CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERALDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONESDisposición 2/2020DI-2020-2-APN-DGO#CRJYPPFCiudad de Buenos Aires, 15/05/2020
VISTOel Expediente Electrónico N° EX-2020-26455420- -APN-DA#CRJYPPF, la
pandemia COVID-19 declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, el
Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, su modificatorio N° 287 del 17
de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de
2020 y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias,
CONSIDERANDO:
Que
por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se
amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública
en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541,
a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al
Coronavirus COVID-19.
Que por su Artículo 15 se estableció que
durante el plazo que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos
y entidades comprendidos en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº
24.156, estarán facultados para efectuar la contratación directa de
bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin
sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública
Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N°
409/2020, reglamentada por la Disposición ONC N° 48/2020 y sus
modificatorias, se establecieron los procedimientos de adquisición de
bienes y servicios en la emergencia, que habilitan a todas las áreas
comprometidas en dar respuestas integrales a utilizar herramientas que
otorguen celeridad y eficacia a la atención de las necesidades que se
presenten con relación al Coronavirus COVID-19.
Que la Dirección
de Administración de esta Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de
la Policía Federal, requirió la compra de insumos de limpieza, alcohol
en gel y elementos de protección para prever la ampliación de la
concurrencia del personal al establecimiento y la posibilidad de
atención al público, considerando necesario reforzar los elementos de
limpieza y protección, con el objetivo de cuidar a las personas y
disminuir la posibilidad de que el virus se propague.
Que la
Dirección de Administración remitió el listado de insumos a comprar,
informando la existencia de crédito presupuestario para afrontar el
gasto.
Que la Dirección General de Operaciones otorgó el Visto
Bueno y la autorización correspondiente para efectuar la Contratación
por emergencia COVID-19 N° 0001/2020 enmarcada en los alcances del
Decreto N° 260/20, su modificatorio N° 287/20, la Decisión
Administrativa N° 409/20 y la Disposición ONC N° 48/20, con el objeto
de lograr la adquisición de los insumos.
Que obra en el
IF-2020-26857482-APN-DA#CRJYPPF la nómina de potenciales oferentes en
relación a los rubros comerciales a contratar, verificando que los
mismos se encuentren incorporados en el Sistema de Información de
Proveedores (SIPRO) asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones
de la Administración Nacional (COMPR.AR), constatando los domicilios
electrónicos especiales declarados por los mismos en el mencionado
sistema.
Que a través del IF-2020-26895845-APN-DA#CRJYPPF
formulado por la Unidad Operativa de Contrataciones se redactaron y
establecieron las bases del llamado formuladas en la invitación a
cotizar, resguardando todas las pautas establecidas por las
Disposiciones ONC N° 48/20 y sus modificatorias, cursándose la misma a
treinta (30) posibles oferentes, a la Unión Argentina de Proveedores
del Estado (UAPE) y a Mercados Transparentes.
Que el día y hora
fijados para la recepción de las ofertas, el Departamento Compras y
Suministros (UOC) de esta CAJA, la Dirección de Administración y la
Unidad de Auditoria Interna, de conformidad a lo contemplado por el
punto 3, inciso f) de la Disposición ONC Nº 48/2020 suscribieron el
acta de firma conjunta identificada por el sistema de documentación
electrónica (GDE) bajo el Nro. IF-2020-28320032-APN-DA#CRJYPPF
certificando que en la bandeja de entrada de los correos oficiales
(compras@crjppf.gov.ar y auditoria@crjppf.gov.ar) establecidos para la
recepción de las ofertas, obraban seis (6) propuestas identificadas
como RAUL JORGE LEON POGGI, DISTRIFLASH S.R.L., DAIKO S.R.L., SERVICIOS
PARA LA HIGIENE S.A., MBG COMERCIAL S.R.L. Y FERNANDO ALLENDE (PILTOM).
Que
se incorporó como IF-2020-28810846-APN-DA#CRJYPPF el informe técnico
elaborado por la DIRECCIÓN requirente en el que se observa que todas
las ofertas se ajustan técnicamente a los requerimientos del organismo
a excepción de la de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para los renglones
9 y 10 ya que no cotizó guantes de nitrilo.
