ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4712/2020
RESOG-2020-4712-E-AFIP-AFIP -
Seguridad Social. Aportes y contribuciones con destino a la seguridad
social. Prórroga de vencimiento período devengado abril de 2020.
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2020
VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-00265639- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y
CONSIDERANDO
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 332 del 1° de abril de 2020 y
sus modificatorios, creó el Programa de Asistencia de Emergencia al
Trabajo y la Producción, estableciendo distintos beneficios a efectos
de atenuar el impacto negativo de la disminución de la actividad
productiva como consecuencia del “aislamiento social, preventivo y
obligatorio” dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, entre ellos, la
postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones
patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino de los
empleadores que desarrollan actividades económicamente afectadas y la
reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de las
contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino
devengadas en el mes de abril de 2020.
Que mediante la Resolución General Nº 4.711 de fecha 8 de mayo de 2020,
se estableció el procedimiento que deben seguir los empleadores que
resulten alcanzados por dicho beneficio, como así también el programa
aplicativo que deberán utilizar a tal efecto.
Que para una adecuada instrumentación y compatibilización de las
medidas dispuestas, se estima conveniente prorrogar el vencimiento para
la presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de
aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social del período
devengado abril de 2020.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar el vencimiento general de presentación y pago
de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con
destino a la seguridad social correspondiente al período devengado
abril de 2020, conforme el siguiente cronograma:
Sin perjuicio de lo expuesto, aquellos contribuyentes que resulten
alcanzados por el beneficio de postergación previsto en el artículo 4°
de la Resolución General Nº 4.711, deberán ingresar el pago de las
contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino,
según la forma y el vencimiento fijados en dicha resolución general.
ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes
Marco del Pont
e. 11/05/2020 N° 19291/20 v. 11/05/2020