MINISTERIO DE SALUD

Resolución 953/2020

RESOL-2020-953-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-28491911-APN-DCYCMS#MSYDS, la Ley N° 27.541, los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.

Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada Ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/2020 se determinaron los principios generales y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada y se estableció que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten pertinentes.

Que la referida Oficina Nacional, mediante la Disposición N° 48/2020, aprobó el procedimiento complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa Nº 409/2020, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia COVID-19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos.

Que con el objeto de dotar a la red de hospitales públicos de capacidad de respuesta para la asistencia médica de pacientes con diagnóstico de COVID-19 en tiempo oportuno, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA solicitó la adquisición de elementos de protección por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 459.720.236,80).

Que el procedimiento se encuadró en Contratación por emergencia COVID-19 Nº 3/2020, en los términos del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 409/2020 y el artículo 1° de la Disposición ONC N° 48/2020.

Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS tomó la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo PLIEG-2020-28560848-APN-DGAMS#MSYDS forma parte integrante de la presente.

Que del acta de apertura de ofertas de fecha 4 de mayo de 2020 surge la presentación de 19 ofertas y la ausencia de ofertas para los renglones 4 y 5.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigos mediante la Orden de Trabajo N° 189/20 para los renglones 4 y 5 y, asimismo, informó que para los renglones N° 1, 2 y 3 no se detectaron precios de mercado factibles de informar, debido a las fluctuaciones existentes para estos productos con relación a la criticidad de los mismos.

Que de acuerdo con lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN las ofertas presentadas por las firmas ROBOT S.R.L., GRUPO SALA S.A. y CORPORACIÓN RÍO LUJÁN S.A. no son admisibles por no cumplir con los requisitos de entrega establecidos en el pliego.

Que la firma 152BIS S.A.S desistió de su oferta para el renglón 1.

Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN elaboró el correspondiente Informe Técnico en donde determinó que las ofertas de las firmas BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., FABRICALCO S.R.L., FORMAS PUBLICITARIAS S.A., G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., GEOTEX S.R.L., MWK S.A., R.A. INTERTRADING S.A., ULTRALINE S.A., UNIFIBERS S.A. y VIALERG S.A., presentadas para el renglón 1; las ofertas de las firmas 152BIS S.A.S., FABRICALCO S.R.L., G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., GRUPO VARSOVIA S.R.L., R.A. INTERTRADING S.A., ULTRALINE S.A., UNIFIBERS S.A. y VIALERG S.A., presentadas para el renglón 2; y las ofertas de las firma 152BIS S.A.S., FABRICALCO S.R.L., G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., R.A. INTERTRADING S.A., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L., ULTRALINE S.A., UNIFIBERS S.A. y VIALERG S.A. presentadas para el renglón 3; se ajustan a las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que las ofertas presentadas por las firmas TANGO SPORTS TEAM S.R.L., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y TOP SAFE S.A. para el renglón 1 y TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L., para el renglón 2, no se ajustan técnicamente a lo solicitado en el citado pliego.

Que también del informe técnico consigna que no son económicamente convenientes las ofertas de las firmas BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., GEOTEX S.R.L., y ULTRALINE S.A. presentadas para el renglón 1, las ofertas de las firmas GRUPO VARSOVIA S.R.L. y ULTRALINE S.A. presentadas para el renglón 2 y las ofertas de las firmas ULTRALINE S.A., 152BIS S.A.S., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y VIALERG S.A. presentadas para el renglón 3.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos efectuados y de la documentación obrante en las actuaciones, recomienda la adjudicación de las ofertas válidas y convenientes correspondientes a las firmas G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., FABRICALCO S.R.L., UNIFIBERS S.A. R.A. INTERTRADING S.A. y VIALERG S.A. (parcial) para el renglón 1; 152BIS S.A.S, R.A.INTERTRADING S.A. y VIALERG S.A. (parcial) para el renglón 2; y FABRICALCO S.R.L., G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., UNIFIBERS S.A. y R.A. INTERTRADING S.A. para el renglón 3.

