DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJODisposición 599/2019DI-2019-599-APN-DNRYRT#MPYTCiudad de Buenos Aires, 14/09/2019
VISTOel EX-2019-55589600-APN-DGDMT#MPYT copia digital del Expediente Nº
1.725.238/16 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744
(t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2018- 617-APN-SECT#MT, y
CONSIDERANDO:
Que
a fojas 67/68 del Expediente N° 1.725.238/16 obra el Acuerdo pactado
entre el UNIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS
AEROCOMERCIALES, por la parte sindical y la empresa INTERBAIRES
SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1468/15 “E” , conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el
precitado Acuerdo fue homologado por la Resolución citada en el Visto y
registrado bajo el Nº 429/18, conforme surge de fojas 92/94 y 98,
respectivamente.
Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.725.238/16
obra la escala salarial correspondiente al Acuerdo Nº 429/18, la que
fue ratificada por las partes a fojas 60.
Que el segundo párrafo
del Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias,
le impone al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO la obligación de fijar
y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope
indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma
legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el
importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y
sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas
102/104, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Dirección
Nacional por el cual se indican las constancias y se explicitan los
criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de
remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio
resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en
ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del
Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias y las Decisiones Administrativas Nº 296 del 9 de
marzo de 2018 y N° 182 del 15 de marzo de 2019.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO
1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el
tope indemnizatorio, según los términos del Artículo 245 de la Ley de
Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la RESOL-2018-617-APN-SECT#MT
y registrado bajo el Nº 429/18, suscripto entre el UNIÓN DEL PERSONAL
SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPRESAS AEROCOMERCIALES, por la parte
sindical y la empresa INTERBAIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO
IF-2019-38450879-APN-DRYRT#MPYT obrante a pagina 165 del
CD-2019-58165391-DGDMT#MPYT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO
2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la
Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental para la intervención correspondiente. Cumplido ello, vuelva
a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin
de que el Departamento de Coordinación registre el importe promedio de
las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio
resultante y proceda a la guarda correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/05/2020 N° 18573/20 v. 15/05/2020