SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIAResolución 402/2020RESOL-2020-402-APN-PRES#SENASACiudad de Buenos Aires, 22/05/2020
VISTOel Expediente N° EX-2019-68986091- -APN-DSAYF#SENASA, el Decreto
Delegado Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, el Reglamento de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº
1.030 del 15 de septiembre de 2016, la Disposición N°
DI-2016-62-APN-ONC#MM del 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por el
expediente mencionado en el Visto tramita la contratación del servicio
de acondicionamiento, transporte y disposición final de residuos
peligrosos no clorados, que se encuentran alojados en dependencias del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que este
Servicio Nacional tiene almacenados residuos peligrosos que
corresponden a productos fitosanitarios obsoletos, en las Provincias de
CÓRDOBA, de LA RIOJA, de CATAMARCA, de MENDOZA y del CHACO.
Que
la Ley N° 24.051 en su Artículo 2° define a los residuos peligrosos
como “Será considerado peligroso, a todo residuo que pueda causar daño,
directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua,
la atmósfera o el ambiente en general. En particular serán considerados
peligrosos los indicados en el Anexo I o que posean alguna de las
características enumeradas en el Anexo II de esta ley.”.
Que la
contratación del servicio mencionado es de suma relevancia teniendo en
cuenta que de no hacerlo, tales residuos podrían causar daño a la salud
pública, al ambiente y a la propiedad privada.
Que el presente
procedimiento se encuadra en la figura de Contratación Directa por
Urgencia en el marco de lo dispuesto en los Artículos 25, inciso d),
Apartado 5 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por el Decreto Delegado N° 1.023 del 13 de agosto de 2001, 19
del Anexo al Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 y 54 de la
Disposición N° DI-2016-62-E-APN-ONC#MM del 27 de septiembre de 2016 de
la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la Coordinación de
Evaluación y Control Presupuestario de la Coordinación General
Presupuestaria, dependiente de la Dirección de Servicios
Administrativos y Financieros de la Dirección General Técnica y
Administrativa, ha registrado la afectación preventiva del gasto.
Que
mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR”, con fecha
28 de septiembre de 2019 se dio difusión al Pliego de Bases y
Condiciones Particulares de la Contratación Directa N° 52-0048-CDI19, y
se enviaron invitaciones a CINCO (5) proveedores del rubro.
Que
con fecha 15 de octubre de 2019 se realizó la apertura de ofertas
mediante acta labrada en el Sistema “COMPR.AR”, donde se advierte que
no se recibieron ofertas al proceso de Contratación Directa N°
52-0048-CDI19.
Que, ante esta situación, la Coordinación de
Compras y Contrataciones, dependiente de la Coordinación General
Administrativa de la citada Dirección de Servicios Administrativos y
Financieros, solicitó al área requirente que manifieste si persistía la
necesidad de la contratación.
Que el área requirente expresó la necesidad de realizar un nuevo llamado.
Que
mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración
Nacional “COMPR.AR”, con fecha 17 de diciembre de 2019 se dio
nuevamente difusión al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y se
enviaron invitaciones a CINCO (5) proveedores del rubro.
Que con
fecha 31 de enero de 2020 se realizó la apertura de ofertas mediante
acta labrada en el Sistema “COMPR.AR”, donde consta la recepción de
CUATRO (4) ofertas, correspondientes a las firmas CONTRINI HNOS S.R.L.,
GUCCONS S.A., SOLUCIONES AMBIENTALES S.A. y PELCO S.A.
Que con
fecha 7 de febrero de 2020 la referida Coordinación de Compras y
Contrataciones solicitó a la firma CONTRINI HNOS S.R.L. documentación
complementaria.
Que dicha firma cumplió con la presentación de la documentación requerida en legal tiempo y forma.
Que
las firmas GUCCONS S.A. y SOLUCIONES AMBIENTALES S.A. resultaron
inadmisibles técnicamente, de acuerdo a lo manifestado en el informe
técnico de la Coordinación de Gestión Ambiental.
Que la firma
PELCO S.A. resulta inadmisible en virtud de que la oferta fue realizada
de manera errónea, ofreciendo un precio unitario y final sin considerar
correctamente todos los servicios solicitados en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares.
Que la Coordinación de Compras y
Contrataciones emitió la recomendación sobre la resolución a adoptar,
considerando conveniente preadjudicar el Renglón Único a la firma
CONTRINI HNOS S.R.L., por cumplir con los requisitos solicitados en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y resultar la oferta de
menor valor.
Que conforme lo establecido en el Artículo 11,
incisos c) y f) del referido Decreto Delegado Nº 1.023/01, resulta
procedente dictar el pertinente acto administrativo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que
el suscripto es competente para dictar la presente medida, de
conformidad con las facultades conferidas por los Artículos 8°, incisos
a) y h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido
por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y 25, inciso d),
apartado 5 del Decreto Delegado N° 1.023 del 13 de agosto de 2001.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Apruébase lo actuado en la Contratación Directa N° 52-0048-CDI19,
correspondiente a la contratación del servicio de acondicionamiento,
transporte y disposición final de residuos peligrosos no clorados, que
se encuentran alojados en dependencias del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 2°.- Declárase desierto el
Procedimiento de Contratación Directa N° 52-0048-CDI19, por los motivos
expuestos en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO
3º.- Apruébase lo actuado en la Contratación Directa Nº 52-0075-CDI19
para la contratación del servicio de acondicionamiento, transporte y
disposición final de residuos peligrosos no clorados, que se encuentran
alojados en dependencias de este Servicio Nacional.
ARTÍCULO
4º.- Adjudícase el Renglón Único de la Contratación Directa Nº
52-0075-CDI19 a la firma CONTRINI HNOS S.R.L., C.U.I.T. N°
30-68225261-4, con domicilio en Ruta 20, kilómetro 20.5, Yocsina,
Departamento Santa María, Provincia de CÓRDOBA, por la suma de PESOS
TRES MILLONES CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SETENTA Y
DOS CENTAVOS ($ 3.113.998,72).
ARTÍCULO 5º.- Desestímanse las
ofertas de las firmas GUCCONS S.A., SOLUCIONES AMBIENTALES S.A. y PELCO
S.A, por las razones expuestas en los considerandos de la presente
resolución.
ARTÍCULO 6º.- Desígnanse como miembros titulares de
la Comisión de Recepción Definitiva a los agentes: D. Diego FONTAN,
D.N.I. N° 18.088.753; Da. Silvana CESARIO, D.N.I. N° 17.541.360; y D.
Orlando BRAVO, D.N.I. N° 20.025.077; y como suplentes a: D. Juan Manuel
LORIZIO, D.N.I. N° 29.752.184; D. Daniel LOIACONO, D.N.I. N°
12.927.311; y D. Ángel BRAVO, D.N.I. N° 25.339.672, respectivamente.
ARTÍCULO
7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, por un
monto total de PESOS TRES MILLONES CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y OCHO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.113.998,72), deberá imputarse al
inciso 3 - Fuente de Financiamiento 12 - Servicio Administrativo
Financiero 623 - SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
para el Ejercicio 2020, de acuerdo a la emisión de la respectiva Orden
de Compra.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquse, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Carlos Alberto Paz
e. 27/05/2020 N° 20916/20 v. 27/05/2020