MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Decisión Administrativa 717/2020
DECAD-2020-717-APN-JGM - Dáse por designado Director Nacional de Políticas Socioeducativas.
Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-16493478-APN-SIP#JGM, la Ley Nº 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa
N° 315 del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por
el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N°
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de
lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios
(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que
por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa
N° 315/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo del citado Ministerio.
Que resulta necesario
proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de
Director/a Nacional de Políticas Socioeducativas dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL de la SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de
los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto
Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del 2 de
marzo de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al licenciado
Ariel Maximiliano ZYSMAN (D.N.I. Nº 25.966.576) en el cargo de Director
Nacional de Políticas Socioeducativas dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN SOCIAL Y CULTURAL de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el
correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente
designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el
licenciado ZYSMAN los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14
del citado Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el
artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08,
dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO
3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será
atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 70 –
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese,
dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago
Andrés Cafiero - Nicolás A. Trotta
e. 15/05/2020 N° 18730/20 v. 15/05/2020