EJÉRCITO ARGENTINO
DIRECCIÓN DE
ARSENALES
Resolución 44/2020
RESOL-2020-44-APN-DAR#EA
Boulogne Sur Mer, Buenos Aires, 20/04/2020
VISTO lo establecido en la Decisión Administrativa Nº
DECAD-2020-409-APN-JGM y el punto 3) h) del Anexo a la Disposición ONC
N°48/2020 - EX-2020-17989943- -APN-ONC#JGM (Procedimiento para las
contrataciones de Bienes y Servicios en el marco de la Emergencia
Publica en materia sanitaria - Pandemia COVID - 19), y el expediente
electrónico Nº EX-2020-25188703- -APN-DAR#EA correspondiente a la
DIRECCIÓN DE ARSENALES, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar una contratación por emergencia con el fin de
adquirir los elementos que originan el presente llamado “ADQUISICIÓN DE
BATERIAS PARA VEHICULOS DE DOTACION DE LA FUERZA – COVID 19”, en virtud
de la necesidad de contar con los mismos para afrontar la operación de
apoyo a la comunidad en emergencia sanitaria COVID-19.
Que el procedimiento a observar en la contratación se encuentra normado
en la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y la
Disposición Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM.
Que se incorporan al expediente el DENU 260/2020, la
DECAD-2020-409-APN-JGM, la DI-2020-48-APNONC#JGM y la DIR JEMGE Nro
01/DK/20 (IF-2020-25195668-APN-DAR#EA), que regularán el procedimiento.
Que se incorpora al expediente la asignación de crédito para la
operación de apoyo a la comunidad, mediante
NO-2020-21664503-APN-DGPPP#EA.
Que cuenta con la correspondiente Solicitud de Gasto Nº 1/2020,
confeccionada por el DEPARTAMENTO OBTENCION de la DIRECCIÓN DE
ARSENALES, por un importe de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA
MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 65/100 ($ 2.750.354,65).
Que mediante ME-2020-25063776-APN-DAR#EA se incorporó al expediente
solicitud de provisión, cuadro de costo estimado, informe de Costo
estimado, pedido de presupuesto, ET Dir Ars Nro 18/00/20, acta de
justificación y solicitud de gasto, confeccionado por el DEPARTAMENTO
OBTENCION de esta DIRECCIÓN.
Que con fecha 13 de abril de 2020, se cursaron las invitaciones a
Proveedores inscriptos en el Rubro objeto del llamado, cumplimentando
lo normado en la DI-2020-48-APN-ONC#JGM, incorporado al expediente
mediante IF-2020-25644413-APN-DAR#EA.
Que mediante ME-2020-26252387-APN-DAR#EA se incorporó al expediente la
NO-2020-6237540-APNDAR#EA del Departamento Mantenimiento que amplía el
acta de justificación de la presente contratación.
Que con fecha 16 de Abril de 2020, se realizó el Acto de Apertura de
ofertas, presentándose SEIS (6) Oferentes: AUTOBAT SACI CUIT
30-50496499-6, MAYO VIAL SA CUIT 30-71070371-6, PEPAN SA CUIT
30-70919239-2, DISTRIBUIDORA GANA SRL CUIT 30-70919239-2, AYUQUELEN SRL
CUIT 30-71356080-0 y FERNANDO BELLONI CUIT 30-71050499-3, incorporado
al expediente mediante IF-2020-26467545-APNUAI#MD e IF-2020- 26163408
-APNUAI#MD.
Que se incorpora el informe de recomendación emitido por la UOC,
mediante IF-2020-26576979-APN-DAR#EA.
Que la presente contratación cuenta con la disponibilidad de cuota para
afrontar el gasto, de acuerdo a lo detallado en
NO-2020-21664503-APN-DGPPP#EA.
Que el DEPARTAMENTO ASESORÍA JURÍDICA, ha tomado la intervención que le
compete, emitiendo Dictamen jurídico y controlando el Acto
Administrativo de Resolución de Adjudicación, informando que esa
instancia de Asesoramiento Jurídico no tiene observaciones que formular
respecto al proyecto de acto administrativo encontrándose en
condiciones para ser suscripto por parte del DIRECTOR DE ARSENALES,
incorporado al expediente en IF-2020-26679028-APN-DAR#EA.
