ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL MENDOZA
Disposición 25/2020
DI-2020-25-E-AFIP-DIRMEN#SDGOPII
1A. Sección, Mendoza, 05/05/2020
VISTO las constancias del llamado a Contratación Directa, tramitado
bajo Expediente EX-2020-00233081- -AFIP-SGCFDIRMEN#SDGOPII, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 23 de abril de 2020 se autorizó el llamado a Contratación
Directa N° 01/20, encuadre según Instrucción General
2020-1-E-AFIP-SDGADF del Procedimiento de Contratación y en el marco de
la Emergencia Sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/20 en su
Artículo 15, por la provisión y colocación de divisiones de vidrio para
los puestos de atención al público en el edificio de la Sede Dirección
Regional Mendoza, Renglón N°1 ( 20 unidades), edificio de Agencia Sede
N° 2 Mendoza,Renglón N°2 (14 unidades), edificio del Distrito San
Martín, Renglón N°3 (6 unidades) y edificio Distrito San Rafael,
Renglón N°4 (15 unidades) (F1236E
DI-2020-00234581-AFIPDADMDIRMEN#SDGOPII).
Que se solicitaron presupuestos por medio de correo electrónico a los
posibles oferentes, indicando como fecha límite para recepción de las
propuestas, el día 23 de abril hasta las DOCE (12:00) horas.
Que el día 23 de abril de 2020 a las DOCE (12:00) horas, se recibieron
las ofertas electrónicas en la División Administrativa, las que fueron
enviadas por el mismo medio, al Director Regional (Int.) de la
Dirección Regional Mendoza, para su apertura.
Que al llamado de la Contratación Directa se presentó el Sr. Fabián
Marcelo ARANDA, CUIT N° 20-18055363-1, quien cotizó importe total de
PESOS SESENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA ($ 61.170), solo por el Renglón
N°4, no cotizando los renglones Nros. 1, 2 y 3; el Sr. Hugo Heber
CABRERA, CUIT N° 20-25103207-7, quien cotizó un importe total de PESOS
CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO ($ 187.174),
correspondiendo al Renglón N°1, un importe total de PESOS NOVENTA Y
CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTE ($ 94.220), para el Renglón N°2, un
importe total de PESOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO ($ 65.954), para el Renglón N°3, un importe total de PESOS
VEINTISIETE MIL ($ 27.000), no cotizando el Renglón N°4; el oferente MG
VIDRIOS S.R.L., CUIT N° 30-71121146-9, cotizó un importe total de PESOS
CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 46.875), solo por el
Renglón N° 4, no cotizando los renglones Nros. 1, 2 y 3; el Sr. Alberto
Oscar BADUI, CUIT N° 23-13328133-9, cotizó un importe total de PESOS
TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 30/100 ($
367.729,30), correspondiendo al Renglón N°1 un importe total de PESOS
CIENTO TREINTA MIL TREINTA Y CUATRO CON 60/100 ($ 130.034,60), para el
Renglón N°2, un importe total de PESOS NOVENTA MIL VEINTICUATRO CON
22/100 ($ 90.024,22), para el Renglón N°3, un importe total de PESOS
CUARENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 38/100 ($ 40.870,38) y para el
Renglón N°4 un importe total de PESOS CIENTO CINCO MIL OCHOCIENTOS CON
10/100 ($ 105.800,10); el oferente PISSIS SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT N°
30-70515590-5, cotizó un importe total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y
CUATRO MIL CUARENTA Y UNO CON 90/100 ($ 274.041,90), correspondiendo al
Renglón N°1 un importe total de PESOS NOVENTA MIL VEINTICUATRO ($
90.024); para el Renglón N°2, un importe total de PESOS SESENTA Y TRES
MIL DIECISÉIS CON 80/100 ($ 63.016,80); para el Renglón N°3, un importe
total de PESOS TREINTA Y UN MIL CON 20/100 ($ 31.000,20) y para el
Renglón N°4 un importe total de PESOS NOVENTA MIL CON 90/100 ($
90.000,90) y el Sr. Sergio Alberto DINNOCENZO, CUIT N° 20-27739394-9,
quien cotizó un importe total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 639.450), correspondiendo al Renglón N°1 un
importe total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTE ($
227.220); para el Renglón N°2, un importe total de PESOS CIENTO
CINCUENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y CUATRO ($ 159.054); para el Renglón
N°3, un importe total de PESOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y
SEIS ($ 71.766) y para el Renglón N°4 un importe total de PESOS CIENTO
OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($ 181.410).
Que el día 23 de abril de 2020 en el marco de la R.G. 4164 (AFIP) se
realizaron las consultas correspondientes de las empresas, las cuales
constan en IF-2020-00235556-AFIPSGCFDIRMEN#SDGOPII.
