INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONESDisposición 207/2020DI-2020-207-APN-DGAYO#INDECCiudad de Buenos Aires, 26/05/2020
VISTOel Expediente Electrónico N° EX-2020-25765860-APN-DPYS#INDEC, la Ley N°
17.622, el Decreto Reglamentario N° 3110 de fecha 30 de diciembre de
1970, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de
septiembre de 2016 y sus modificatorios, el Decreto N° 1344 del 4 de
octubre de 2007 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N°
1680 de fecha 10 de octubre de 2018, la Resolución N° 63 de fecha 13 de
febrero de 2020 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Disposiciones Nros. 62,
63 y 65 del 27 de septiembre de 2016, 5 del 17 de enero de 2018 y 6 del
18 de enero de 2018, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante el expediente citado en el visto tramita el procedimiento de
selección del contratista mediante Licitación Pública de Etapa Única
Nacional N° 27-0001-LPU20, con el objeto de contratar el servicio de
mantenimiento correctivo integral de Servidores y Storage marca Hewlett
Packard propiedad del Instituto, por el término de DOCE (12) meses.
Que
la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA dependiente de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN del
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración
desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍIA, solicita el
servicio de mantenimiento correctivo integral de servidores y storage
marca Hewlett Packard propiedad del Instituto, por el término de DOCE
(12) meses, conforme surge del ME-2020-11996782-APN-DI#INDEC con Nro.
de Orden 3.
Que la mencionada Dirección manifiesta la
importancia de contar con el servicio de soporte y mantenimiento objeto
de la presente contratación, a fin de garantizar el funcionamiento
continuo de la plataforma, de manera tal de asegurar la adecuada
operatividad de los programas estadísticos del Instituto.
Que mediante IF-2020-06837714-APN-DI#INDEC con Nro. de Orden 4, obra el respectivo Formulario de Requerimiento.
Que
la DIRECCIÓN DE ESTANDARIZACIÓN TECNOLÓGICA (D.E.T) dependiente de la
OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (O.N.T.I), de la
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la
intervención que le compete, conforme surge del Dictamen emitido
obrante en IF-2020-18196273-APN-SSTIYC#JGM con Nro. de Orden 6.
Que
la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN DE
GESTIÓN informó, mediante IF-2020-26323411-APN-DPYCP#INDEC con Nro. de
Orden 11, que se cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la
erogación resultante de la solicitud de contratación N° 27-10-SCO20,
emitida por el sistema COMPR.AR obrante en
IF-2020-30042540-APN-DPYS#INDEC con Nro. de Orden 17.
Que el
área requirente prestó conformidad respecto al Proyecto de Pliego
propuesto por la Unidad Operativa de Compras de este Instituto mediante
PV-2020-29734447-APN-DI#INDEC obrante con Nro. de Orden 16.
Que
a tal efecto se elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
el cual corresponde aprobar en este acto, de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 11, inciso b), del “Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional”, aprobado mediante Decreto Delegado N°
1023/01, sus modificatorios y complementarios -obrante como Pliego N°
PLIEG-2020-30078523-APN-DPYS#INDEC con Nro. de Orden 20.
Que la
presente contratación se halla encuadrada dentro de los términos
establecidos en los Artículos 24 y 25, inciso a), en los incisos a) y
b) del Artículo 11 del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y en lo
establecido en el Artículo 13 y en el inciso c) del Artículo 27 del
Anexo al Decreto Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016 y su
modificatorio y el Artículo 15 del Anexo al Decreto N° 1344 del 4 de
octubre de 2007, reglamentario de la Ley N° 24.156, en cuando a la
factibilidad de comprometer ejercicios futuros.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que
el presente acto se dicta de conformidad con las facultades otorgadas
por la Ley N° 17.622, el Decreto Reglamentario N° 3110 de fecha 30 de
diciembre de 1970, el Artículo 35 del Anexo al Decreto Nº 1344 del 4 de
octubre de 2007 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N°
1680 de fecha 10 de octubre de 2018 y la Resolución N° 63 de fecha 13
de febrero de 2020 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, los incisos a) y b) del
Artículo 9º del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional” aprobado por el Decreto Nº 1030 del 15 de
septiembre de 2016 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares registrado
en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como
PLIEG-2020-30078523-APN-DPYS#INDEC, que forma parte integrante de la
presente medida en concordancia con lo normado en el Artículo 11 inciso
b) del Decreto Delegado Nº 1023/01.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a
efectuar la convocatoria para la contratación del servicio de
mantenimiento correctivo integral de servidores y storage marca Hewlett
Packard propiedad del Instituto, por el término de DOCE (12) meses,
bajo el régimen de Licitación Pública de Etapa Única Nacional N°
27-0001-LPU20, enmarcado en los Artículos 11 inciso a), 24 y 25, inciso
a) del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”,
aprobado por el Decreto Delegado Nº 1023/01, sus modificatorias y
complementarias y en los Artículos 13 y 27 inciso c) del “Reglamento
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado
por el Decreto Reglamentario Nº 1030/16, sus modificatorias y
complementarias.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el
cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 50 - Servicio Administrativo Financiero
321, para los ejercicios que correspondan y el Artículo 15 del Anexo al
Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley N°
24.156, en cuando a la factibilidad de comprometer ejercicios futuros.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Fernando Schirliski
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/05/2020 N° 21111/20 v. 28/05/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)