COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCAResolución 155/2020RESOL-2020-155-APN-D#CNMOTorres, Buenos Aires, 05/05/2020
VISTOel EX-2020-26158895-APN-D#CNMO del Registro de la COLONIA NACIONAL
MANUEL MONTES DE OCA y la Decisión Administrativa Nro 409/2020 y la
Disposición ONC Nro 48/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el
expediente de referencia tramita la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA
COVID-19 N° 04/2020 que tiene por objeto la adquisición de ENVASES DE
BIOSEGURIDAD.
Que el procedimiento se realiza a solicitud de la
DIRECCIÓN DE COORDINACION ASISTENCIAL mediante notas identificadas como
NO-2020-26045564-APN-DCA#CNMO y NO-2020-26153900-APN-DCA#CNMO,
incorporadas en ordenes Nros. 2 y 3, respectivamente, a los presentes
actuados.
Que en lo referente a la justificación respecto al
encuadre de CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 es conforme a lo
establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12 de marzo de 2020 y
DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020;
y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM.
Que se realizaron las
invitaciones a proveedores del ramo que trata, según lo estipulado en
la normativa vigente, a las firmas Droguería Luma SA CUIT
30-66378721-3, Droguería Eglis SA CUIT 30-59401076-7, Droguería
Bardelli CUIT 30-70929203-6, Droguería La Trinidad (Grupo Dukbart) CUIT
30-71156923-1, Droguería POGGI CUIT 20-08336759-9, Droguería Varadero
S.A. CUIT 30-70845052-5, DROGUERIA DIMEC S.R.L. CUIT 30-63464087-4,
PROPATO HNOS S.A.I.C. 30-55425869-3, DROGUERIA MARTORANI S.A.
30-70296606-6 según consta en IF-2020-26649793-APN-DTA#CNMO y
IF-2020-26659516-APN-DTA#CNMO de ordenes 8 y 10, respectivamente.
Que
con fecha 22/04/2020 a las 12:00 hs se celebró el Acto de Apertura de
Ofertas mediante IF-2020-27268660-APN-DTA#CNMO del orden 17, habiéndose
recibido las propuestas de las firmas DROGUERIA EGLIS SA y DROGUERIA
LUMA SA.
Que en virtud de las cotizaciones recibidas, la UNIDAD
OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES mediante
IF-2020-27272370-APN-DTA#CNMO que luce en orden 18, estimó pertinente
declarar formalmente desestimadas las ofertas presentadas por
incumplimiento, según lo siguiente: DROGUERIA LUMA SA presentó la
cotización en archivo adjunto y según la disposición Nro 48/2020 indica
que el contenido de las ofertas deberá constar en el cuerpo del correo
electrónico que el oferente remita a la dirección de correo electrónico
institucional donde deben presentarse, no siendo suficiente el mero
envío como archivo adjunto y DROGUERIA EGLIS: condiciona entrega, forma
de pago porque el precio presupuestado no incluye traslado hasta la
institución, condiciona el pago y además presentó la cotización en
archivo adjunto y según la disposición Nro 48/2020 indica que el
contenido de las ofertas deberá constar en el cuerpo del correo
electrónico que el oferente remita a la dirección de correo electrónico
institucional donde deben presentarse, no siendo suficiente el mero
envío como archivo adjunto.
Que en Orden Nº 22 obra
PV-2020-27461166-APN-DCA#CNMO de la DIRECCION DE COORDINACION
ASISTENCIAL, mediante la cual tomó intervención de su competencia.
Que
el presente informe de recomendación se realiza en el marco de lo
establecido en la Disposición Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM, la Decisión
Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE
Que por todo lo obrado y expuesto en el expediente electrónico corresponde declarar fracasada la presente contratación.
Que
ha tomado la intervención de su competencia el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS
JURÍDICOS de esta COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro 125 de fecha 1 de abril de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébese la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 04/2020 que
tiene por objeto la adquisición de ENVASES DE BIOSEGURIDAD, conforme
con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12 de marzo de 2020 y
DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020;
y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM.
ARTÍCULO 2º.- Declarase
fracasada la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N° 04/2020 según lo
expuesto en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Desestimase las ofertas presentadas por las firmas DROGUERIA EGLIS SA y DROGUERIA LUMA SA.
ARTICULO
4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y archívese. Gustavo Garcia
e. 19/05/2020 N° 19862/20 v. 19/05/2020