Que asimismo la citada Dirección, recomienda desestimar las ofertas de las firmas TANGO SPORTS TEAM S.R.L., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y TOP SAFE S.A. para el renglón 1 y la oferta de la firma TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. para el renglón 2, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y las ofertas de las firmas BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., GEOTEX S.R.L., ULTRALINE S.A. para el renglón 1; GRUPO VARSOVIA S.R.L. y ULTRALINE S.A. para el renglón 2; y ULTRALINE S.A., 152BIS S.A.S., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y VIALERG S.A. para el renglón 3, por no ser económicamente convenientes.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO ha certificado la existencia de los créditos para continuar con el presente trámite.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6 de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020, y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 3/2020, encuadrada en los términos del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1 de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, llevada a cabo para la adquisición de elementos de protección e insumos médicos, así como también el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo PLIEG-2020-28560848-APNDGAMS#MSYDS forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas ROBOT S.R.L., GRUPO SALA S.A. y CORPORACIÓN RÍO LUJÁN S.A., y las ofertas de las firmas TANGO SPORTS TEAM S.R.L., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L., TOP SAFE S.A., BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., GEOTEX S.R.L., ULTRALINE S.A. para el renglón 1; las ofertas presentadas por las firmas TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L., GRUPO VARSOVIA S.R.L. y ULTRALINE S.A. para el renglón 2; y las ofertas presentadas por la firma ULTRALINE S.A., 152BIS S.A.S., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y VIALERG S.A. para el renglón 3, por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTICULO 3°- Decláranse desiertos los renglones 4 y 5.

ARTICULO 4°.- Adjudícase la presente Contratación por emergencia COVID-19 Nº 3/2020, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L.

Renglón 1 por 300.000 unidades y renglón 3 por 300.000 unidades: $ 46.827.000.-

FABRICALCO S.R.L.

Renglón 1 por 200.000 unidades y renglón 3 por 200.000 unidades: $ 31.160.000.-

UNIFIBERS S.A.

Renglón 1 por 450.000 unidades y renglón 3 por 450.000 unidades: $ 70.785.000.-

R.A. INTERTRADING S.A.

Renglón 1 por 400.000 unidades, renglón 2 por 400.000 unidades y renglón 3 por 400.000 unidades: $ 72.600.000.-

VIALERG S.A.

Renglón 1 por 995.600 unidades y renglón 2 por 1.445.600 unidades: $ 182.425.600.-

152BIS S.A.S

Renglón 2 por 500.000 unidades: $ 5.750.000.-

TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $ 409.547.600.-

ARTICULO 5°.- La suma de PESOS CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 409.547.600.-) deberá ser afectada con cargo a las partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2020.

ARTICULO 6°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a suscribir las pertinentes órdenes de compra.

ARTICULO 7°.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y pase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES. Ginés Mario González García

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/06/2020 N° 21487/20 v. 01/06/2020

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES


1. ESPECIFICACIONES TECNICAS

1.1 Detalle de los renglones

Renglón N° 1:

a) Descripción Camisolín o bata de un solo uso (TSU) de tela no tejida, terminado tricapa, hidrorepelente, compuesta de poliéster, poliuretano y carbón. Deberán poseer SMS + celulosa y poliéster de 45 gramos como mínimo.

b) Cantidad: DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS (2.345.600) camisolines/batas.

Renglón N° 2:

a) Descripción: Cofia, de un solo uso (TSU), de tela no tejida, terminado tricapa, hidrorepelente, compuesta de poliéster, poliuretano y carbón. Deberán poseer SMS + celulosa y poliéster de 45 gramos como mínimo.

b) Cantidad: DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTAS (2.345.600) cofias.

Renglón N° 3:

a) Descripción: Cubre botas, de un solo uso (TSU), de tela no tejida, terminado tricapa, hidrorepelente, compuesta de poliéster, poliuretano y carbón. Deberán poseer SMS + celulosa y poliéster de 45 gramos como mínimo.

b) Cantidad: DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS (2.345.600) de pares de cubre botas.

Renglón N° 4:

a) Descripción: Guantes de Látex para examinación: Tamaño Chico (S). Elaborado en látex de primera calidad, descartable, atoxico y ambidiestro, no debe presentar asperezas al tacto y su largo permitirá cubrir con ajuste adecuado el puño del camisolín.

b) Cantidad: SEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA (6.883.760) guantes.

