INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTEResolución 102/2020RESFC-2020-102-APN-D#INCUCAICiudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-18084511-APN-DAJ#INCUCAI, la RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI y la RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI; y
CONSIDERANDO
Queen el contexto del COVID-19 y las medidas decretadas al respecto por el
Gobierno Nacional, el INCUCAI dispuso mediante
RESFC-2020-67-APN-D#INCUCAI, entre otras acciones, la suspensión de los
plazos para los trámites vinculados a las habilitaciones de
establecimientos y profesionales, hasta el 15 de abril del año en curso.
Que dicho plazo fue prorrogado por RESOL-2020-1-APN-D#INCUCAI, hasta el 15 de mayo de 2020.
Que
en atención a que aún se mantienen las razones que dieron origen al
dictado de la medida, corresponde efectuar una nueva prórroga.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.447 y su Decreto Reglamentario N° 16/2019.
Que
la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el
Directorio en su sesión ordinaria del 15 de mayo de 2020, conforme
surge del texto del Acta Nº 14.
Por ello;
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°: Suspéndase hasta el 15 de junio del año en curso, los plazos para
los trámites vinculados a las habilitaciones de establecimientos,
médicos y equipos de profesionales de salud, otorgadas por el INSTITUTO
NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN IMPLANTE (INCUCAI)
conforme lo previsto por los artículos 5 y 9 de la Ley N° 27.447, por
los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO
2°: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y oportunamente archívese. Jose Luis Bustos - Carlos Soratti
e. 16/05/2020 N° 20058/20 v. 16/05/2020