MINISTERIO DE SALUD
Resolución 953/2020
RESOL-2020-953-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 22/05/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-28491911-APN-DCYCMS#MSYDS, la Ley N°
27.541, los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio
N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa Nº 409 del
18 de marzo de 2020 y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de
la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad
Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.
Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por
el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por la citada Ley, en virtud de la pandemia declarada por
la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el
coronavirus COVID-19.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/2020 se determinaron los
principios generales y pautas que regirán el procedimiento de
contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia
decretada y se estableció que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que
resulten pertinentes.
Que la referida Oficina Nacional, mediante la Disposición N° 48/2020,
aprobó el procedimiento complementario al establecido en la mencionada
Decisión Administrativa Nº 409/2020, para las contrataciones de bienes
y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria,
en virtud de la pandemia COVID-19, a fin de facilitar la gestión por
parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de
todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos.
Que con el objeto de dotar a la red de hospitales públicos de capacidad
de respuesta para la asistencia médica de pacientes con diagnóstico de
COVID-19 en tiempo oportuno, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
solicitó la adquisición de elementos de protección por un monto total
de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS VEINTE
MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 459.720.236,80).
Que el procedimiento se encuadró en Contratación por emergencia
COVID-19 Nº 3/2020, en los términos del artículo 3º de la Decisión
Administrativa Nº 409/2020 y el artículo 1° de la Disposición ONC N°
48/2020.
Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS tomó la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES elaboró el Pliego de Bases
y Condiciones Particulares que como Anexo
PLIEG-2020-28560848-APN-DGAMS#MSYDS forma parte integrante de la
presente.
Que del acta de apertura de ofertas de fecha 4 de mayo de 2020 surge la
presentación de 19 ofertas y la ausencia de ofertas para los renglones
4 y 5.
Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigos
mediante la Orden de Trabajo N° 189/20 para los renglones 4 y 5 y,
asimismo, informó que para los renglones N° 1, 2 y 3 no se detectaron
precios de mercado factibles de informar, debido a las fluctuaciones
existentes para estos productos con relación a la criticidad de los
mismos.
Que de acuerdo con lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN las ofertas presentadas por las firmas ROBOT S.R.L.,
GRUPO SALA S.A. y CORPORACIÓN RÍO LUJÁN S.A. no son admisibles por no
cumplir con los requisitos de entrega establecidos en el pliego.
Que la firma 152BIS S.A.S desistió de su oferta para el renglón 1.
Que la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN elaboró el
correspondiente Informe Técnico en donde determinó que las ofertas de
las firmas BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., FABRICALCO
S.R.L., FORMAS PUBLICITARIAS S.A., G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L.,
GEOTEX S.R.L., MWK S.A., R.A. INTERTRADING S.A., ULTRALINE S.A.,
UNIFIBERS S.A. y VIALERG S.A., presentadas para el renglón 1; las
ofertas de las firmas 152BIS S.A.S., FABRICALCO S.R.L., G7 SOLUCIONES
INTEGRALES S.R.L., GRUPO VARSOVIA S.R.L., R.A. INTERTRADING S.A.,
ULTRALINE S.A., UNIFIBERS S.A. y VIALERG S.A., presentadas para el
renglón 2; y las ofertas de las firma 152BIS S.A.S., FABRICALCO S.R.L.,
G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., R.A. INTERTRADING S.A., TEXTIL BAND
BS. AS. S.R.L., ULTRALINE S.A., UNIFIBERS S.A. y VIALERG S.A.
presentadas para el renglón 3; se ajustan a las Especificaciones
Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que las ofertas presentadas por las firmas TANGO SPORTS TEAM S.R.L.,
TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y TOP SAFE S.A. para el renglón 1 y TEXTIL
BAND BS. AS. S.R.L., para el renglón 2, no se ajustan técnicamente a lo
solicitado en el citado pliego.