Renglón N° 5:

a) Descripción: Guantes de Látex para examinación: Tamaño Grande (L). Elaborado en látex de primera calidad, descartable, atoxico y ambidiestro, no debe presentar asperezas al tacto y su largo permitirá cubrir con ajuste adecuado el puño del camisolín.

b) Cantidad: SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA (7.163.280) guantes.

1.2 Lugar y Plazo de entrega

Los insumos serán entregados por cuenta del adjudicatario, dentro de los TREINTA (30) días corridos de notificada la correspondiente Orden de Compra, en el depósito del Operador Logístico de la COORDINACION DE MEDICAMENTOS ESENCIALES, ubicado en Estados Unidos 4850 – Área de Promoción el Triángulo-, Tortuguitas, Malvinas Argentinas, Provincia de Buenos Aires.

Se aceptarán entregas parciales.

A fin de coordinar las entregas, deberán contactarse con la Sra. Gisela Soler, al correo electrónico gsoler@medicamentos.gob.ar.

1.3 Recepción definitiva de los productos

La COMISION DE RECEPCION DEFINITIVA del Ministerio de Salud tendrá la responsabilidad de verificar si los productos cumplen o no las condiciones establecidas en el presente Pliego.

Asimismo, recibirán los bienes con carácter provisional y los remitos o recibos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción.

Para comunicarse con la citada Comisión, los adjudicatarios deberán contactarse con Carolina M. Caprioli, al correo electrónico comisionderecepcion@msal.gov.ar.

2. MONEDA Y FORMA DE COTIZACION

La cotización deberá ser efectuada en moneda nacional y deberá consignar el precio unitario y las cantidades ofrecidas, con referencia a la unidad de medida establecida en el presente pliego, utilizando el formulario electrónico que suministra COMPR.AR, a tales efectos.

Se aceptarán ofertas por uno, varios o todos los renglones.

Se aceptarán ofertas parciales por renglón.

El precio cotizado será el precio final que deba pagar este Ministerio por todo concepto.

3. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.

4. FORMA DE PRESENTACION DE LA OFERTA

Las ofertas deberán ser presentadas hasta el día y horario estipulado en el cronograma de la convocatoria, a través del COMPR.AR, utilizando el formulario electrónico que suministra el sistema a tal efecto, y cumpliendo con todos los requerimientos del presente pliego, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico.

Sólo se admitirán las ofertas presentadas por medio de la plataforma COMPR.AR.

5. DOCUMENTACION DE LA OFERTA

La presentación de la oferta significará de parte de los oferentes el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen el presente procedimiento de selección. La oferta contendrá la información que a continuación se detalla:

Requisitos económicos y financieros:

1. Oferta económica.

Requisitos técnicos:

1. Descripción del producto. No se aceptará la simple referencia de que se ajusta al Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Requisitos administrativos:

1. Nota en donde se fije expresamente domicilio especial, número de teléfono y dirección de Correo electrónico. En el supuesto en que no se constituyera un domicilio especial, se tendrá por domicilio constituido el declarado en el sitio de Internet de COMPR.AR.

6. GARANTIAS

6. 1 Garantía de mantenimiento de oferta

Los oferentes se encuentran exceptuados de la presentación de garantías de mantenimiento de oferta.

6. 2 Garantía de adjudicación/cumplimiento de contrato

Los adjudicatarios estarán obligados a presentar la garantía de cumplimiento de contrato, la que será equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor adjudicado. El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de CINCO (5) días de notificada la Orden de Compra.

No será necesario presentar garantía de cumplimiento de contrato en los siguientes 4 casos:

1) Cuando el monto de la Orden de Compra o contrato no supere la cantidad que represente UN MIL MÓDULOS (M 1.000), siendo el valor del MÓDULO el fijado por el artículo 28 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios.

2) Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. 2020 – “Año del General Manuel Belgrano”

3) Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones.

4) Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

6. 2 Garantía de anticipo financiero

El cocontratante que optara por el anticipo financiero previsto, deberá presentar una contragarantía por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto total del anticipo, la que deberá integrar al presentar la respectiva factura.

La contragarantía podrá constituirse en cualquiera de las formas estipuladas en el artículo 39 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Disposición N° 63 E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus normas modificatorias y complementarias.

