MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 129/2020
RESOL-2020-129-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2020
VISTO el EX-2019-11449843- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el orden N° 3, páginas 9/11 del IF-2019-11484660-APN-DGDMT#MPYT,
del EX-2019-11449843- -APN-DGDMT#MPYT obra el acuerdo celebrado entre
el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa PLASTIC OMNIUM
AUTOMOTIVE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que en el orden N° 3, páginas 15/19 del
IF-2019-53232394-APN-DGDMT#MPYT, del EX-2019-53154649- -APN-DGDMT#MPYT,
que tramita conjuntamente con el EX-2019-11449843- -APN-DGDMT#MPYT obra
un nuevo acuerdo celebrados entre las mismas partes, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo los acuerdos de marras las partes convienen nuevas condiciones
salariales en los términos allí consignados y en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1353/14 “E”.
Que cabe dejar aclarado que las partes han incurrido en un error de
carácter material involuntario al consignar que los acuerdos de autos
se han celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa N° 1341/13 “E” cuando correcto resulta el N° 1353/14 “E”.
Que los signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
1353/14 “E” han sido el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la
empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA., por el sector
empleador.
Que de acuerdo a las constancias obrantes ante esta Cartera de Estado
la empresa FAURECIA EXTERIORS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ha modificado
su denominación social a PLASTIC OMNIUM AUTOMOTIVE ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA.
Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención
que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los
acuerdos alcanzados, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el orden N° 3,
páginas 9/11 del IF-2019-11484660-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-11449843-
-APN-DGDMT#MPYT celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical,
y la empresa PLASTIC OMNIUM AUTOMOTIVE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por
la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el orden N° 3,
páginas 15/19 del IF-2019-53232394-APN-DGDMT#MPYT, del
EX-2019-53154649- -APN-DGDMT#MPYT, que tramita conjuntamente con el
EX-2019-11449843- -APN-DGDMT#MPYT celebrado entre el SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
por la parte sindical, y la empresa PLASTIC OMNIUM AUTOMOTIVE ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 3°.-Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los
instrumentos identificados en los Artículos 1° y 2° de la presente
Resolución.
ARTICULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1353/14 “E”.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los instrumentos homologados y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 14/05/2020 N° 18566/20 v. 14/05/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)