JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSResolución 178/2020RESOL-2020-178-APN-JGMCiudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTOel Expediente N° EX-2020-24367794-APN-SSTIYC#JGM del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N° 22.520,
texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus
modificatorias, la Ley N° 27.078 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 513 del 14 de julio de 2017, 7 del 10 de diciembre de 2019 y 50
del 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, y el Reglamento de
Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/1972 – T.O. 2017, y
CONSIDERANDO:
Que
por Decreto N° 7 del 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de
Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992 y sus modificatorias, sustituyéndose el artículo 1º,
determinando las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los
Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con
las responsabilidades que le son propias y estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que a su vez, mediante su artículo 5°, el Decreto
N° 7 del 10 de diciembre de 2019 sustituyó el Título V de la citada Ley
de Ministerios, correspondiéndole al Jefe de Gabinete de Ministros
entender en el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo
público, a la innovación de gestión, a la modernización de la
Administración Pública Nacional, al régimen de compras y
contrataciones, a las tecnologías de la información, las
telecomunicaciones, los servicios de comunicación audiovisual y los
servicios postales.
Que asimismo, por el Decreto N° 50 del 19 de
diciembre de 2019 y su modificatorio, se aprobó el Organigrama de
Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría, creándose, entre otras, la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN
PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
dependiente de la citada Secretaría.
Que así también, el Decreto
N° 50/19 y su modificatorio, aprobó los objetivos de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA, entre los cuales se destaca el de intervenir en la
definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de la
información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de
tratamiento de información de la Administración Nacional.
Que
por el artículo 33 de la Ley N° 27.078 corresponde al Estado Nacional,
a través del ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la administración,
gestión y control de los recursos órbita-espectro correspondientes a
redes satelitales, de conformidad con los tratados internacionales
suscriptos y ratificados por el Estado Argentino.
Que por el
Decreto N° 513 del 14 de julio de 2017 se transfirieron al entonces
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las competencias del ex MINISTERIO DE
COMUNICACIONES.
Que las facultades indicadas en el párrafo
anterior, se encuentran actualmente en la órbita correspondiente a la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que en esta línea, corresponde señalar que mediante
el Decreto N° 50/19 y su modificatorio, se han definido los objetivos
de la actual SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES, estableciéndose entre ellos el de asesorar a la
Secretaría en el otorgamiento o caducidad de licencias, permisos o
autorizaciones cuyo dictado corresponda el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que
el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos.
Decreto 1759/72 – T.O. 2017, faculta al Jefe de Gabinete de Ministros,
los ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos
directivos de entes descentralizados a delegarles facultades a sus
inferiores jerárquicos.
Que en este contexto, y en función de
optimizar las tareas de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta oportuno y conveniente
facultarla a delegar en la citada Subsecretaría determinadas potestades
que permitan llevar adelante las tramitaciones y solicitudes
pertinentes en un entorno ágil y eficiente.
Que mediante
IF-2020-28645365-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
el Decreto N° 50/19, la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado
por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias, la Ley N° 27.078 sus
modificatorias y la Ley de Procedimiento Administrativo N° 17.549 y el
Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O.
2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Facúltase a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a delegar en la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES o en las Direcciones Nacionales que
de esta dependan la potestad de resolver sobre el otorgamiento de las
autorizaciones, registros, modificaciones y/o renovaciones de las
estaciones radioeléctricas para los sistemas y servicios de las
Estaciones Terrenas Maestras del Servicio Fijo por Satélite (SFS) y
Servicio Móvil por Satélite (SMS), como así también el otorgamiento de
las autorizaciones necesarias para el uso del Espectro Radioeléctrico
en los siguientes sistemas y servicios; Servicio de Exploración de la
Tierra por Satélite (SETS), Servicio de Investigación Espacial (SIE),
Servicio de Operaciones Espaciales (OE), Servicio Fijo por Satélite
(SFS) -Estaciones Remotas, Servicio Móvil Aeronáutico por Satélite,
Servicio Móvil Aeronáutico (OR) por Satélite, Servicio Móvil
Aeronáutico (R) por Satélite, así como las modificaciones y
renovaciones de las mismas, Servicio Móvil por Satélite (SMS),
Estaciones de Radioastronomía y Estaciones Terrenas en Movimiento
(ESIM).
ARTÍCULO 2°.- Las delegaciones que se efectúen en el
marco de la presente resolución no implican derogación o modificación
de las delegaciones legales vigentes ni renuncia al derecho de
avocación de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Santiago Andrés Cafiero
e. 19/05/2020 N° 20185/20 v. 19/05/2020