MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 460/2020
RESOL-2020-460-APN-MT
Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2020
VISTO el EX-2019-98939592-APN-SECT#MPYT, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, se estableció
el régimen aplicable a todas las asociaciones que tengan por objeto la
defensa de los intereses de los trabajadores, siendo esta cartera la
Autoridad de Aplicación.
Que en los autos caratulados “MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO DE LA
NACION c/ SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS DE PUERTO GENERAL SAN
MARTIN BELLA VISTA TIMBUES Y PUERTO GABOTO s/ LEY DE ASOC.SINDICALES”
(Expte. N° 28064/2019, SALA IV), la Cámara Nacional de Apelaciones del
Trabajo, dispuso la suspensión en el ejercicio de sus funciones de
quienes integraban el órgano de conducción del sindicato de marras,
autorizando la designación, por parte de la autoridad administrativa,
de un funcionario con facultades para ejercer los actos conservatorios
y de administración necesarios para subsanar las irregularidades
aludidas en el referido pronunciamiento y todo ello por el plazo de 180
días corridos.
Que, teniendo en cuenta esa manda judicial, por resolución N° 1174 de
fecha 6 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, se
designó como funcionario interventor de la asociación sindical,
“SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN
BELLA LISTA TIMBUES Y PUERTO GABOTO”, al señor Marcelo Esteban URBAN
(M.I. N° 22.228.860), por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
corridos.
Que mediante IF-2020-05838868-APN-MT, el Señor Marcelo URBAN, con fecha
27 de enero de 2020, presentó un Informe Preliminar de la gestión y el
estado económico financiero del sindicato.
Que el plazo otorgado para que el funcionario interventor designado
cumpla con la tarea encomendada, se encuentra próximo a fenecer, sin
que a la fecha esta hubiera sido realizada.
Que por lo tanto, en el marco de las circunstancias referenciadas y
debiendo tener por norte esta Cartera de Estado velar por los intereses
de los afiliados de las asociaciones sindicales, deviene necesario la
designación de un nuevo funcionario interventor que continúe con las
tareas encomendadas al saliente.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerio N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto DNU N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y
la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551.
Por ello:
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. – Dése por finalizada la actuación del señor Marcelo
Esteban URBAN (M.I. N° 22.228.860) respecto al SINDICATO UNIDOS
PORTUARIOS ARGENTINOS DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN BELLA VISTA TIMBUES
Y PUERTO GABOTO, quien fuera designado por RESOL-2019-1174-APN-MPYT,
sin perjuicio de la rendición de cuentas sobre la gestión llevada a
cabo, así como del estado económico financiero y patrimonial de la
entidad sindical, acompañada de la documentación que dé sustento a tal
rendición de cuentas, que deberá presentar dentro de los CINCO (5) días
de notificada la presente.
ARTÍCULO 2°. Desígnase a partir del día 19 de mayo de 2020 como
funcionario interventor de la asociación sindical SINDICATO UNIDOS
PORTUARIOS ARGENTINOS DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN BELLA VISTA TIMBUES
Y PUERTO GABOTO, al señor Eugenio BEGUE (DNI N° 32.294.994), con
domicilio en la calle ORTEGA Y Gasset N° 1929, piso 4, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
corridos, a computar desde la fecha de toma de posesión del cargo.
ARTÍCULO 3°. Facúltase al funcionario interventor a ejercer los actos
conservatorios y de administración necesarios para subsanar las
irregularidades existentes, determinadas por la Autoridad Judicial. En
ejercicio de dichas facultades deberá presentar un informe detallado
del estado económico financiero en que se encuentra la entidad, como
así también rendición detallada de su gestión en el cargo, en el
término de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados desde la fecha
de toma de posesión de su cargo, ante la Dirección Nacional de
Asociaciones Sindicales dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO del
MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese la presente medida a los Señores Marcelo Esteban URBAN y Eugenio BEGUE.
ARTÍCULO 4°.- Se encomienda al funcionario público Señor Héctor
Guillermo TORRES, que acompañe e invista en el cargo de Funcionario
Interventor, al Señor Eugenio BEGUE.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni
e. 03/06/2020 N° 21883/20 v. 03/06/2020