ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL SUR
Disposición 50/2020
DI-2020-50-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-00231211-AFIP-SGCFDIRSUR#SDGOPIM del
Registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la contratación por
la adquisición de barreras sanitarias para escritorios de atención al
público para Sede de Dirección Regional Sur y dependencias.
Que tratándose de la adquisición de bienes requeridos en el marco de la
emergencia detallada en el Decreto N° 260/20 la presente se encuadra
bajo el Procedimiento de Contratación de Emergencia Sanitaria regulado
por la IG-2020-1-E-AFIP-SDGADF.
Que mediante DI-2020-39-E-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM se adjudicó la mencionada
contratación a favor de la firma CGB SOCIEDADES CAP I SECCION IV.
Que con posterioridad se advirtió en los articulados de la Disposición
mencionada consignar la publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 15 y
subsiguientes de la Ley N° 19549, tal omisión o vicio que ostenta el
acto administrativo resulta subsanable por no afectar la esencia del
mismo.
Que de acuerdo a lo expuesto corresponde reemplazar el art N° 3 de la mencionada disposición.
Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición
DI-2020-71-E-AFIP-AFIP Y DI-2020-39-E-AFIP-AFIP, procede disponer en
consecuencia.
Por ello,
El DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el texto del ARTÍCULO N° 3 de la Disposición DI-2020-39-E-AFIP-DIRMIC#SDGOPIM por el siguiente:
“ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Pase a la División Administrativa de la Dirección
Regional Sur (DADMDIRSUR) para continuar con los trámites respectivos y
archívese.”.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Edgardo Medina
e. 03/06/2020 N° 21982/20 v. 03/06/2020