ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL SUR
Disposición 39/2020
DI-2020-39-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020
VISTO el Expediente EX-2020-00231211- -AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM del
Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que el objeto del mismo es la contratación para la provisión y
colocación de barreras físicas sanitarias en áreas de atención al
contribuyente y público en general para los edificios de Dirección
Regional Sur y sus dependencias.
Que en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Gobierno
Nacional ante el avance del Coronavirus (COVID 19), se establece
mediante Decreto N° 297/20 el “aislamiento social, preventivo y
obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo
del corriente año, que por Decretos N° 325/20, N° 355/20, se establece
una prórroga del mismo hasta el 26 de abril.
Que mediante Decreto N° 408/20 se establece una nueva prórroga hasta el
día 10 de Mayo de 2020 inclusive, de la vigencia del Decreto N° 297/20,
prorrogado por los Decretos Nros. 325/20 y 355/20 y sus normativas
complementarias.
Que en virtud de la citada emergencia decretada por la ley 27.541 y su
ampliación mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y su
modificatorio N° 287/2020, y los principios generales establecidos por
la Decisión Administrativa N° 409/2020 (JGM) la Administración Federal
de Ingresos Públicos ha fijado lineamientos a los que deberán ajustarse
las contrataciones a realizar para la obtención de bienes y/o servicios
requeridos en el marco de la emergencia en la Instrucción General N°
1/20 (SDG ADF).
Que de acuerdo a las características del servicio a contratar y la
urgencia inmediata de satisfacer la misma amerita la instrumentación de
la adquisición objeto del presente mediante el encuadre citado en el
párrafo anterior.
Que para el asunto que nos ocupa y la urgencia requerida no resultan de
aplicación los Regímenes de Caja Chica y Gastos Asimilables -
Disposición N° 5/2015 (AFIP), o cualquier otra modalidad de selección
de las previstas en la Disposición N° 297/03 (AFIP).
Que, atento la posibilidad de reapertura de las Dependencias en virtud
de los correos recibidos, que se acreditan en el cuerpo del expediente,
es fundamental avanzar en la adecuación de las áreas de trabajo de
manera que cuenten con las “barreras físicas” recomendadas por la
División Seguridad Edilicia.
Que mediante Formulario 1236E “Autorización del Pliego de Bases y
Condiciones y Autorización del llamado”
DI-2020-00236575-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM, la Dirección Regional Sur
autorizó la Contratación Directa 1/20 de acuerdo al Procedimiento de
Contratación en el marco de la Emergencia Sanitaria -
IG-2020-1-E-AFIPSDGADF.
Que mediante IF-2020-00256673-AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM corre agregada el
Acta de Apertura de ofertas de la cual surge que realizaron ofertas las
firmas CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV, VISIONE PUBLICIDAD S.R.L.,
BARBERIS GUILLERMO ARMANDO, MAGSYS S.R.L., GRAFICA TCLAS Y STAMPRIMA
S.A.
Que mediante la nota IF-2020-00259058-AFIP-DADMDIRSUR#SDGOPIM la
División Administrativa de la Dirección Regional recomienda adjudicar
al oferente CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV (CUIT 30-71598993-6) por un
total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE
($553.212).
Que el Oferente CGB SOCIEDADES CAP.I SECCION IV (CUIT 30-71598993-6) no posee deuda líquida y exigible.
Que tal gasto será imputado a la partida 331 del presupuesto aprobado para la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Que en uso de las facultades otorgadas por la DI-2020-71-E-AFIP-AFIP y DI-2020-39-EAFIPAFIP procede disponer en consecuencia.
Por ello:
EL DIRECTOR (int.) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR DE LA DIRECCION GENERAL
IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1°.- Aprobar la Contratación Directa N° 1/20 (DI RSUR)
Expediente EX-2020-00231211- - AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM de acuerdo a lo
normado en la Instrucción General IG-2020-1-E-AFIPSDGADF.
ARTICULO 2°.- Adjudicar la citada Contratación N° 1/20 (DI RSUR) a CGB
SOCIEDADES CAP.I SECCION IV CUIT: 30-71598993-6, por un total de PESOS
QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE ($553.212).
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la División Administrativa de la Dirección
Regional Sur (DADMDIRSUR) para continuar con los trámites respectivos y
archívese. Sergio Edgardo Medina
(Artículo rectificado por art. 1º de la Disposición Nº 50/2020 de la Dirección Regional Sur B.O. 3/6/2020)
e. 03/06/2020 N° 21981/20 v. 03/06/2020