JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA
Resolución 2041/2020
RESOL-2020-2041-APN-SMYCP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2020
VISTO el Expediente 2020-29163323-APN-DCMYCT#JGM, el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto
Delegado Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y
complementarios y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.030 del 15 de
septiembre de 2016, sus modificatorios y complementarios, los Decretos
de Necesidad y Urgencia N° 2020-260-APN-PTE, de fecha 12 de marzo de
2020 y N° 2020-287-APN-PTE, de fecha 17 de marzo de 2020; las
Decisiones Administrativas N° 2020-409- APN-JGM, de fecha 18 de marzo
de 2020, 2020-472-APN-JGM, de fecha 7 de abril de 2020; las
Disposiciones ONC Nº 2020-48-APN-ONC#JGM, de fecha 19 de marzo de 2020
y sus modificatorias N° 2020-53-APN-ONC#JGM, de fecha 8 de abril de
2020 y 2020-55-APN-ONC#JGM, de fecha 22 de abril de 2020, y la
Resolución N° 2020-1898-APN-SMyCP#JGM y,
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución se aprobó el procedimiento realizado para
la CONTRATACIÓN DIRECTA POR EMERGENCIA COVID-19 N° 457-0002- CDI20,
para la adquisición de productos de higiene y cuidados para la salud,
los cuales serán utilizados en la Secretaria de Medios y Comunicación
Publica de la Jefatura de Gabinete de Ministros en el marco de la
emergencia sanitaria declarada mediante Decreto 260/2020.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN OPERATIVA DE MEDIOS PÚBLICOS manifestó que “… creó el
expediente EX-2020-33584651- -APN-DCMYCT#JGM mediante el cual solicitó
la publicación en el BORA de la resolución anteriormente señalada,
habiendo sido rechazado, mediante Aviso de Rechazado
IF-2020-33594127-APN-DNRO#SLYT, por cuanto el acto administrativo en
cuestión no ordena taxativamente la publicación en el BORA.”.
Que habiéndose incurrido en un error material al omitir ordenar la
publicación del acto administrativo en el Boletín Oficial de la
República Argentina, procede el dictado del correspondiente acto
administrativo rectificatorio.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
(Decreto Nº 1759/72 – T.O. 2017) establece que “en cualquier momento
podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o
decisión. En los expedientes electrónicos se realizará mediante la
subsanación de errores materiales en el sistema de Gestión Documental
Electrónica, previa vinculación del acto administrativo que la
autorice”.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y la DIRECCIÓN DE APOYO
TÉCNICO LEGAL de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA DE MEDIOS
PÚBLICOS de esta Secretaría han tomado la intervención de sus
respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 101 del Decreto Nº 1759/72 - T. O. 2017.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectificase el artículo 9° de la Resolución Nº
2020-1898-APN-SMyCP#JGM, el que queda redactado de la siguiente manera:
“Comuníquese a la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN OPERATIVA DE MEDIOS
PUBLICOS, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y, para su conocimiento, publicación en el sitio de Internet de
COMPR.AR y demás efectos, pase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES dependiente de dicha Subsecretaría. Oportunamente
archívese.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan
Francisco Meritello
(Artículo rectificado por art. 1º de la Resolución Nº 2164/2020 de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública B.O. 3/6/2020)
e. 03/06/2020 N° 21859/20 v. 03/06/2020