Que el suscripto, posee las facultades suficientes para dictar el
presente acto administrativo conforme lo previsto por el Artículo 11,
Inciso a) y b) del Decreto 1023/2001 y lo establecido en la Resolución
del JEFE DE ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO Nº 2595/16 del 12 de
agosto de 2016.( De acuerdo a lo establecido en Resol 2016-52-E-APN-MD)
Por ello,
EL DIRECTOR DE ARSENALES
RESUELVE
ARTICULO 1º: Apruébese el proceso de Compra por Emergencia Nº 01/2020
que tiene como objeto la “ADQUISICIÓN DE BATERIAS PARA VEHICULOS DE
DOTACION DE LA FUERZA – COVID 19” y adjudíquese el presente acto
contractual por un monto total de PESOS UN
MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y SEIS
($1.447.086,00) conforme al siguiente detalle:
ARTICULO 2º. Declarar inadmisibles a las oferentes PEPAN SA,
DISTRIBUIDORA GANA SRL, y AYUQUELEN SRL, según Informe Técnico Nro
010/00/20, dado que no se ajustan a los requisitos de la presente
contratación y su correspondiente Especificación Técnica.
ARTICULO 3º. Declarar fracasados los renglones 3, 4 y 10, debido a que
no reúnen los requisitos establecidos en las Especificaciones Técnicas.
ARTÍCULO 4º. Librar las respectivas órdenes de compra, conforme lo
expresa DI-2020-48-APN-ONC#JGM, a saber:
ARTICULO 5º. Que consultado el sitio web de la AFIP, los oferentes no
poseen deuda impositiva y exigible que le impida contratar con la APN,
que no registran sanciones en el Registro Público de Empleadores con
Sanciones Laborales (REPSAL) y que se encuentran inscriptos en el
SIPRO, incorporado al expediente mediante IF-2020-26704038-APN-DAR#EA.
ARTICULO 6º: Designar a los integrantes de la COMISIÓN RECEPTORA DE
EFECTOS de esta DIRECCIÓN, como así los vocales permanentes y
especialistas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 84, 85 del
Decreto número 1030/2016, lo publicado en la Orden del Día Nro 11/20
del 6 de Marzo del 2020 y Resolución del Dir Ars Nro 01/20 del día 18
de Marzo de 2020.
1. MIEMBROS TITULARES:
a. CR José Luis BARRAZA
b. SA Alejandro Damián IBARRA
c. SP Christian Facundo Julián AROCA
2. MIEMBROS SUPLENTES
a. TC Pablo Walter BAVA
b. CT Nelson MOYA
c. SA Edgardo Osvaldo PEREZ
ARTÍCULO 7º. Establécese como plazo, lugar y forma de entrega de los
efectos, los previstos en la invitación que rigió para la presente
Contratación.
ARTÍCULO 8º. El adjudicatario, de ser necesario, deberá integrar la
garantía de cumplimiento de contrato de acuerdo a lo estipulado en el
Artículo 77 y 78 Inciso b) del Decreto Nº 1030/2016.
ARTÍCULO 9º. El oferente, podrá presentar el Recurso de Reconsideración
previsto en el Artículo 84 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos Nro. 19.549, dentro del
plazo de DIEZ (10) días contados a partir de la notificación de la
presente, como así también podrá presentar el Recurso Jerárquico
previsto en el Artículo 88 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos Nro. 19.549, dentro del
plazo de QUINCE (15) días contados a partir de la notificación de la
presente.
ARTÍCULO 10°. Remítase el presente expediente al DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la DIRECCIÓN DE ARSENALES, a los efectos
de la prosecución del trámite correspondiente.
ARTÍCULO 11°. Regístrese, comuníquese y archívese. Francisco Javier Oteo
e. 12/05/2020 N° 19311/20
v. 12/05/2020