Que también del informe técnico consigna que no son económicamente
convenientes las ofertas de las firmas BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE
LASANTE S.R.L., GEOTEX S.R.L., y ULTRALINE S.A. presentadas para el
renglón 1, las ofertas de las firmas GRUPO VARSOVIA S.R.L. y ULTRALINE
S.A. presentadas para el renglón 2 y las ofertas de las firmas
ULTRALINE S.A., 152BIS S.A.S., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y VIALERG
S.A. presentadas para el renglón 3.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, en función de los análisis
administrativos, económicos y técnicos efectuados y de la documentación
obrante en las actuaciones, recomienda la adjudicación de las ofertas
válidas y convenientes correspondientes a las firmas G7 SOLUCIONES
INTEGRALES S.R.L., FABRICALCO S.R.L., UNIFIBERS S.A. R.A. INTERTRADING
S.A. y VIALERG S.A. (parcial) para el renglón 1; 152BIS S.A.S,
R.A.INTERTRADING S.A. y VIALERG S.A. (parcial) para el renglón 2; y
FABRICALCO S.R.L., G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L., UNIFIBERS S.A. y
R.A. INTERTRADING S.A. para el renglón 3.
Que asimismo la citada Dirección, recomienda desestimar las ofertas de
las firmas TANGO SPORTS TEAM S.R.L., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y TOP
SAFE S.A. para el renglón 1 y la oferta de la firma TEXTIL BAND BS. AS.
S.R.L. para el renglón 2, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado
en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y las ofertas de las
firmas BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., GEOTEX S.R.L.,
ULTRALINE S.A. para el renglón 1; GRUPO VARSOVIA S.R.L. y ULTRALINE
S.A. para el renglón 2; y ULTRALINE S.A., 152BIS S.A.S., TEXTIL BAND
BS. AS. S.R.L. y VIALERG S.A. para el renglón 3, por no ser
económicamente convenientes.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO ha
certificado la existencia de los créditos para continuar con el
presente trámite.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
el artículo 6 de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo
de 2020, y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19
de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, sus normas
modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº
3/2020, encuadrada en los términos del artículo 3º de la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1 de la
Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, llevada a cabo para la
adquisición de elementos de protección e insumos médicos, así como
también el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo
PLIEG-2020-28560848-APNDGAMS#MSYDS forma parte integrante de la
presente medida.
ARTICULO 2°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas ROBOT
S.R.L., GRUPO SALA S.A. y CORPORACIÓN RÍO LUJÁN S.A., y las ofertas de
las firmas TANGO SPORTS TEAM S.R.L., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L., TOP
SAFE S.A., BIO PROTEC S.R.L., COMPAGNIE DE LASANTE S.R.L., GEOTEX
S.R.L., ULTRALINE S.A. para el renglón 1; las ofertas presentadas por
las firmas TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L., GRUPO VARSOVIA S.R.L. y
ULTRALINE S.A. para el renglón 2; y las ofertas presentadas por la
firma ULTRALINE S.A., 152BIS S.A.S., TEXTIL BAND BS. AS. S.R.L. y
VIALERG S.A. para el renglón 3, por los motivos expuestos en los
considerandos.
ARTICULO 3°- Decláranse desiertos los renglones 4 y 5.
ARTICULO 4°.- Adjudícase la presente Contratación por emergencia
COVID-19 Nº 3/2020, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas
que a continuación se detallan:
G7 SOLUCIONES INTEGRALES S.R.L.
Renglón 1 por 300.000 unidades y renglón 3 por 300.000 unidades: $ 46.827.000.-
FABRICALCO S.R.L.
Renglón 1 por 200.000 unidades y renglón 3 por 200.000 unidades: $ 31.160.000.-
UNIFIBERS S.A.
Renglón 1 por 450.000 unidades y renglón 3 por 450.000 unidades: $ 70.785.000.-
R.A. INTERTRADING S.A.
Renglón 1 por 400.000 unidades, renglón 2 por 400.000 unidades y renglón 3 por 400.000 unidades: $ 72.600.000.-
VIALERG S.A.
