MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Resolución 88/2020
RESOL-2020-88-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-12928407- -APN-DGD#MRE, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias y el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, compete a este Ministerio entender en la promoción
comercial y de inversiones y las negociaciones internacionales de
naturaleza económica y comercial.
Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 50/19, la
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO E INVERSIONES dependiente de la
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES de este Ministerio
tiene como objetivos, diseñar y promover políticas y cursos de acción
que tiendan al desarrollo y a la integración económica tanto a nivel
bilateral como multilateral con todas las naciones con las que la
REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los organismos
económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales y,
en particular, con el MERCOSUR, a través de herramientas de
inteligencia económica y comercial; entender en la formulación de
políticas y estrategias para el desarrollo y apertura de nuevos
mercados en el exterior, para la oferta exportable argentina y entender
en la definición de estrategias de promoción comercial, organización y
participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones
de carácter económico y comercial, oficiales y privadas, en el
exterior, en el marco de la política económica global y sectorial,
entre otros.
Que, en dicho marco, se considera pertinente crear un PROGRAMA DE
GENERACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN COMERCIAL, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN
DEL COMERCIO E INVERSIONES, con el objetivo de asesorar a dicha
Subsecretaría en todo lo relativo a la producción, procesamiento y
relevamiento de información económica y comercial para la elaboración
de estrategias de inserción internacional a nivel país y empresarial,
así como también en la difusión de información sobre comercio
internacional.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR de este Ministerio
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N°
438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el “PROGRAMA DE GENERACIÓN Y ANÁLISIS DE
INFORMACIÓN COMERCIAL” en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN
DEL COMERCIO E INVERSIONES dependiente de la SECRETARÍA DE RELACIONES
ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 2°.- El “PROGRAMA DE GENERACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN
COMERCIAL” tendrá como objetivo asesorar a la SUBSECRETARÍA DE
PROMOCIÓN DEL COMERCIO E INVERSIONES dependiente de la SECRETARÍA DE
RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en todo lo relativo a la
producción, procesamiento, relevamiento de información económica y
comercial para la elaboración de estrategias de inserción internacional
a nivel país y empresarial, así como también en la difusión de
información sobre comercio internacional.
ARTÍCULO 3°.- El “PROGRAMA DE GENERACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN
COMERCIAL” tendrá a su cargo las funciones que se detallan en el Anexo
I (IF-2020-30329281-APN-SSPCEI#MRE), el cual forma parte integrante de
la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El “PROGRAMA DE GENERACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN
COMERCIAL” estará a cargo de un Coordinador, el cual será designado por
la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO E INVERSIONES, dependiente
de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y
tendrá entre sus funciones el diseño, la planificación y la
implementación de las funciones previstas en el Anexo I
(IF-2020-30329281-APN-SSPCEI#MRE) de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida no genera erogación presupuestaria
adicional alguna al ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Felipe Carlos Solá
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/05/2020 N° 19443/20
v. 13/05/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROGRAMA DE GENERACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN COMERCIAL
Funciones:
1. Establecer un mapa de información crítica para la elaboración de
estrategias de inserción internacional a nivel país y empresarial.
2. Diseñar e implementar dispositivos de relevamiento de información
vinculada al comercio internacional.
3. Estructurar y sistematizar esquemas de relevamiento de información
vinculada al comercio internacional.
4. Gestionar y administrar el acceso a bases de datos vinculadas al
comercio internacional.
5. Administrar y realizar la actualización de información del sistema
de identificación de barreras las Exportaciones Argentinas (SIBEA).
6. Estructurar, sistematizar y relevar información referida a canales
comerciales y estructura de la demanda en mercados de interés
prioritarios para las exportaciones Argentinas.
7. Comunicar a las Representaciones Argentinas en el Exterior las
instrucciones en materia de relevamiento de información de mercado.
8. Difundir información sobre el comercio internacional a través del
desarrollo, mantenimiento y actualización del portal Argentina Trade
Net y sitios vinculados.