Que la UOC emitió el
informe previsto en el punto 3 inciso h) in fine de la Disposición ONC
Nº 48/20, teniendo presente las conclusiones que emanan del informe
técnico del requirente.
Que la referida UOC efectuando un
análisis desde el punto de vista formal, recomendó desestimar
totalmente las ofertas de RAUL JORGE LEON POGGI Y DISTRIFLASH S.A. en
virtud de no respetar el requisito de formular la oferta en el cuerpo
del correo electrónico, exigencia contemplada en el punto 3, inciso e)
de la Disposición ONC Nº 48/20 y en la invitación a cotizar, desestimar
todas las ofertas recibidas para el renglón N° 1 por cotizar con precio
excesivo, la oferta de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. para los
renglones 9 y 10 por no ajustarse a los requerimientos del Organismo y
adjudicar los renglones N° 3, 4, 6, 7 y 8 a SERVICIOS PARA LA HIGIENE
S.A. (CUIT 30-71158542-3) por la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($161.855,00), los renglones
N° 2 y 5 a MBG COMERCIAL S.R.L. (CUIT 30-70748071-4) por la suma de
PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 64/100
($46.571,64) y el renglón N° 11 a FERNANDO ALLENDE (CUIT 20-20591830-3)
por la suma de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($50.000,00).
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos del Organismo.
Que
esta Dirección General de Operaciones comparte plenamente el
temperamento expuesto en los informes suscriptos por las áreas que han
tomado intervención, correspondiendo en consecuencia emitir el acto
administrativo pertinente.
Que la presente medida se adopta en
uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 260/20 con las
modificaciones introducidas por su similar Nº 287/20, la Decisión
Administrativa Nº 409/20, la Disposición ONC Nº 48/20 y el Anexo al
artículo 9° del Reglamento aprobado por Decreto Nº 1030/2016.
Por ello:
EL DIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES DE LA CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL
DISPONE:
ARTICULO
1º.- Desestímense totalmente las ofertas de RAUL JORGE LEON POGGI,
DISTRIFLASH S.R.L. por no respetar el requisito de formular la oferta
en el cuerpo del correo electrónico.
ARTICULO 2º.- Desestímense
las ofertas de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. y MBG COMERCIAL S.R.L.
para el renglón N° 1 por cotizar con precio excesivo.
ARTICULO
3º.- Desestímese la oferta de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. presentada
para los renglones 9 y 10 por no ajustarse técnicamente a los
requerimientos del Organismo.
ARTICULO 4º.- Declárase fracasado
el llamado para los renglones Nº 1, 9 y 10 por lo expuesto en los
considerandos de la presente.
ARTICULO 5º.- Apruébese lo actuado
para la CONTRATACION DIRECTA por EMERGENCIA COVID-19 Nº 0001/2020;
apruébense las bases del llamado y adjudíquese a SERVICIOS PARA LA
HIGIENE S.A. (CUIT 30-71158542-3) los renglones N° 3, 4, 6, 7 y 8 por
la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
CON 00/100 ($161.855,00), a MBG COMERCIAL S.R.L. (CUIT 30-70748071-4)
los renglones N° 2 y 5 por la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 64/100 ($46.571,64) y a FERNANDO ALLENDE
(CUIT 20-20591830-3) el renglón N° 11 por la suma de PESOS CINCUENTA
MIL CON 00/100 ($50.000,00).
ARTICULO 6º.- La suma total de
PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS CON
64/100 ($258.426,64) deberá ser imputada a las partidas
correspondientes al inciso 2 del presupuesto asignado para el presente
ejercicio para esta CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA
POLICIA FEDERAL.
ARTICULO 7º.- Pase a la Dirección de
Administración (Departamento de Compras y Suministros) para la emisión
de las órdenes de compra.
ARTICULO 8º.- Notifíquese, haciéndose
saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción,
recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a
partir de su notificación y/o recurso de alzada dentro del plazo de
QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, o, iniciar acción
judicial pertinente; de conformidad con lo dispuesto por los artículos
84 y 94 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), Reglamentario de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
ARTÍCULO
9º.- Comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA y en el sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES,
notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y, oportunamente
archívese. Ariel Omar Natrone
e. 19/05/2020 N° 20188/20 v. 19/05/2020