Renglón 1 por 995.600 unidades y renglón 2 por 1.445.600 unidades: $ 182.425.600.-
152BIS S.A.S
Renglón 2 por 500.000 unidades: $ 5.750.000.-
TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $ 409.547.600.-
ARTICULO 5°.- La suma de PESOS CUATROCIENTOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($ 409.547.600.-) deberá ser afectada
con cargo a las partidas presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD
para el ejercicio 2020.
ARTICULO 6°.- Autorízase a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a suscribir las
pertinentes órdenes de compra.
ARTICULO 7°.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y pase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES.
Ginés Mario González García
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/06/2020 N° 21487/20 v. 01/06/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. ESPECIFICACIONES TECNICAS
1.1 Detalle de los renglones
Renglón N° 1:
a) Descripción Camisolín o bata de un solo uso (TSU) de tela no tejida,
terminado tricapa, hidrorepelente, compuesta de poliéster, poliuretano
y carbón. Deberán poseer SMS + celulosa y poliéster de 45 gramos como
mínimo.
b) Cantidad: DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS (2.345.600) camisolines/batas.
Renglón N° 2:
a) Descripción: Cofia, de un solo uso (TSU), de tela no tejida,
terminado tricapa, hidrorepelente, compuesta de poliéster, poliuretano
y carbón. Deberán poseer SMS + celulosa y poliéster de 45 gramos como
mínimo.
b) Cantidad: DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTAS (2.345.600) cofias.
Renglón N° 3:
a) Descripción: Cubre botas, de un solo uso (TSU), de tela no tejida,
terminado tricapa, hidrorepelente, compuesta de poliéster, poliuretano
y carbón. Deberán poseer SMS + celulosa y poliéster de 45 gramos como
mínimo.
b) Cantidad: DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS (2.345.600) de pares de cubre botas.
Renglón N° 4:
a) Descripción: Guantes de Látex para examinación: Tamaño Chico (S).
Elaborado en látex de primera calidad, descartable, atoxico y
ambidiestro, no debe presentar asperezas al tacto y su largo permitirá
cubrir con ajuste adecuado el puño del camisolín.
b) Cantidad: SEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA (6.883.760) guantes.
Renglón N° 5:
a) Descripción: Guantes de Látex para examinación: Tamaño Grande (L).
Elaborado en látex de primera calidad, descartable, atoxico y
ambidiestro, no debe presentar asperezas al tacto y su largo permitirá
cubrir con ajuste adecuado el puño del camisolín.
b) Cantidad: SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA (7.163.280) guantes.
1.2 Lugar y Plazo de entrega
Los insumos serán entregados por cuenta del adjudicatario, dentro de
los TREINTA (30) días corridos de notificada la correspondiente Orden
de Compra, en el depósito del Operador Logístico de la COORDINACION DE
MEDICAMENTOS ESENCIALES, ubicado en Estados Unidos 4850 – Área de
Promoción el Triángulo-, Tortuguitas, Malvinas Argentinas, Provincia de
Buenos Aires.
Se aceptarán entregas parciales.
A fin de coordinar las entregas, deberán contactarse con la Sra. Gisela Soler, al correo electrónico gsoler@medicamentos.gob.ar.
1.3 Recepción definitiva de los productos
La COMISION DE RECEPCION DEFINITIVA del Ministerio de Salud tendrá la
responsabilidad de verificar si los productos cumplen o no las
condiciones establecidas en el presente Pliego.
Asimismo, recibirán los bienes con carácter provisional y los remitos o
recibos que se firmen quedarán sujetos a la conformidad de la recepción.
Para comunicarse con la citada Comisión, los adjudicatarios deberán
contactarse con Carolina M. Caprioli, al correo electrónico
comisionderecepcion@msal.gov.ar.
2. MONEDA Y FORMA DE COTIZACION
La cotización deberá ser efectuada en moneda nacional y deberá
consignar el precio unitario y las cantidades ofrecidas, con referencia
a la unidad de medida establecida en el presente pliego, utilizando el
formulario electrónico que suministra COMPR.AR, a tales efectos.
