MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLEResolución 150/2020RESOL-2020-150-APN-MADCiudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTOel Expediente EX-2020-10708548- -APN-DCCPYS#MAD, el Decreto Delegado Nº
1023 de fecha 13 de agosto de 2001 con sus modificatorios y
complementarios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de
septiembre de 2016, con sus modificatorios y complementarios, la Ley N°
27.541, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 - T.O.
2017, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020
y sus modificatorios, el Decreto Nº 297 del 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorios y el Decreto N° 298 del 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente
citado en el Visto tramita el procedimiento de Licitación Pública Nº
262-0002-LPU20 que tiene por objeto la provisión de equipamiento,
instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de DOS (2)
servicios de acceso Full Internet y CUATRO (4) enlaces de
telecomunicaciones para transmisión de datos que vinculen equipamientos
informáticos para el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,
por el término de DOCE (12) meses, con opción a prórroga.
Que
mediante DI-2020-7-APN-SSGA#MAD de fecha 5 de marzo de 2020 el Sr.
SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE autorizó el llamado a la Licitación Pública
contemplada en el artículo 25, inciso a) apartado 1 del Decreto Nº
1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, y en el
artículo 13 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado mediante Decreto N° 1.030 de fecha 15
de septiembre de 2016 y sus modificatorios.
Que actualmente dicho proceso se encuentra en etapa de difusión de la convocatoria.
Que
mediante el artículo 1º de la Ley Nº 27.541 se declaró la emergencia
pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa,
previsional, tarifaría, energética, sanitaria y social hasta el 31 de
diciembre de 2020.
Que mediante el Decreto Nº 297 del 20 de
marzo de 2020 dispuso el aislamiento preventivo social y obligatorio
como medida para enfrentar la Pandemia del COVID-19.
Que dicho
Decreto encuentra sustento en la ampliación de la emergencia pública en
materia sanitaria establecida mediante el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios,
establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada
por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el
coronavirus COVID-19.
Que con motivo de la situación descripta
en el considerando precedente y con el fin de resguardar la tutela de
los derechos y garantías de los interesados, se suspendieron los plazos
dentro de los procedimientos administrativos regulados por el
Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O.
2017 y demás procedimientos especiales, mediante el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 298 de fecha 20 de marzo 2020, el cual fue
prorrogado sucesivamente mediante lo Decretos Nros. 327/20, 372/20,
410/20 y el último 458/20, el cual dispone la suspensión hasta el 24 de
mayo, inclusive.
Que por el artículo 3° del Decreto Nº 458/20 se
faculta a las jurisdicciones, entidades y organismos contemplados en el
artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias a
disponer excepciones adicionales respecto de la suspensión de los
plazos correspondientes a los trámites administrativos, en virtud de
las particularidades que estos últimos puedan exhibir en sus
respectivos ámbitos.
Que de conformidad con lo prescripto por el
artículo 3° del Decreto Nº 458/20 mencionado ut supra, corresponde a
este MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE disponer cuáles son
los trámites administrativos que se sustancian en el ámbito de esta
jurisdicción, que deben ser incluidos, en virtud de sus
particularidades, en las excepciones adicionales con respecto de la
suspensión de los plazos que correspondan.
Que, consultada que
fuera la Unidad Requirente, indicó que la provisión de los enlaces de
internet y telecomunicaciones resultan imprescindibles a efectos de
mantener operativo al Organismo para que los agentes puedan prestar las
labores diarias inherentes a sus funciones, ya sea en forma presencial
o remota, y así tener un adecuado funcionamiento y acceso al sistema
informático del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que, en consecuencia, corresponde garantizar la continuidad del trámite de la contratación que se propicia.
Que
la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la
presente medida se dicta de conformidad con lo preceptuado en el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 07 de fecha 10 de diciembre de 2019,
modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N°
438/92), en el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y por el
artículo 3° del Decreto N° 298 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º. - Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos
establecida por el Decreto N° 298/20, prorrogados por los Decretos
Nros. 327/20, 372/20, 410/20 y 458/20 a la Licitación Pública N°
262-0002-LPU20 que tiene por objeto la provisión de equipamiento,
instalación, puesta en funcionamiento y mantenimiento de DOS (2)
servicios de acceso Full Internet y CUATRO (4) enlaces de
telecomunicaciones para transmisión de datos que vinculen equipamientos
informáticos para el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie
e. 19/05/2020 N° 20142/20 v. 19/05/2020