INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIALResolución 190/2020RESFC-2020-190-APN-DI#INAESCiudad de Buenos Aires, 12/05/2020
VISTO el EX-2020-30619657-APN-DAJ#INAES, y
CONSIDERANDO:
Queentre las funciones previstas para el Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social (INAES) en las leyes Nº 20.337 y Nº
20.321 y en el Decreto N°721/00, sus anexos y modificatorias, se
encuentra: “Elaborar políticas, objetivos y acciones atinentes al
desarrollo y consolidación de las Cooperativas y Mutuales, como así
también la actualización de la legislación aplicable con la
participación de los sectores involucrados”.
Que, mediante la
Resolución RESFC-2020-3-APN-DI#INAES, se crearon las Comisiones
Técnicas Asesoras como estructuras dependientes del Directorio del
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
Que
por DECNU-2020-297-APN-PTE se ha decretado el estado de emergencia
sanitaria, lo que ha conmovido la vida social y económica de la Nación.
Que esta circunstancia, hace imposible mantener una atención presencial fluida al público en general.
Que,
consecuentemente, se torna imperiosa la necesidad de modificar todo el
sistema de presentación documental y la comunicación externa e interna
del Instituto, contemplando al mismo tiempo la comunicación con las
instituciones de la Economía Social.
Que resulta necesario
adecuarse y acompañar el cambio de un sistema escrito y/o presencial a
un sistema digital que permita la atención y tramitación a distancia.
Que,
a dichos fines, resulta menester la creación de una comisión técnica,
cuya integración será dispuesta por la Presidencia del Instituto, con
el objetivo de que disponga el análisis de la factibilidad de la
adecuación a la digitalización de todos los trámites, y con el
resultado de ello la realización de una norma que establezca la
Digitalización de este Instituto en particular y de toda la Economía
Social en general.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado
la intervención que le compete con carácter previo al dictado del
presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las
facultades conferidas por la Ley Nº 20.337 y los Decretos Nros.
420/1996 y 721/2000, y sus normas modificatorias y complementarias.
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Créase la Comisión de digitalización e innovación tecnológica en
los procesos de gestión y de comunicación, a distancia interna y
externa, entre el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
(INAES), y las entidades del sector, que deberá presentar el proyecto
dentro de un plazo no mayor de NOVENTA (90) días, contados a partir de
su efectiva constitución.
ARTÍCULO 2°.- Su integración será
dispuesta por la Presidencia del Instituto y estará a cargo del señor
vocal Fabián Alfredo BROWN.
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución
entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 4°.-
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel
Guarco - Nahum Mirad - Mario Alejandro Hilario Cafiero
e. 14/05/2020 N° 19621/20 v. 14/05/2020