Que la División Administrativa (DI RMEN) procedió al análisis de la
ofertas presentadas, de acuerdo a los aspectos formales establecidos en
las especificaciones enviadas por correo electrónico y realizó el
análisis sobre la calidad y conveniencia económica de las ofertas,
IF-2020-00252605-AFIPDADMDIRMEN#SDGOPII, de donde se desprende el
siguiente orden de mérito: Renglón N° 1: 1) PISSI SOCIEDAD ANÓNIMA, 2)
Hugo Heber CABRERA, 3) Alberto Oscar BADUI y 4) Sergio Alberto
DINNOCENZO; Renglón N° 2: 1) PISSIS SOCIEDAD ANÓNIMA, 2) Hugo Heber
CABRERA, 3) Alberto Oscar BADUI y 4) Sergio Alberto DINNOCENZO; Renglón
N° 3: 1) Hugo Heber CABRERA, 2) PISSIS SOCIEDAD ANÓNIMA 3) Alberto
Oscar BADUI y 4) Sergio Alberto DINNOCENZO y Renglón N° 4: 1) MG
VIDRIOS S.R.L., 2) Fabián Marcelo ARANDA, 3) PISSIS SOCIEDAD ANÓNIMA,
4) Alberto Oscar BADUI y 5) Sergio Alberto DINNOCENZO.
Que el día 29 de abril de 2020 se solicitó a las empresas MG VIDRIOS
S.R.L. y PISSIS SOCIEDAD ANÓNIMA, por ser el primer órden de mérito
para los Renglones Noros. 1, 2 y 4, da rcumplimiento a la R.G. 4164
(AFIP), donde el oferente MG VIDRIOS S.R.L., manifiesta no poder dar
cumplimiento a lo indicado en RG 4164 (AFIP)
(IF-2020-00246589-AFIP-SGCFDIRMEN#SDGOPII) y la firma PISSIS SOCIEDAD
ANÓNIMA, no da respuesta a lo solicitado y no cumple en tiempo y forma
a lo requerido (IF-2020-00250431-AFIP-SGCFDIRMEN#SDGOPII).
Que el día 5 de mayo de 2020 obran las constancias respecto al
cumplimiento de la R.G. 4164 (AFIP) donde se observa que las firmas
PISSIS SOCIEDAD ANÓNIMA, indicada en el primer orden de mérito de los
Renglones Nros. 1 y 2 y MG VIDRIOS S.R.L., indicada en el primer orden
de mérito en el Renglón N°4, registran incumplimientos, y los oferentes
indicados como segundo órden de mérito los renglones Nros 1 y 2 Hugo
Heber Cabrera, y N° 4 Fabián Marcelo Aranda dan cumplimiento a los
exigido en la R.G. 4164 (AFIP)
(IF-2020-00253301-AFIP-SGCFDIRMEN#SDGOPII).
Que corresponde continuar con el proceso de adjudicación a los segundos orden de mérito para los renglones Nros. 1,2 y 4.
Que la necesidad de adquisición de los bienes es impostergable debido a
la urgencia sanitaria y con el fin de proporcionar mediades de
seguridad para los agentes de ésta Dirección Regional Mendoza, y
contando con los fondos presupuestarios para adjudicar el gasto que se
pretende asumir.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Disposición DI-2020-71-E-AFIP-AFIP,
EL DIRECTOR (INT.) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL MENDOZA DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE
ARTÍCULO 1°: Conformar lo actuado en el Expediente del rubro y aprobar
la Contratación Directa N° 01/20, encuadre según Instrucción General
2020-1-E-AFIP-SDGADF del Procedimiento de Contratación y en el marco de
la Emergencia Sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/20 en su
Artículo 15.
ARTÍCULO 2°: Adjudicar los Renglones Nros. 1, 2 y 3 al oferente Hugo
Heber CABRERA, CUIT N° 20-25103207-7, por un importe total de PESOS
CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO ($ 187.174) y el
Renglón N°4, al oferente Fabián Marcelo ARANDA CUIT N° 20-18055363-1,
por un importe total de PESOS SESENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA ($
61.170), en función de lo mencionado en los considerandos.
ARTÍCULO 3º: Los gastos de la presente Contratación, deberán ser
imputados a la Partida Presupuestaria 2.6.2. correspondiente al
presupuesto asignado a esta Dirección Regional.
ARTÍCULO 4°: Publíquese, notifíquese, regístrese y pase a División Administrativa para su intervención. Claudio Alberto Gil
e. 11/05/2020 N° 19161/20 v. 11/05/2020