JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 916/2020DECAD-2020-916-APN-JGM- Dase por designado Director Nacional de Análisis Legal y Regulatorio
de Proyectos de Participación Público Privada.Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2020
VISTO
el Expediente N° EX-2020-15729991-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del
19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020
y la Decisión Administrativa N° 295 del 9 de marzo de 2018 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N°
4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo
establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Decisión
Administrativa N° 295/18 se aprobó la estructura organizativa de primer
y segundo nivel operativo de la citada Jurisdicción.
Que resulta
necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y
financiado de Director/a Nacional de Análisis Legal y Regulatorio de
Proyectos de Participación Público Privada de la SUBSECRETARÍA DE
PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA de la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN
PRESUPUESTARIA, INVERSIÓN PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, frente a la necesidad de cumplir en
tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del
artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del
Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Dase por designado carácter transitorio, a partir del 1° de
febrero de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
al doctor Lorenzo MATUS (D.N.I. Nº 26.288.226) en el cargo de Director
Nacional de Análisis Legal y Regulatorio de Proyectos de Participación
Público Privada de la SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA de
la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, INVERSIÓN PÚBLICA Y
PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del
Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria
con autorización excepcional por no reunir el doctor MATUS los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO
2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de febrero de 2020.
ARTÍCULO
3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será
atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese,
publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique de Pedro
e. 31/05/2020 N° 21545/20 v. 31/05/2020