ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIVISIÓN SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO
Disposición 27/2020
DI-2020-27-E-AFIP-DVSAIN#SDGOAM
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2020
VISTO el Expediente principal Nº EX-2020-00203702- -AFIP-SECOLO#SDGOAM
del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la contratación para
la adquisición de alcohol en gel a fin de cumplir con el resguardo de
la salud de los agentes perteneciente a la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras Metropolitanas, en el Marco de la Emergencia
Sanitaria, COVID-19.
Que mediante DI-2020-18-E-AFIP-DVSAIN#SDGOAM se adjudicó la mencionada
contratación omitiendo consignar lo referente a su publicación en el
Boletín Oficial de la República Argentina por un error involuntario.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 15 y
subsiguientes de la Ley N° 19549, tal omisión o vicio que ostenta el
acto administrativo resulta subsanable por no afectar la esencia del
mismo.
Que de acuerdo a lo expuesto corresponde reemplazar el ARTÍCULO N° 3 de la mencionada disposición.
Que en uso de las facultades otorgadas por Disposición N° 271/16 (AFIP)
y su modificatoria Disposición N° DI-2020-71-E-AFIP-AFIP procede
disponer en consecuencia.
Por ello,
EL JEFE (INT.) DE LA DIVISION SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO DE LA
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el texto del ARTÍCULO N° 3 de la Disposición DI-2020-18-E-AFIP-DVSAIN#SDGOAM por el siguiente:
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Pase a la Sección Contabilidad y Logística (DV SAIN)
a fin de continuar con las tramitaciones respectivas. Cumplido,
archívese.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Colino
e. 15/05/2020 N° 19795/20 v. 15/05/2020