ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL MICROCENTRO
Disposición 23/2020
DI-2020-23-E-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2020
VISTO el Expediente EX-2020-00231308-AFIP-SGCFDIRMICI#SDGOPIM del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO se tramita la adquisición de
protectores de acrílico para escritorios de atención al público para
Sede de Dirección Regional Microcentro y Agencias 9, 10 y 49.
Que tratándose de la adquisición de bienes requeridos en el marco de la
emergencia detallada en el Decreto N° 260/20, la presente se encuadra
bajo el Procedimiento de Contratación de Emergencia Sanitaria regulado
por la IG-2020-1-E-AFIP-SDGADF.
Que por intermedio de la Subdirección General de Operaciones
Impositivas Metropolitanas se comunicaron las especificaciones técnicas
elaboradas por la Dirección de Infraestructura y Logística que deben
tener los protectores a adquirir.
Que en orden 6, documento SC-2020-00233813-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM, obra el
Formulario 1206 debidamente suscripto en forma digital para proceder
con la contratación cuyo objeto se refieren los presentes.
Que en orden 11, documento DI-2020-00238784-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM,
mediante Formulario 1236 la Dirección Regional Microcentro autoriza la
realización de la contratación mediante el procedimiento Emergencia
Sanitaria regulado por la IG-2020-1-E-AFIP-SDGADF y aprueba el Pliego
de Bases y Condiciones.
Que por documento IF-2020-00242245-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM obra el Acta de
Apertura, cotizando las firmas, ALLIANI JUAN IGNACIO, (CUIT
20-32949248-7), CGB, (CUIT 30-71598993-6), MAVATEC S.R.L., (CUIT
30-71443524-4), CONSTRUCTORA IMPACTO S.A. (CUIT 30-71611151-9) Y
BELLIZZI HNOS S.R.L., (CUIT 30-71517738-9), cumpliendo el requisito de
TRES (3) presupuestos mínimos necesarios.
Que evaluadas las ofertas por la División Administrativa, dependiente
de esta Dirección Regional Microcentro, se estableció el orden de
mérito tomando en cuenta el monto de las mismas, 1ero. CONSTRUCTORA
IMPACTO S.A., 2do. CGB, 3ero. BELLIZZI HNOS S.R.L., 4to. MAVATEC S.R.L.
Y 5to. ALLIANI AMOBLAMIENTOS.
Que en orden 27, documento IF-2020-00255835-AFIP-DVMJUR#SDGOPIM, consta
intervención según su competencia, del área jurídica de la DI RMIC.
Que el 06/05/2020 surge de la consulta de deudores del estado que los
oferentes ALLIANI JUAN IGNACIO, (CUIT 20-32949248-7) Y MAVATEC S.R.L.,
(CUIT 30-71443524-4) poseen deuda con el mismo; mientras que las demás
firmas no presentan deuda ni saldos pendientes de pago, así como
tampoco se verifica la existencia de sanciones y penalidades
registradas en el sistema SIGMA.
Que el gasto a realizar asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA
Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 331.680,00), habiéndose registrado las
reservas presupuestarias correspondientes.
Que a la fecha no surgen precios máximos establecidos para los insumos
a adquirir de acuerdo a la reglamentación del Artículo 1° de la
Decisión Administrativa N°472/20.
Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición DI-2020-71-E-AFIP-AFIP procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL MICROENTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°- Apruébese la Contratación Directa Nº 1/20 (DI RMIC),
de acuerdo con lo normado en la Instrucción General
2020-1-E-AFIP-SDGADF, Procedimiento de Contratación en el Marco de la
Emergencia Sanitaria dispuesta por el Decreto Nº 260/20.
(Artículo rectificado por art. 1º de la Disposición Nº 25/2020 de la Dirección Regional de Microcentro B.O. 21/5/2020)
ARTÍCULO 2°.- Adjudíquese la presente Contratación a favor de la firma
CONSTRUCTORA IMPACTO S.A. CUIT N°30-71611151-9, por un importe de PESOS
TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 331.680,00), de
acuerdo a los términos de referencia y oferta presentada.
(Artículo rectificado por art. 1º de la Disposición Nº 25/2020 de la Dirección Regional de Microcentro B.O. 21/5/2020)
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la Sección Gestión de Compras y Financiera
(SGCFDIRMIC) para continuar con los trámites respectivos y
archívese.
(Artículo rectificado por art. 1º de la Disposición Nº 25/2020 de la Dirección Regional de Microcentro B.O. 21/5/2020)
ARTÍCULO 4°. Regístrese, pase a la Sección Gestión de Compras y
Financiera para continuar con los trámites respectivos. Fernando Fabian
Fares
e. 21/05/2020 N° 20344/20 v. 21/05/2020