ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN REGIONAL SUR

Disposición 39/2020

DI-2020-39-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020

VISTO el Expediente EX-2020-00231211- -AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que el objeto del mismo es la contratación para la provisión y colocación de barreras físicas sanitarias en áreas de atención al contribuyente y público en general para los edificios de Dirección Regional Sur y sus dependencias.

Que en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno Nacional ante el avance del Coronavirus (COVID 19), se establece mediante Decreto N° 297/20 el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo del corriente año, que por Decretos N° 325/20, N° 355/20, se establece una prórroga del mismo hasta el 26 de abril.

Que mediante Decreto N° 408/20 se establece una nueva prórroga hasta el día 10 de Mayo de 2020 inclusive, de la vigencia del Decreto N° 297/20, prorrogado por los Decretos Nros. 325/20 y 355/20 y sus normativas complementarias.

Que en virtud de la citada emergencia decretada por la ley 27.541 y su ampliación mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y su modificatorio N° 287/2020, y los principios generales establecidos por la Decisión Administrativa N° 409/2020 (JGM) la Administración Federal de Ingresos Públicos ha fijado lineamientos a los que deberán ajustarse las contrataciones a realizar para la obtención de bienes y/o servicios requeridos en el marco de la emergencia en la Instrucción General N° 1/20 (SDG ADF).

Que de acuerdo a las características del servicio a contratar y la urgencia inmediata de satisfacer la misma amerita la instrumentación de la adquisición objeto del presente mediante el encuadre citado en el párrafo anterior.

Que para el asunto que nos ocupa y la urgencia requerida no resultan de aplicación los Regímenes de Caja Chica y Gastos Asimilables - Disposición N° 5/2015 (AFIP), o cualquier otra modalidad de selección de las previstas en la Disposición N° 297/03 (AFIP).

Que, atento la posibilidad de reapertura de las Dependencias en virtud de los correos recibidos, que se acreditan en el cuerpo del expediente, es fundamental avanzar en la adecuación de las áreas de trabajo de manera que cuenten con las “barreras físicas” recomendadas por la División Seguridad Edilicia.

Que mediante Formulario 1236E “Autorización del Pliego de Bases y Condiciones y Autorización del llamado” DI-2020-00236575-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM, la Dirección Regional Sur autorizó la Contratación Directa 1/20 de acuerdo al Procedimiento de Contratación en el marco de la Emergencia Sanitaria - IG-2020-1-E-AFIPSDGADF.

Que mediante IF-2020-00256673-AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM corre agregada el Acta de Apertura de ofertas de la cual surge que realizaron ofertas las firmas CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV, VISIONE PUBLICIDAD S.R.L., BARBERIS GUILLERMO ARMANDO, MAGSYS S.R.L., GRAFICA TCLAS Y STAMPRIMA S.A.

Que mediante la nota IF-2020-00259058-AFIP-DADMDIRSUR#SDGOPIM la División Administrativa de la Dirección Regional recomienda adjudicar al oferente CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV (CUIT 30-71598993-6) por un total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE ($553.212).

Que el Oferente CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV (CUIT 30-71598993-6) no posee deuda líquida y exigible.

Que tal gasto será imputado a la partida 331 del presupuesto aprobado para la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Que en uso de las facultades otorgadas por la DI-2020-71-E-AFIP-AFIP y DI-2020-39-EAFIPAFIP procede disponer en consecuencia.

Por ello:

EL DIRECTOR (int.) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Aprobar la Contratación Directa N° 1/20 (DI RSUR) Expediente EX-2020-00231211- - AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM de acuerdo a lo normado en la Instrucción General IG-2020-1-E-AFIPSDGADF.

ARTICULO 2°.- Adjudicar la citada Contratación N° 1/20 (DI RSUR) a CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV CUIT: 30-71598993-6, por un total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE ($553.212).

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la División Administrativa de la Dirección Regional Sur (DADMDIRSUR) para continuar con los trámites respectivos y archívese. Sergio Edgardo Medina

(Artículo rectificado por art. 1º de la Disposición Nº 50/2020 de la Dirección Regional Sur B.O. 3/6/2020)

e. 03/06/2020 N° 21981/20 v. 03/06/2020