Nº 48/20 ONC en
el punto 3) Procedimiento, Acápite i) párrafo segundo – Titulares:
CORONEL BIOQUÍMICA DORA DEL TRÁNSITO SANCHEZ (D.N.I. Nº 10.708.780),
TENIENTE CORONEL FARMACEUTICO ARIEL NUÑEZ AVENDAÑO (D.N.I. Nº
18.114.291) y CAPITAN DE CORBETA BIOQUIMICO WALTER JAVIER BADARACCO
(D.N.I. Nº 21.645.918); Suplentes: MAYOR ENFERMERA SILVANA PERALTA
(D.N.I. Nº 23.342.344), TENIENTE DE FRAGATA ENFERMERO ARIEL CLARIA
(D.N.I. Nº 26.745.823) y SUBOFICIAL PRINCIPAL ENFERMERO JUAN JOSE
ENRIQUEZ (D.N.I. Nº 22.508.663).
Que para el presente procedimiento, el Servicio Jurídico Permanente del
MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta se halla facultada para el dictado de la presente
medida de conformidad con lo dispuesto en el Anexo al artículo 9º del
“RRCAN” y artículo 5° de la Disposición Nº 48/2020.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase todo lo actuado en el procedimiento de
selección que bajo la modalidad de Contratación por “Emergencia”,
tramitada bajo el número COVID 19 Nº 007/2020, cuyo objeto consiste en
la “ADQUISICION DE ALCOHOL EN GEL A GRANEL”, ello de conformidad en las
bases y condiciones insertas en él Sírvase Cotizar que rigieron para el
llamado.
ARTÍCULO 2º.- Adjudíquese a la firma FRADEALCO S.A – CUIT
30-60260879-06, el renglón Nº 1, por un importe de PESOS SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 6.872.800,00)
con opción de pago anticipado obteniéndose un descuento del CINCO POR
CIENTO (5%), siendo el importe total que se aprueba de PESOS SEIS
MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SESENTA ($ 6.529.160,00).
ARTÍCULO 3°.- Dése intervención a la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES
N° 340/01 de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO
LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, a fin de efectuar la
notificación correspondiente al adjudicatario, y al Organismo
Responsable, a fin que tomen conocimiento de lo actuado, debiendo
realizar las afectaciones presupuestarias definitivas.
ARTÍCULO 4°.- La Comisión de Recepción del presente Acto Contractual
estará integrada por los miembros titulares y suplentes mencionados en
los considerandos precedentes, dando cumplimiento a la Disposición Nº
48/20 ONC, punto 3) Procedimiento, Acápite i) párrafo segundo. Los
miembros suplentes actuarán únicamente ante la ausencia del titular
designado.
ARTÍCULO 5º.- Envíese la presente medida para su difusión en el portal
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN OFICIAL por el
término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el
presente, según lo establecido en la Disposición ONC Nº 48/2020 y su
correspondiente Anexo.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que se aprueba en el artículo 2° de la presente,
deberá imputarse a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lucia del Carmen Kersul
e. 07/05/2020 N° 18865/20 v. 07/05/2020