PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTEDecreto 510/2020DCTO-2020-510-APN-PTE - Designación.Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2020
VISTOel Expediente Nº EX-2020-08096030-APN-CGD#MECCYT, la Ley N° 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 348 del 18 de mayo de 2017 y su modificatorio y 4 del
2 de enero de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N°
4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo
establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto Nº 348/17 se creó el PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO,
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE como organismo desconcentrado en el
ámbito de la entonces SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS del SISTEMA
FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que mediante el artículo 12 del citado decreto se
asignó al Titular del mencionado organismo el rango y jerarquía de
Subsecretario y se dispuso que sería designado por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que resulta necesario proceder a la designación del
señor BONAVETTI como Titular del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO,
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico pertinente.
Que
la presente medida se dicta de conformidad con las facultades previstas
en los artículos 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 12 del
Decreto N° 348/17.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO
1º.- Dase por designado, a partir del 10 de diciembre de 2019 y hasta
el 3 de abril de 2020, al señor Ricardo Martín BONAVETTI (D.N.I. Nº
18.098.531) como Titular del PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO,
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, organismo desconcentrado entonces
actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con
rango y jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que
demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a
las partidas específicas correspondientes.
ARTÍCULO 3º.-
Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer
e. 03/06/2020 N° 22083/20 v. 03/06/2020