Se aceptarán ofertas por uno, varios o todos los renglones.
Se aceptarán ofertas parciales por renglón.
El precio cotizado será el precio final que deba pagar este Ministerio por todo concepto.
3. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de cuarenta y
cinco (45) días corridos contados a partir de la fecha del acto de
apertura.
4. FORMA DE PRESENTACION DE LA OFERTA
Las ofertas deberán ser presentadas hasta el día y horario estipulado
en el cronograma de la convocatoria, a través del COMPR.AR, utilizando
el formulario electrónico que suministra el sistema a tal efecto, y
cumpliendo con todos los requerimientos del presente pliego,
acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico.
Sólo se admitirán las ofertas presentadas por medio de la plataforma COMPR.AR.
5. DOCUMENTACION DE LA OFERTA
La presentación de la oferta significará de parte de los oferentes el
pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen el
presente procedimiento de selección. La oferta contendrá la información
que a continuación se detalla:
Requisitos económicos y financieros:
1. Oferta económica.
Requisitos técnicos:
1. Descripción del producto. No se aceptará la simple referencia de que se ajusta al Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Requisitos administrativos:
1. Nota en donde se fije expresamente domicilio especial, número de
teléfono y dirección de Correo electrónico. En el supuesto en que no se
constituyera un domicilio especial, se tendrá por domicilio constituido
el declarado en el sitio de Internet de COMPR.AR.
6. GARANTIAS
6. 1 Garantía de mantenimiento de oferta
Los oferentes se encuentran exceptuados de la presentación de garantías de mantenimiento de oferta.
6. 2 Garantía de adjudicación/cumplimiento de contrato
Los adjudicatarios estarán obligados a presentar la garantía de
cumplimiento de contrato, la que será equivalente al DIEZ POR CIENTO
(10%) del valor adjudicado. El cocontratante deberá integrar la
garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de CINCO (5)
días de notificada la Orden de Compra.
No será necesario presentar garantía de cumplimiento de contrato en los siguientes 4 casos:
1) Cuando el monto de la Orden de Compra o contrato no supere la
cantidad que represente UN MIL MÓDULOS (M 1.000), siendo el valor del
MÓDULO el fijado por el artículo 28 del Reglamento aprobado por el
Decreto N° 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios.
2) Ejecución de la prestación dentro del plazo de integración de la garantía. 2020 – “Año del General Manuel Belgrano”
3) Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al
Sector Público Nacional en los términos del artículo 8º de la Ley N°
24.156 y sus modificaciones.
4) Cuando el oferente sea un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
6. 2 Garantía de anticipo financiero
El cocontratante que optara por el anticipo financiero previsto, deberá
presentar una contragarantía por el CIEN POR CIENTO (100%) del monto
total del anticipo, la que deberá integrar al presentar la respectiva
factura.
La contragarantía podrá constituirse en cualquiera de las formas
estipuladas en el artículo 39 del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por Disposición N° 63 E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y sus normas modificatorias y complementarias.
Si el cocontratante no integrara la contragarantía no se dará curso al anticipo financiero.
6.3 Obligación de responder ante incumplimientos:
No obstante, lo dispuesto, todos los oferentes, adjudicatarios y
cocontratantes quedan obligados a responder por el importe de la
garantía no constituida, a requerimiento del Ministerio de Salud, sin
que puedan interponer reclamo alguno sino después de obtenido el cobro
o de efectuado el pago.
7. INSCRIPCIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES
Los proveedores que deseen participar en el presente procedimiento
deben estar incorporados en el Sistema de Información de Proveedores
(SIPRO) que administra la Oficina Nacional de Contrataciones y se
encuentra incorporado al sistema COMPR.AR.