Si el cocontratante no integrara la contragarantía no se dará curso al anticipo financiero.

6.3 Obligación de responder ante incumplimientos:

No obstante, lo dispuesto, todos los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes quedan obligados a responder por el importe de la garantía no constituida, a requerimiento del Ministerio de Salud, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro o de efectuado el pago.

7. INSCRIPCIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES

Los proveedores que deseen participar en el presente procedimiento deben estar incorporados en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) que administra la Oficina Nacional de Contrataciones y se encuentra incorporado al sistema COMPR.AR.

En consecuencia, los interesados deberán realizar la preinscripción al SIPRO accediendo al sitio de internet de COMPR.AR, donde completarán la información requerida en los formularios de preinscripción, todo ello con sujeción a lo normado en la Disposición ONC N° 64/16. Para mayor información, se sugiere consultar el “Manual de Procedimiento para la Incorporación y Actualización de Datos en el SIPRO”.

Los instructivos y manuales de apoyo a los proveedores están disponibles en el sitio de internet https://comprar.gob.ar.

8. CRITERIOS DE EVALUACION Y SELECCION DE OFERTAS

A fin de la evaluación de las ofertas se podrá requerir muestras o cualquier información complementaria que se estime conveniente al efecto. La no presentación podrá dar lugar a la desestimación de la oferta.

La adjudicación se realizará a favor de la oferta que, cumpliendo con todas las exigencias del pliego, resulte más conveniente para el MINISTERIO DE SALUD. Se entenderá en principio por oferta más conveniente aquella de menor precio.

No se abonarán montos superiores a los Precios Máximos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/20 o aquellos que se dispongan en el futuro.

9. FACTURACION Y FORMA DE PAGO

El Ministerio de Salud canalizará los pagos a sus proveedores por medio de la Cuenta Única del Tesoro (CUT). Por consiguiente, para resultar adjudicatario el oferente deberá estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE INFORMACION FINANCIERA.

El pago procederá una vez efectuada la entrega de los productos adquiridos.

Sin perjuicio de ello, el adjudicatario podrá optar por un anticipo financiero de hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del valor de la orden de compra, para lo cual deberá presentar la factura correspondiente acompañada de la contragarantía, a partir de que le sea notificada de la orden de compra y hasta la fecha prevista de entrega.

El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días corridos. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando el programa mensual de caja y las prioridades de gasto contenidas.

Las facturas se presentarán a través de la plataforma de “Tramitación a Distancia (TAD)- MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL- PRESENTACION DE COMPROBANTEAUTOGESTION DE PROVEEDORES”. Allí deberá ingresar en formato digital (PDF) toda la documentación detallada, la que deberá ser legible y completa y escaneada de su original.

Sin perjuicio de lo expuesto, téngase presente que en forma previa al libramiento de la orden de pago deberá verificarse la inexistencia de deudas tributarias o previsionales, de acuerdo a la normativa aplicable

10. PENALIDADES:

El incumplimiento o la demora de los plazos establecidos en el punto Lugar y Plazo de Entrega del presente Pliego, hará pasible al cocontratante de una multa del CERO COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del valor de lo satisfecho fuera de término, por cada día hábil de atraso.

A los fines de la determinación de eventuales multas se considerará en el cálculo de la mora, el 2020 – “Año del General Manuel Belgrano” día hábil inmediato siguiente a la fecha de notificación de la orden de compra y la fecha de entrega efectiva.

La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser puesta en conocimiento del Ministerio dentro de los DIEZ (10) días hábiles de producido o desde que cesaren sus efectos.

Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

11. NOTIFICACIONES ELECTRONICAS

Todas las notificaciones entre el MINISTERIO DE SALUD y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán válidamente a través de la difusión en el sitio de internet de COMPR.AR, cuya dirección es https://comprar.gob.ar o la que en un futuro la reemplace, y se entenderán realizadas el día hábil siguiente al de su difusión.

Cualquier diligencia de notificación que no pudiera ser efectuada mediante la modalidad antes expuesta por no estar alcanzada por el “COMPR.AR”, se realizará válidamente mediante el correo electrónico declarado en la misma.

PLIEG-2020-28560848-APN-DGAMS#MSYDS