En consecuencia, los interesados deberán realizar la preinscripción al
SIPRO accediendo al sitio de internet de COMPR.AR, donde completarán la
información requerida en los formularios de preinscripción, todo ello
con sujeción a lo normado en la Disposición ONC N° 64/16. Para mayor
información, se sugiere consultar el “Manual de Procedimiento para la
Incorporación y Actualización de Datos en el SIPRO”.
Los instructivos y manuales de apoyo a los proveedores están disponibles en el sitio de internet https://comprar.gob.ar.
8. CRITERIOS DE EVALUACION Y SELECCION DE OFERTAS
A fin de la evaluación de las ofertas se podrá requerir muestras o
cualquier información complementaria que se estime conveniente al
efecto. La no presentación podrá dar lugar a la desestimación de la
oferta.
La adjudicación se realizará a favor de la oferta que, cumpliendo con
todas las exigencias del pliego, resulte más conveniente para el
MINISTERIO DE SALUD. Se entenderá en principio por oferta más
conveniente aquella de menor precio.
No se abonarán montos superiores a los Precios Máximos establecidos por
la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/20 o aquellos que se dispongan en el
futuro.
9. FACTURACION Y FORMA DE PAGO
El Ministerio de Salud canalizará los pagos a sus proveedores por medio
de la Cuenta Única del Tesoro (CUT). Por consiguiente, para resultar
adjudicatario el oferente deberá estar dado de alta en el Padrón Único
de Entes del SISTEMA DE INFORMACION FINANCIERA.
El pago procederá una vez efectuada la entrega de los productos adquiridos.
Sin perjuicio de ello, el adjudicatario podrá optar por un anticipo
financiero de hasta el TREINTA POR CIENTO (30%) del valor de la orden
de compra, para lo cual deberá presentar la factura correspondiente
acompañada de la contragarantía, a partir de que le sea notificada de
la orden de compra y hasta la fecha prevista de entrega.
El plazo para el pago de las facturas será de TREINTA (30) días
corridos. Sin perjuicio de ello, los pagos se atenderán, considerando
el programa mensual de caja y las prioridades de gasto contenidas.
Las facturas se presentarán a través de la plataforma de “Tramitación a
Distancia (TAD)- MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL- PRESENTACION
DE COMPROBANTEAUTOGESTION DE PROVEEDORES”. Allí deberá ingresar en
formato digital (PDF) toda la documentación detallada, la que deberá
ser legible y completa y escaneada de su original.
Sin perjuicio de lo expuesto, téngase presente que en forma previa al
libramiento de la orden de pago deberá verificarse la inexistencia de
deudas tributarias o previsionales, de acuerdo a la normativa aplicable
10. PENALIDADES:
El incumplimiento o la demora de los plazos establecidos en el punto
Lugar y Plazo de Entrega del presente Pliego, hará pasible al
cocontratante de una multa del CERO COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%)
del valor de lo satisfecho fuera de término, por cada día hábil de
atraso.
A los fines de la determinación de eventuales multas se considerará en
el cálculo de la mora, el 2020 – “Año del General Manuel Belgrano” día
hábil inmediato siguiente a la fecha de notificación de la orden de
compra y la fecha de entrega efectiva.
La existencia de caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser puesta en
conocimiento del Ministerio dentro de los DIEZ (10) días hábiles de
producido o desde que cesaren sus efectos.
Transcurrido dicho plazo no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.
11. NOTIFICACIONES ELECTRONICAS
Todas las notificaciones entre el MINISTERIO DE SALUD y los
interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizarán
válidamente a través de la difusión en el sitio de internet de
COMPR.AR, cuya dirección es https://comprar.gob.ar o la que en un
futuro la reemplace, y se entenderán realizadas el día hábil siguiente
al de su difusión.
Cualquier diligencia de notificación que no pudiera ser efectuada
mediante la modalidad antes expuesta por no estar alcanzada por el
“COMPR.AR”, se realizará válidamente mediante el correo electrónico
declarado en la misma.
PLIEG-2020-28560848-APN-DGAMS#MSYDS